/ jueves 19 de noviembre de 2020

Cangrejo Parlamentario

Todos los ciudadanos somos víctimas o beneficiarios de las prácticas de gobierno, especialmente las que tienen que ver con trámites de negocios, pues se traducen en eficiencia, agilidad y productividad o en opacidad, burocracia y corrupción según seamos atendidos.

Desde el más modesto changarro hasta la más sofisticada de las industrias generan economía y nos brindan un servicio. De ahí la importancia de que cuando de licencias o permisos se trate, existan los incentivos y facilidades necesarias para que estos sean de manera ágil, práctica y sencilla.

Todos agradecemos un trato rápido, amable y bien hecho. A esto se le llama mejora regulatoria. Siendo obligación de los tres órdenes de gobierno el simplificar los trámites que realicen los ciudadanos ante sus dependencias o entidades. Hasta aquí todo bien; sin embargo, el Congreso del Estado aprobó recientemente la ley local en esta materia que lejos de facilitar los trámites, los entorpece y pone en duda la autonomía municipal, es decir dio pasos atrás como los cangrejos. Veamos los detalles.

La mejora regulatoria es una política pública que consiste en la generación de normas claras, de trámites y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y del óptimo funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en su conjunto.

Su propósito radica en procurar los mayores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles, mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la economía, la productividad y la eficiencia a favor del crecimiento y bienestar general de la sociedad.

Con la implementación de la política de mejora regulatoria, se busca elevar los niveles de productividad y crecimiento económico en entidades federativas y municipios del país, mediante la disminución de obstáculos y costos para los empresarios y ciudadanos al momento que realizan sus actividades.

Esta obligación está prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desde el 5 de febrero de 2017, al incluirse en su artículo 28 un último párrafo que establece la obligación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites y servicios. Con esto se buscó hacerle fácil la vida al inversionista, comerciante, industrial, de todos los niveles, buscando que así ganemos todos: vendedores, compradores y sociedad en su conjunto.

Asimismo, con fecha 18 de mayo del 2018 se publicó la ley reglamentaria en materia regulatoria con el objeto de establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de mejora regulatoria para hacerle la vida más fácil a los talacheros, los paleteros, los pequeños empresarios y también los grandes industriales.

Por ello desde el año 2017 la mejora regulatoria se convirtió en una política de Estado, de relevancia para la construcción de un Estado incluyente y moderno, así como para la promoción de una economía diversificada e innovadora.

El decreto que expidió la Ley General de Mejora Regulatoria señala en su artículo quinto transitorio que, a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Mejora Regulatoria, las entidades federativas contarán con un plazo de un año para adecuar sus leyes al contenido de dicha Ley.

En esa congruencia el 22 de junio de 2019, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Puebla, no obstante, la semana próxima pasada el Congreso del Estado, aprobó por mayoría el Dictamen con Minuta de Decreto para la expedición de la Ley de Mejora Regulatoria y Buena Administración para el Estado de Puebla, la cual deroga la aprobada en mayo de 2019.

Con esta ley se pretende “garantizar un mejor marco regulatorio dentro de la administración pública y se dictan reglas claras que incentivan al desarrollo de un mercado interno competitivo”, mediante la instrumentación de un modelo de mejora regulatoria integral. Aunque la nueva ley incluye aspectos relevantes y actuales hay uno en particular que deja mucho que desear, pues se da la posibilidad al gobierno del estado de controlar los trámites y servicios de los municipios, así como sus costos, pudiendo condicionar, limitar o imponer la creación, eliminación o modificación de los trámites y servicios que prestan los municipios, esto a través de la Comisión de Mejora Regulatoria (órgano desconcentrado de la Secretaría de Planeación y Finanzas). Es decir, en una clara intromisión a la autonomía municipal, el Congreso del Estado le está dando facultades al Gobierno del Estado para que supla a los municipios en las facilidades que estos le tendrían que estar dando a los ciudadanos de manera cercana para lograr los objetivos de la mejora regulatoria. Con esta decisión no sólo se estará limitando a los municipios, sino que le complicarán la vida a los ciudadanos que necesiten realizar algún trámite de esta naturaleza.

Aunque hay que dejar claro que la Ley General señala que los municipios podrán celebrar convenios de colaboración con la Autoridad de Mejora Regulatoria de la entidad federativa correspondiente, a efecto de que ante ellas se desahogue el procedimiento de mejora regulatoria atendiendo a las condiciones de desarrollo de cada municipio. Lo que no implica que el gobierno del estado pudiera hacerse cargo de los trámites y servicios de los municipios como lo marca la ley del estado. Por ello, se debió de haber considerado una ecuasión que incluyera de manera amplia el como servir directamente a los ciudadanos a través de los municipios y sobre todo haber tomado en cuenta a los municipios, a efecto de evitar violaciones a la autonomía municipal, pues el artículo 115 constitucional es claro al señalar que los gobiernos son autónomos en su organización política y administrativa. Un gran tema manejado desde el retrovisor legislativo, dejando en claro que el ciudadano y en este caso los municipios, están siendo relegados a cambio de fortalecer y darle más facultades al Ejecutivo Estatal. Este tipo de decisiones en estos tiempos, son en sentido contrario a lo que necesitamos como sociedad, especialmente ante el rezago que la pandemia ha generado tanto en el sector salud como en el económico. A Paso de Cangrejo no señores diputados.

