/ domingo 14 de junio de 2020

El trabajo infantil: ¡Lo hemos normalizado, todos!

El viernes pasado, 12 de junio, se conmemoró el día mundial contra el trabajo infantil, lamentablemente, pasó desapercibido, no hubo pronunciamientos gubernamentales que anunciaran acciones para inhibir el trabajo infantil, reivindicar la dignidad de las niñas y los niños; y así, garantizar la educación, la salud y en general, la protección por parte de los gobiernos, posiblemente lo anterior, se deba a que la sociedad y la administración pública nos hemos acostumbrado a ver niñas y niños en las calles trabajando, con problemas de desnutrición, con ropas roídas, descalzos, transgredidos en sus derechos humanos. ¡Lo hemos normalizado, todos!

El trabajo infantil, es un fenómeno que tiene como sello la pobreza, la exclusión, la discriminación y la falta de oportunidades que sufren niñas y niños, privados de su infancia y que en un futuro se traducirá en falta de oportunidades.

El trabajo infantil es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como: todo aquel que priva a las niñas y niños de su niñez, su potencial y su dignidad, así como aquella actividad económica que resulta perjudicial para su desarrollo físico y psicológico, uno de cada diez niños en el mundo se encuentra en esta situación.

El artículo 174 de la Ley Federal del Trabajo establece que los mayores de quince años y menores de dieciocho años deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo… Sin estos requisitos, ningún patrón podrá utilizar sus servicios.

Asimismo, existen instrumentos de protección a la niñez, tanto en el ámbito internacional como en nuestro derecho interno, tales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos de los Niños de Naciones Unidas, la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (México), Ley Federal del Trabajo (México), así como en las diversas codificaciones locales en materia familiar y penal, todas haciendo referencia al interés superior de la niñez, que de manera general, significa el mandato de satisfactores integrales como: alimento, educación, salud, vestimenta, una vivienda e incluso actividades de esparcimiento. Sin embargo, millones de niñas y niños en el mundo, no tiene garantizados esos derechos.

La Directora Ejecutiva de UNICEF, Henrietta Fore, señala, que a medida que las escuelas cierran durante la pandemia se afecta a más de 1.000 millones de alumnos en más de 130 países. Incluso, cuando se reanuden las clases, es posible que algunos padres ya no puedan permitirse enviar a sus hijos a la escuela.

De acuerdo al Módulo de Trabajo Infantil (INEGI) 2017, en México, se estima que 3.2 millones de niñas y niños de 5 a 17 años de edad trabajan en actividades económicas no permitidas o en quehaceres domésticos en condiciones no adecuadas. Puebla ocupa el segundo lugar a nivel nacional con 190 mil 837 niñas y niños en actividades económicas no permitidas. (Con información de Elena Domínguez. El Sol de Puebla).

Conforme a la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), México tiene el segundo lugar en América Latina en ocupar la fuerza de trabajo de personas que deberían estar siendo cuidados, en la escuela o tomando tiempo de recreación. El primer sitio le pertenece a Brasil.

Es prioritario, que las Comisiones de Derechos Humanos, los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, contribuyan brindando protección a las niñas y niños que se encuentran realizando trabajo infantil, la Secretaría del Trabajo debe realizar inspecciones permanentes a las empresas para prevenir explotación laboral de menores, la Secretaría de Educación Pública, a través de las escuelas debe promover el regreso a clases después de la pandemia, y dar aviso a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, para realizar visitas domiciliarias en los casos de ausentismo escolar, el gobierno federal debe solicitar créditos a organismos internacionales para generar empleos para los adultos y que no haya necesidad de que los niños salgan a trabajar para contribuir al sustento de sus hogares, de no realizar acciones para garantizar el interés superior de la niñez, veremos un mayor número de niños en las calles, siendo explotados laboralmente, víctimas de delitos, y un aumento significativo de deserción escolar.

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.

