/ viernes 12 de julio de 2019

La crisis del derecho del trabajo en México (Primera parte)

Al hablar de este candente tema, tengo que partir, querida Puebla, de la premisa fundamental, de que el Derecho del Trabajo nace y tiene como razón de ser, la protección del trabajador. Pero también es necesario acotar, que no todo trabajador está protegido por este Derecho, sino únicamente, los que trabajan en forma subordinada, esto es, bajo el poder de mando de un empleador.

En consecuencia en México, según datos publicados en febrero de este año por el reporte “Medición de la Economía informal”, el 57 % de las personas que trabajan, lo hacen en la informalidad. Quiere esto decir, que el Derecho del Trabajo en México solo, hipotéticamente, protegería al 43% de la población trabajadora. Y ese porcentaje, según los datos de afiliación al IMSS, corresponde a la cantidad de 19 millones ochos cientos mil trabajadores.

Y aquí, hago la aclaración, solo estamos hablando de los trabajadores en general, que pertenecen al Apartado A del artículo 123 Constitucional. Pues los Trabajadores al Servicio del Estado, están considerados en el Apartado B del artículo 123 Constitucional, y estamos hablando de una cantidad de 487 mil 742 trabajadores burocráticos aproximadamente.

Ahora bien, de esos 19. 800.000 trabajadores afiliados al IMSS, 8 millones 200.000 trabajadores; o sea, 4 de 10, están afiliados solo con dos salarios mínimos ($205.36 diarios y $ $6242.94 mensuales)

Es importante saber para complementar este estudio, lo que importa la llamada “canasta básica” alimentaria en México, que es de $1633.50 diarios y que comprende 33 productos básicos alimenticios “suficientes para satisfacer las necesidades de un hogar promedio” de acuerdo con “La Encuesta Nacional de los Hogares (2016), realizada por el INEGI.

Resulta evidente, ante estas estadísticas, que un gran porcentaje de trabajadores y por ende, de familias en México viven en la precariedad económica y alimentaria. Y esto me lleva a sostener mi afirmación, de la crisis de nuestro Derecho del Trabajo.

El egregio Maestro de Maestros, Mario de la Cueva que para mí y para la mayoría de doctrinarios en la materia laboral, ha sido el Maestro por antonomasia, definió al Derecho del Trabajo como “El conjunto de normas y principios jurídicos que a cambio del trabajo humano intentan realizar el derecho del hombre a una existencia digna de la persona humana”. Esto es, no hay otra finalidad del Derecho del Trabajo que proteger la dignidad humana de la persona que trabaja.

Esta visión se ha perdido totalmente en la actualidad, el Neo-Liberalismo y sus corrientes economicistas, han hecho a un lado el concepto humano del Derecho, para introducir el criterio económico, que coloca al Derecho y en este caso al del Trabajo, en un mero “facilitador del mercado”. Y empezando por las palabras, que en metafísica son fundamentales para expresar las ideas y los pensamientos interiores, hablamos de “mercado”. Y, ¿qué es un “mercado”, no acaso el lugar en donde se venden y se compran bienes? En consecuencia, al hablarse de “mercado de trabajo” de que estamos hablando, no acaso de la compra venta del trabajo…Otra vez Carlos Marx presente: “el trabajo se compra y se vende como el azúcar y el aceite…Es una mercancía”. Y si quisiéramos extender más esta idea, ¿quiénes están en los mercados? ¿No acaso los comerciantes y los clientes? A esto se ha reducido en la actualidad, por desgracia, el empleador y el trabajador.

Continuaré la próxima semana con este estudio querida Puebla, mientras tanto escúchame mañana en ABC radio 12.80 de am. a las 9 de la mañana, en mi programa ”CONVERSACIONES”. Y a propósito de mercados, te recuerdo que: “LO QUE CUESTA DINERO VALE POCO”.

Al hablar de este candente tema, tengo que partir, querida Puebla, de la premisa fundamental, de que el Derecho del Trabajo nace y tiene como razón de ser, la protección del trabajador. Pero también es necesario acotar, que no todo trabajador está protegido por este Derecho, sino únicamente, los que trabajan en forma subordinada, esto es, bajo el poder de mando de un empleador.

En consecuencia en México, según datos publicados en febrero de este año por el reporte “Medición de la Economía informal”, el 57 % de las personas que trabajan, lo hacen en la informalidad. Quiere esto decir, que el Derecho del Trabajo en México solo, hipotéticamente, protegería al 43% de la población trabajadora. Y ese porcentaje, según los datos de afiliación al IMSS, corresponde a la cantidad de 19 millones ochos cientos mil trabajadores.

Y aquí, hago la aclaración, solo estamos hablando de los trabajadores en general, que pertenecen al Apartado A del artículo 123 Constitucional. Pues los Trabajadores al Servicio del Estado, están considerados en el Apartado B del artículo 123 Constitucional, y estamos hablando de una cantidad de 487 mil 742 trabajadores burocráticos aproximadamente.

Ahora bien, de esos 19. 800.000 trabajadores afiliados al IMSS, 8 millones 200.000 trabajadores; o sea, 4 de 10, están afiliados solo con dos salarios mínimos ($205.36 diarios y $ $6242.94 mensuales)

Es importante saber para complementar este estudio, lo que importa la llamada “canasta básica” alimentaria en México, que es de $1633.50 diarios y que comprende 33 productos básicos alimenticios “suficientes para satisfacer las necesidades de un hogar promedio” de acuerdo con “La Encuesta Nacional de los Hogares (2016), realizada por el INEGI.

Resulta evidente, ante estas estadísticas, que un gran porcentaje de trabajadores y por ende, de familias en México viven en la precariedad económica y alimentaria. Y esto me lleva a sostener mi afirmación, de la crisis de nuestro Derecho del Trabajo.

El egregio Maestro de Maestros, Mario de la Cueva que para mí y para la mayoría de doctrinarios en la materia laboral, ha sido el Maestro por antonomasia, definió al Derecho del Trabajo como “El conjunto de normas y principios jurídicos que a cambio del trabajo humano intentan realizar el derecho del hombre a una existencia digna de la persona humana”. Esto es, no hay otra finalidad del Derecho del Trabajo que proteger la dignidad humana de la persona que trabaja.

Esta visión se ha perdido totalmente en la actualidad, el Neo-Liberalismo y sus corrientes economicistas, han hecho a un lado el concepto humano del Derecho, para introducir el criterio económico, que coloca al Derecho y en este caso al del Trabajo, en un mero “facilitador del mercado”. Y empezando por las palabras, que en metafísica son fundamentales para expresar las ideas y los pensamientos interiores, hablamos de “mercado”. Y, ¿qué es un “mercado”, no acaso el lugar en donde se venden y se compran bienes? En consecuencia, al hablarse de “mercado de trabajo” de que estamos hablando, no acaso de la compra venta del trabajo…Otra vez Carlos Marx presente: “el trabajo se compra y se vende como el azúcar y el aceite…Es una mercancía”. Y si quisiéramos extender más esta idea, ¿quiénes están en los mercados? ¿No acaso los comerciantes y los clientes? A esto se ha reducido en la actualidad, por desgracia, el empleador y el trabajador.

Continuaré la próxima semana con este estudio querida Puebla, mientras tanto escúchame mañana en ABC radio 12.80 de am. a las 9 de la mañana, en mi programa ”CONVERSACIONES”. Y a propósito de mercados, te recuerdo que: “LO QUE CUESTA DINERO VALE POCO”.