Todos los ciudadanos somos víctimas o beneficiarios de las prácticas de gobierno, especialmente las que tienen que ver con trámites de negocios, pues se traducen en eficiencia, agilidad y productividad o en opacidad, burocracia y corrupción según seamos atendidos.

Desde el más modesto changarro hasta la más sofisticada de las industrias generan economía y nos brindan un servicio. De ahí la importancia de que cuando de licencias o permisos se trate, existan los incentivos y facilidades necesarias para que estos sean de manera ágil, práctica y sencilla.

Todos agradecemos un trato rápido, amable y bien hecho. A esto se le llama mejora regulatoria. Siendo obligación de los tres órdenes de gobierno el simplificar los trámites que realicen los ciudadanos ante sus dependencias o entidades. Hasta aquí todo bien; sin embargo, el Congreso del Estado aprobó recientemente la ley local en esta materia que lejos de facilitar los trámites, los entorpece y pone en duda la autonomía municipal, es decir dio pasos atrás como los cangrejos. Veamos los detalles.

La mejora regulatoria es una política pública que consiste en la generación de normas claras, de trámites y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y del óptimo funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en su conjunto.

Su propósito radica en procurar los mayores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles, mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la economía, la productividad y la eficiencia a favor del crecimiento y bienestar general de la sociedad.

Con la implementación de la política de mejora regulatoria, se busca elevar los niveles de productividad y crecimiento económico en entidades federativas y municipios del país, mediante la disminución de obstáculos y costos para los empresarios y ciudadanos al momento que realizan sus actividades.

Esta obligación está prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desde el 5 de febrero de 2017, al incluirse en su artículo 28 un último párrafo que establece la obligación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites y servicios. Con esto se buscó hacerle fácil la vida al inversionista, comerciante, industrial, de todos los niveles, buscando que así ganemos todos: vendedores, compradores y sociedad en su conjunto.

Asimismo, con fecha 18 de mayo del 2018 se publicó la ley reglamentaria en materia regulatoria con el objeto de establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de mejora regulatoria para hacerle la vida más fácil a los talacheros, los paleteros, los pequeños empresarios y también los grandes industriales.

Por ello desde el año 2017 la mejora regulatoria se convirtió en una política de Estado, de relevancia para la construcción de un Estado incluyente y moderno, así como para la promoción de una economía diversificada e innovadora.

El decreto que expidió la Ley General de Mejora Regulatoria señala en su artículo quinto transitorio que, a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Mejora Regulatoria, las entidades federativas contarán con un plazo de un año para adecuar sus leyes al contenido de dicha Ley.

En esa congruencia el 22 de junio de 2019, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Puebla, no obstante, la semana próxima pasada el Congreso del Estado, aprobó por mayoría el Dictamen con Minuta de Decreto para la expedición de la Ley de Mejora Regulatoria y Buena Administración para el Estado de Puebla, la cual deroga la aprobada en mayo de 2019.

Con esta ley se pretende “garantizar un mejor marco regulatorio dentro de la administración pública y se dictan reglas claras que incentivan al desarrollo de un mercado interno competitivo”, mediante la instrumentación de un modelo de mejora regulatoria integral. Aunque la nueva ley incluye aspectos relevantes y actuales hay uno en particular que deja mucho que desear, pues se da la posibilidad al gobierno del estado de controlar los trámites y servicios de los municipios, así como sus costos, pudiendo condicionar, limitar o imponer la creación, eliminación o modificación de los trámites y servicios que prestan los municipios, esto a través de la Comisión de Mejora Regulatoria (órgano desconcentrado de la Secretaría de Planeación y Finanzas). Es decir, en una clara intromisión a la autonomía municipal, el Congreso del Estado le está dando facultades al Gobierno del Estado para que supla a los municipios en las facilidades que estos le tendrían que estar dando a los ciudadanos de manera cercana para lograr los objetivos de la mejora regulatoria. Con esta decisión no sólo se estará limitando a los municipios, sino que le complicarán la vida a los ciudadanos que necesiten realizar algún trámite de esta naturaleza.

Aunque hay que dejar claro que la Ley General señala que los municipios podrán celebrar convenios de colaboración con la Autoridad de Mejora Regulatoria de la entidad federativa correspondiente, a efecto de que ante ellas se desahogue el procedimiento de mejora regulatoria atendiendo a las condiciones de desarrollo de cada municipio. Lo que no implica que el gobierno del estado pudiera hacerse cargo de los trámites y servicios de los municipios como lo marca la ley del estado. Por ello, se debió de haber considerado una ecuasión que incluyera de manera amplia el como servir directamente a los ciudadanos a través de los municipios y sobre todo haber tomado en cuenta a los municipios, a efecto de evitar violaciones a la autonomía municipal, pues el artículo 115 constitucional es claro al señalar que los gobiernos son autónomos en su organización política y administrativa. Un gran tema manejado desde el retrovisor legislativo, dejando en claro que el ciudadano y en este caso los municipios, están siendo relegados a cambio de fortalecer y darle más facultades al Ejecutivo Estatal. Este tipo de decisiones en estos tiempos, son en sentido contrario a lo que necesitamos como sociedad, especialmente ante el rezago que la pandemia ha generado tanto en el sector salud como en el económico. A Paso de Cangrejo no señores diputados.