/ viernes 20 de noviembre de 2020

Inicio de la nueva justicia laboral (Primera parte)

El miércoles 18 de noviembre -conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana con la heroica gesta en Puebla de los hermanos Serdán, en donde Carmen, ejemplo de honor y valentía pone muy en alto el papel que la mujer jugó en la Revolución- se inscribe en los anales históricos del Derecho Mexicano del Trabajo como el fin de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que fueron hasta hoy los Tribunales del Trabajo, y el inicio de la nueva Justicia Laboral.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje concebidas en el artículo 123 constitucional tienen como antecedente las legislaciones de Veracruz, de Agustín Millán y Cándido Aguilar; la de Jalisco con Manuel Aguirre Berlanga y principalmente la de Yucatán, del General Salvador Alvarado, que tiene antecedente en las legislaciones de Australia y Nueva Zelanda con clara inspiración del Derecho Social de Alemania.

Fueron tribunales en Derecho, de conformidad con la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su quinta época, y funcionaron en forma tripartita, en teoría, con un representante del capital, uno del trabajo y otro del gobierno, quien fungía como presidente. Por desgracia y pese a estar concebidas como verdaderos órganos de impartición, transparente y expedita, de justicia laboral, se corrompieron con el tiempo, prostituidas por los mismos funcionarios de las que dependían, o sea, del Poder Ejecutivo, tanto federal como estatal, así como por las grandes centrales obreras y sus filiales y los propios litigantes.

La justicia laboral siempre fue un tema pendiente e inacabado, lleno de vericuetos, incertidumbres, multiplicidad de criterios, abuso del derecho, influyentismo y corrupción, en donde por ironía el trabajador era en su mayoría la parte afectada. Los trámites de los juicios llevaban hasta 5 años y en su caso, la ejecución de los laudos en contra de las empresas era un verdadero vía crucis. En la materia Colectiva no era menor el problema, los contratos colectivos “de protección” fueron la norma general; los emplazamientos a huelga se convirtieron en negocios multimillonarios de los líderes sindicales, quienes aún antes de que se instalara una empresa ya la estaban emplazando a huelga con la complacencia de los funcionarios de la Junta; los movimientos de huelga eran cooptados y controlados por los gobiernos, para efectos de estadística; las tomas de nota se daban solo para los allegados al Ejecutivo, quien a través del registro, controlaba a su antojo a los sindicatos. A todo esto agregamos el insuficiente y magro presupuesto que los gobiernos asignaban a las Juntas, quienes actuaban como un mal necesario, con escaso personal y en su mayoría instalaciones precarias y poco funcionales.

Hoy la justicia laboral pasa a manos del Poder Judicial, en lo federal a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo local a los Tribunales Superiores de Justicia y se irá aplicando en tres etapas graduales, primero en 8 estados: Campeche, Chiapas, Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas e Hidalgo, este último solo en el ámbito federal. Las Juntas de Conciliación y Arbitraje quedarán operando en estas 8 entidades y en las demás, conforme vaya entrando en vigor la reforma (octubre 2021 y 2022) solo para continuar con el desahogo y resolución de los juicios que tengan pendientes, terminando en forma definitiva hasta el último juicio que hayan tenido conocimiento. Lo que se estima será en un período de cuatro años.

La conciliación es la gran apuesta del sistema para abatir en un 60% los conflictos entre empleadores y trabajadores sin necesidad de llegar a juicio, con una duración máxima de 45 días. (Continuara) Escúchame mañana a las 9:00 hrs. En mi programa CONVERSACIONES en ABC RADIO PUEBLA 1280 AM. O en internet www.abcradiopuebla.com.mx. Y te recuerdo “LO QUE CUESTA DINERO VALE POCO”

El miércoles 18 de noviembre -conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana con la heroica gesta en Puebla de los hermanos Serdán, en donde Carmen, ejemplo de honor y valentía pone muy en alto el papel que la mujer jugó en la Revolución- se inscribe en los anales históricos del Derecho Mexicano del Trabajo como el fin de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que fueron hasta hoy los Tribunales del Trabajo, y el inicio de la nueva Justicia Laboral.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje concebidas en el artículo 123 constitucional tienen como antecedente las legislaciones de Veracruz, de Agustín Millán y Cándido Aguilar; la de Jalisco con Manuel Aguirre Berlanga y principalmente la de Yucatán, del General Salvador Alvarado, que tiene antecedente en las legislaciones de Australia y Nueva Zelanda con clara inspiración del Derecho Social de Alemania.

Fueron tribunales en Derecho, de conformidad con la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su quinta época, y funcionaron en forma tripartita, en teoría, con un representante del capital, uno del trabajo y otro del gobierno, quien fungía como presidente. Por desgracia y pese a estar concebidas como verdaderos órganos de impartición, transparente y expedita, de justicia laboral, se corrompieron con el tiempo, prostituidas por los mismos funcionarios de las que dependían, o sea, del Poder Ejecutivo, tanto federal como estatal, así como por las grandes centrales obreras y sus filiales y los propios litigantes.

La justicia laboral siempre fue un tema pendiente e inacabado, lleno de vericuetos, incertidumbres, multiplicidad de criterios, abuso del derecho, influyentismo y corrupción, en donde por ironía el trabajador era en su mayoría la parte afectada. Los trámites de los juicios llevaban hasta 5 años y en su caso, la ejecución de los laudos en contra de las empresas era un verdadero vía crucis. En la materia Colectiva no era menor el problema, los contratos colectivos “de protección” fueron la norma general; los emplazamientos a huelga se convirtieron en negocios multimillonarios de los líderes sindicales, quienes aún antes de que se instalara una empresa ya la estaban emplazando a huelga con la complacencia de los funcionarios de la Junta; los movimientos de huelga eran cooptados y controlados por los gobiernos, para efectos de estadística; las tomas de nota se daban solo para los allegados al Ejecutivo, quien a través del registro, controlaba a su antojo a los sindicatos. A todo esto agregamos el insuficiente y magro presupuesto que los gobiernos asignaban a las Juntas, quienes actuaban como un mal necesario, con escaso personal y en su mayoría instalaciones precarias y poco funcionales.

Hoy la justicia laboral pasa a manos del Poder Judicial, en lo federal a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo local a los Tribunales Superiores de Justicia y se irá aplicando en tres etapas graduales, primero en 8 estados: Campeche, Chiapas, Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Tabasco, Zacatecas e Hidalgo, este último solo en el ámbito federal. Las Juntas de Conciliación y Arbitraje quedarán operando en estas 8 entidades y en las demás, conforme vaya entrando en vigor la reforma (octubre 2021 y 2022) solo para continuar con el desahogo y resolución de los juicios que tengan pendientes, terminando en forma definitiva hasta el último juicio que hayan tenido conocimiento. Lo que se estima será en un período de cuatro años.

La conciliación es la gran apuesta del sistema para abatir en un 60% los conflictos entre empleadores y trabajadores sin necesidad de llegar a juicio, con una duración máxima de 45 días. (Continuara) Escúchame mañana a las 9:00 hrs. En mi programa CONVERSACIONES en ABC RADIO PUEBLA 1280 AM. O en internet www.abcradiopuebla.com.mx. Y te recuerdo “LO QUE CUESTA DINERO VALE POCO”