/ jueves 23 de mayo de 2019

La responsabilidad de los dueños de mascotas cuando atacan

Hace una semana sucedió una tragedia en la que perdió la vida una pequeñita de apenas 4 años. Un perro pitbull atacó brutalmente a la menor, lo cual implica consecuencias jurídicas para el dueño, aunque lo más deseable es que nunca hubiera pasado esto.

No me puedo imaginar el dolor que habrá experimentado la menor en las fauces de un can de raza tan agresiva, lo cual es trágico por el modo morir y la corta edad de la víctima. Lo que me sorprende negativamente es quien se indignó más porque el animal también perdió la vida en su aseguramiento. Lamentablemente el victimizar animales se ha vuelto una moda que provoca grandes odios; la banalización del sufrimiento humano; y la sobrevaloración de las mascotas. Para mencionar un ejemplo claro de lo equivocado que está esto, tenemos al régimen Nacional-socialista, comúnmente conocido como nazi, el cual emitió las primeras leyes de protección animal, pero al mismo tiempo ejecutó la solución final que causó la muerte de 6 millones de judíos.

Entrando de lleno en el tema, tenemos que analizar las circunstancias, la menor fue encargada con los vecinos por motivos laborales. La circunstancia mortal se dio cuando el can pudo entrar a la casa y así agredir a alguien que no reconoció. En este caso no se le puede asignar una responsabilidad legal y/penal al can, eso es absurdo, tanto como quien quiere atribuir prerrogativas a los animales. La dualidad obligación-derecho es indisoluble.

Ahora bien, hay una responsabilidad por parte de los dueños, pero en este caso preciso, se trata de algo imprudencial, es decir, no fue intención de estos el que sucediera la desgracia, por lo cual el delito a perseguir es un homicidio imprudencial.

Este se produce de manera muy frecuente cuando hay un atropellamiento y fallece el peatón. En ambos casos, se puede llegar a un acuerdo reparatorio, el cual consistirá en que los dueños del perro den una cantidad de dinero a los padres de la menor, situación que suena muy mal para quienes experimentarán un dolor absoluto al ver a su pequeñita fallecer, ya que eso no se compensa con nada.

Puede ser que no se firme el acuerdo mencionado, situación en la cual el juez correspondiente conocerá del caso, sin embargo y como se ha visto en diversos casos, si no se acepta el arreglo inicial, de todas maneras el imputado obtiene su libertad dando menos dinero. Nada paga una vida, pero así está diseñado el sistema de justicia penal vigente, los ministerios públicos y juzgadores simplemente siguen las reglas procesales.

Como siempre, cada caso es diferente y requiere de su estudio particular. Nosotros nos ponemos a sus órdenes y les proporcionamos la asesoría telefónica gratuita respecto a cualquier problema que tengan. Hasta la próxima semana.

Dudas, comentarios o consultas 22 25 64 75 05; justicia_editorial@hotmail.com; síganme en facebook por mi nombre y en twitter: @vicente_aven.

*Doctor en Derecho, consultor legal, abogado postulante y académico universitario.

Hace una semana sucedió una tragedia en la que perdió la vida una pequeñita de apenas 4 años. Un perro pitbull atacó brutalmente a la menor, lo cual implica consecuencias jurídicas para el dueño, aunque lo más deseable es que nunca hubiera pasado esto.

No me puedo imaginar el dolor que habrá experimentado la menor en las fauces de un can de raza tan agresiva, lo cual es trágico por el modo morir y la corta edad de la víctima. Lo que me sorprende negativamente es quien se indignó más porque el animal también perdió la vida en su aseguramiento. Lamentablemente el victimizar animales se ha vuelto una moda que provoca grandes odios; la banalización del sufrimiento humano; y la sobrevaloración de las mascotas. Para mencionar un ejemplo claro de lo equivocado que está esto, tenemos al régimen Nacional-socialista, comúnmente conocido como nazi, el cual emitió las primeras leyes de protección animal, pero al mismo tiempo ejecutó la solución final que causó la muerte de 6 millones de judíos.

Entrando de lleno en el tema, tenemos que analizar las circunstancias, la menor fue encargada con los vecinos por motivos laborales. La circunstancia mortal se dio cuando el can pudo entrar a la casa y así agredir a alguien que no reconoció. En este caso no se le puede asignar una responsabilidad legal y/penal al can, eso es absurdo, tanto como quien quiere atribuir prerrogativas a los animales. La dualidad obligación-derecho es indisoluble.

Ahora bien, hay una responsabilidad por parte de los dueños, pero en este caso preciso, se trata de algo imprudencial, es decir, no fue intención de estos el que sucediera la desgracia, por lo cual el delito a perseguir es un homicidio imprudencial.

Este se produce de manera muy frecuente cuando hay un atropellamiento y fallece el peatón. En ambos casos, se puede llegar a un acuerdo reparatorio, el cual consistirá en que los dueños del perro den una cantidad de dinero a los padres de la menor, situación que suena muy mal para quienes experimentarán un dolor absoluto al ver a su pequeñita fallecer, ya que eso no se compensa con nada.

Puede ser que no se firme el acuerdo mencionado, situación en la cual el juez correspondiente conocerá del caso, sin embargo y como se ha visto en diversos casos, si no se acepta el arreglo inicial, de todas maneras el imputado obtiene su libertad dando menos dinero. Nada paga una vida, pero así está diseñado el sistema de justicia penal vigente, los ministerios públicos y juzgadores simplemente siguen las reglas procesales.

Como siempre, cada caso es diferente y requiere de su estudio particular. Nosotros nos ponemos a sus órdenes y les proporcionamos la asesoría telefónica gratuita respecto a cualquier problema que tengan. Hasta la próxima semana.

Dudas, comentarios o consultas 22 25 64 75 05; justicia_editorial@hotmail.com; síganme en facebook por mi nombre y en twitter: @vicente_aven.

*Doctor en Derecho, consultor legal, abogado postulante y académico universitario.