/ miércoles 19 de enero de 2022

En Punto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene en sus manos una de las decisiones más trascendentales para la protección del territorio y los recursos naturales en México, ante la minería heredada por los gobiernos desde 1992 a la fecha.

Este miércoles, los magistrados y su presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea habrán de discutir el recurso de inconstitucionalidad promovido por la comunidad Tecoltemi de Ixtacamaxtitlán, Puebla, al considerar que artículos como el 6.°, 15 y 19 de la Ley Minera, entregan el territorio, los recursos y el agua a las empresas mineras que son consideradas por la legislación de “utilidad pública”, aunque los beneficios no sean para las comunidades impactadas.

La discusión parte de la Ley Minera aprobada en 1992, durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari, mediante la que se permitió la participación de inversión extranjera en el país y otorgó las facilidades para explorar, explotar y beneficiarse de los recursos mediante concesiones otorgadas por 50 años y la posibilidad de continuarlas 50 años más, casi de facto, pero con mínimas obligaciones y responsabilidades.

Las modificaciones hechas a la legislación en estos últimos 30 años no han incluido los derechos de autodeterminación de las comunidades indígenas y han mantenido los privilegios para las mineras, dándoles prácticamente cartera abierta, con sólo pagos mínimos y permisos laxos.

Al abordar este día el tema, la SCJN tiene la oportunidad de dar un fallo en el que se pida la armonización de derechos y se privilegie el bienestar de las comunidades por encima de los intereses particulares. Ahí radica la trascendencia de la discusión en el máximo tribunal, que aún está por verse.

*

La cuarta ola de la Covid-19 ya azota a Puebla.

Una cuarta ola provocada, principalmente, por la variante Ómicron que todos califican de menos agresiva y por eso en las calles, centros comerciales, mercados y demás espacios públicos pareciera que no pasa nada.

Tanto la subestiman que hasta este momento las clases en el nivel básico seguirán en formato híbrido (asistencia a las aulas unos días y otros desde casa) y no totalmente a distancia.

La Organización Mundial de la Salud ha atribuido la baja mortalidad al avance la vacunación en todo el planeta, entonces para quien está vacunado los síntomas son leves y puede vivir el virus como una simple gripa.

Pero, ¿y los no vacunados? Ellos son los que están en los hospitales y los que están muriendo.

Y es aquí donde entra la preocupación por el esquema en que los alumnos de nivel básico deben tomar clases, acudiendo a las aulas sin, en su mayoría, estar vacunados. Los menores en México no están en los planes de la Federación para ser inoculados, primero pondrán una dosis de refuerzo a los mayores de edad y después, si bien les va, pensarán en los niños.

Entonces, ¿por qué exponerlo de esta manera? Si, como mucho se menciona, esta cuarta ola será fugaz, ¿por qué no regresarlos a sus casas por unas semanas?


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene en sus manos una de las decisiones más trascendentales para la protección del territorio y los recursos naturales en México, ante la minería heredada por los gobiernos desde 1992 a la fecha.

Este miércoles, los magistrados y su presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea habrán de discutir el recurso de inconstitucionalidad promovido por la comunidad Tecoltemi de Ixtacamaxtitlán, Puebla, al considerar que artículos como el 6.°, 15 y 19 de la Ley Minera, entregan el territorio, los recursos y el agua a las empresas mineras que son consideradas por la legislación de “utilidad pública”, aunque los beneficios no sean para las comunidades impactadas.

La discusión parte de la Ley Minera aprobada en 1992, durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari, mediante la que se permitió la participación de inversión extranjera en el país y otorgó las facilidades para explorar, explotar y beneficiarse de los recursos mediante concesiones otorgadas por 50 años y la posibilidad de continuarlas 50 años más, casi de facto, pero con mínimas obligaciones y responsabilidades.

Las modificaciones hechas a la legislación en estos últimos 30 años no han incluido los derechos de autodeterminación de las comunidades indígenas y han mantenido los privilegios para las mineras, dándoles prácticamente cartera abierta, con sólo pagos mínimos y permisos laxos.

Al abordar este día el tema, la SCJN tiene la oportunidad de dar un fallo en el que se pida la armonización de derechos y se privilegie el bienestar de las comunidades por encima de los intereses particulares. Ahí radica la trascendencia de la discusión en el máximo tribunal, que aún está por verse.

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La cuarta ola de la Covid-19 ya azota a Puebla.

Una cuarta ola provocada, principalmente, por la variante Ómicron que todos califican de menos agresiva y por eso en las calles, centros comerciales, mercados y demás espacios públicos pareciera que no pasa nada.

Tanto la subestiman que hasta este momento las clases en el nivel básico seguirán en formato híbrido (asistencia a las aulas unos días y otros desde casa) y no totalmente a distancia.

La Organización Mundial de la Salud ha atribuido la baja mortalidad al avance la vacunación en todo el planeta, entonces para quien está vacunado los síntomas son leves y puede vivir el virus como una simple gripa.

Pero, ¿y los no vacunados? Ellos son los que están en los hospitales y los que están muriendo.

Y es aquí donde entra la preocupación por el esquema en que los alumnos de nivel básico deben tomar clases, acudiendo a las aulas sin, en su mayoría, estar vacunados. Los menores en México no están en los planes de la Federación para ser inoculados, primero pondrán una dosis de refuerzo a los mayores de edad y después, si bien les va, pensarán en los niños.

Entonces, ¿por qué exponerlo de esta manera? Si, como mucho se menciona, esta cuarta ola será fugaz, ¿por qué no regresarlos a sus casas por unas semanas?


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