Comentarios: jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ Facebook: Jorge Pinto

El viernes pasado, 12 de junio, se conmemoró el día mundial contra el trabajo infantil, lamentablemente, pasó desapercibido, no hubo pronunciamientos gubernamentales que anunciaran acciones para inhibir el trabajo infantil, reivindicar la dignidad de las niñas y los niños; y así, garantizar la educación, la salud y en general, la protección por parte de los gobiernos, posiblemente lo anterior, se deba a que la sociedad y la administración pública nos hemos acostumbrado a ver niñas y niños en las calles trabajando, con problemas de desnutrición, con ropas roídas, descalzos, transgredidos en sus derechos humanos. ¡Lo hemos normalizado, todos!

El trabajo infantil, es un fenómeno que tiene como sello la pobreza, la exclusión, la discriminación y la falta de oportunidades que sufren niñas y niños, privados de su infancia y que en un futuro se traducirá en falta de oportunidades.

El trabajo infantil es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como: todo aquel que priva a las niñas y niños de su niñez, su potencial y su dignidad, así como aquella actividad económica que resulta perjudicial para su desarrollo físico y psicológico, uno de cada diez niños en el mundo se encuentra en esta situación.

El artículo 174 de la Ley Federal del Trabajo establece que los mayores de quince años y menores de dieciocho años deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo… Sin estos requisitos, ningún patrón podrá utilizar sus servicios.

Asimismo, existen instrumentos de protección a la niñez, tanto en el ámbito internacional como en nuestro derecho interno, tales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos de los Niños de Naciones Unidas, la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (México), Ley Federal del Trabajo (México), así como en las diversas codificaciones locales en materia familiar y penal, todas haciendo referencia al interés superior de la niñez, que de manera general, significa el mandato de satisfactores integrales como: alimento, educación, salud, vestimenta, una vivienda e incluso actividades de esparcimiento. Sin embargo, millones de niñas y niños en el mundo, no tiene garantizados esos derechos.

La Directora Ejecutiva de UNICEF, Henrietta Fore, señala, que a medida que las escuelas cierran durante la pandemia se afecta a más de 1.000 millones de alumnos en más de 130 países. Incluso, cuando se reanuden las clases, es posible que algunos padres ya no puedan permitirse enviar a sus hijos a la escuela.

De acuerdo al Módulo de Trabajo Infantil (INEGI) 2017, en México, se estima que 3.2 millones de niñas y niños de 5 a 17 años de edad trabajan en actividades económicas no permitidas o en quehaceres domésticos en condiciones no adecuadas. Puebla ocupa el segundo lugar a nivel nacional con 190 mil 837 niñas y niños en actividades económicas no permitidas. (Con información de Elena Domínguez. El Sol de Puebla).

Conforme a la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), México tiene el segundo lugar en América Latina en ocupar la fuerza de trabajo de personas que deberían estar siendo cuidados, en la escuela o tomando tiempo de recreación. El primer sitio le pertenece a Brasil.

Es prioritario, que las Comisiones de Derechos Humanos, los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, contribuyan brindando protección a las niñas y niños que se encuentran realizando trabajo infantil, la Secretaría del Trabajo debe realizar inspecciones permanentes a las empresas para prevenir explotación laboral de menores, la Secretaría de Educación Pública, a través de las escuelas debe promover el regreso a clases después de la pandemia, y dar aviso a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, para realizar visitas domiciliarias en los casos de ausentismo escolar, el gobierno federal debe solicitar créditos a organismos internacionales para generar empleos para los adultos y que no haya necesidad de que los niños salgan a trabajar para contribuir al sustento de sus hogares, de no realizar acciones para garantizar el interés superior de la niñez, veremos un mayor número de niños en las calles, siendo explotados laboralmente, víctimas de delitos, y un aumento significativo de deserción escolar.

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.

Comentarios: jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ Facebook: Jorge Pinto

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