/ domingo 16 de junio de 2019

¡Los únicos “trabajos” que deberían tener las niñas y los niños son estudiar, jugar y soñar!

Amables lectores, ¡les saludo con el gusto de siempre! Felicito a todos los papás en su día, ¡un fuerte abrazo!

El 12 de junio pasado se conmemoró el día mundial contra el trabajo infantil, y no podía desaprovechar esta intervención para hacer referencia a este fenómeno, que lastima profundamente a la humanidad. Cuando se habla de trabajo infantil en cualquier época histórica, se tiene que observar el contexto social, político, cultural y económico del lugar en el que acontece, las grandes desigualdades que enfrenta la niñez en México y en el mundo dejan heridas que no cicatrizan. Se ha hecho parte de la cotidianeidad ver niñas y niños como cargadores en los mercados, tragafuegos, cuidadores de autos, cantantes en los autobuses, boleros, anunciantes, barrenderos, pepenadores, payasos, vendedores (desde paletas, cajitas de chicles, hasta billetes de lotería) etcétera. Y las preguntas son ¿Por qué en las redes sociales y en las marchas se exige el no maltrato animal? Que sin duda es muy importante, pero ¿Por qué los usuarios de las redes y los promotores de las marchas no exigen terminar con el trabajo infantil? La respuesta es: que estamos acostumbrados.

Nos hemos acostumbrado a ver niñas y niños en los bulevares, sorteando a los coches, quemados por tanta exposición al sol, con lágrimas en sus ojos, con miradas perdidas, con serios problemas de desnutrición, con ropas roídas, descalzos, sin esperanza. El trabajo infantil es un fenómeno que tiene como sello la pobreza, la exclusión, la discriminación y la falta de oportunidades que sufren niñas y niños privados de su infancia y que en un futuro se traducirá en falta de oportunidades.

El trabajo infantil es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como: todo aquel que priva a las y los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, así como aquella actividad económica que resulta perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

El artículo 174 de la Ley Federal del Trabajo establece que: los mayores de catorce y menores de dieciséis años, cuentan con la autorización de ley para trabajar… Sin embargo, muchos empleadores contratan menores de 15 años, sometiéndolos a trabajos peligros y pagando salarios muy bajos.

En la actualidad, el trabajo infantil ha adquirido nuevas dimensiones, de manera que continúa siendo una práctica alternativa para las familias pobres, pero también se ha convertido en una problemática ligada a grupos de delincuencia organizada, (trata de personas) quienes trafican con la vida, la integridad moral y física, así como con el presente y el futuro de quienes caen en sus garras, sin importar los daños que ocasionan en sus víctimas directas (en este caso los menores) o indirectas (como la familia y la propia sociedad). http://www.scielo.org.co/pdf/dere/n47/0121-8697-dere-47-00310.pdf

o En todo el mundo, 218 millones de niños de entre 5 y 17 años están ocupados en la producción económica.

o Entre ellos, 152 millones son víctimas del trabajo infantil; casi la mitad, 73 millones, están en situación de trabajo infantil peligroso.

o En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.

Fuente: Estimación mundial sobre el trabajo infantil: Resultados y tendencias, 2012-2016, Ginebra, septiembre de 2017.

La tutela a los derechos de la niñez se encuentra prevista en la Convención sobre los Derechos de los Niños de Naciones Unidas, en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (México), Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (México), Ley Federal del Trabajo (México), así como en las diversas codificaciones en materia familiar y penal.

Es prioritario que las Comisiones de Derechos Humanos, los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia y las Fiscalías de los Estados realicen trabajos conjuntos, para proteger el interés superior del menor, de aquellos que realizan trabajo infantil, así como los que se encuentran en las calles de todo el país. ¡URGE!

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Profesor Colaborador en la Facultad de Derecho y C.S., y Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios.

Comentarios:jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ facebook: Jorge Pinto

Amables lectores, ¡les saludo con el gusto de siempre! Felicito a todos los papás en su día, ¡un fuerte abrazo!

El 12 de junio pasado se conmemoró el día mundial contra el trabajo infantil, y no podía desaprovechar esta intervención para hacer referencia a este fenómeno, que lastima profundamente a la humanidad. Cuando se habla de trabajo infantil en cualquier época histórica, se tiene que observar el contexto social, político, cultural y económico del lugar en el que acontece, las grandes desigualdades que enfrenta la niñez en México y en el mundo dejan heridas que no cicatrizan. Se ha hecho parte de la cotidianeidad ver niñas y niños como cargadores en los mercados, tragafuegos, cuidadores de autos, cantantes en los autobuses, boleros, anunciantes, barrenderos, pepenadores, payasos, vendedores (desde paletas, cajitas de chicles, hasta billetes de lotería) etcétera. Y las preguntas son ¿Por qué en las redes sociales y en las marchas se exige el no maltrato animal? Que sin duda es muy importante, pero ¿Por qué los usuarios de las redes y los promotores de las marchas no exigen terminar con el trabajo infantil? La respuesta es: que estamos acostumbrados.

Nos hemos acostumbrado a ver niñas y niños en los bulevares, sorteando a los coches, quemados por tanta exposición al sol, con lágrimas en sus ojos, con miradas perdidas, con serios problemas de desnutrición, con ropas roídas, descalzos, sin esperanza. El trabajo infantil es un fenómeno que tiene como sello la pobreza, la exclusión, la discriminación y la falta de oportunidades que sufren niñas y niños privados de su infancia y que en un futuro se traducirá en falta de oportunidades.

El trabajo infantil es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como: todo aquel que priva a las y los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, así como aquella actividad económica que resulta perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

El artículo 174 de la Ley Federal del Trabajo establece que: los mayores de catorce y menores de dieciséis años, cuentan con la autorización de ley para trabajar… Sin embargo, muchos empleadores contratan menores de 15 años, sometiéndolos a trabajos peligros y pagando salarios muy bajos.

En la actualidad, el trabajo infantil ha adquirido nuevas dimensiones, de manera que continúa siendo una práctica alternativa para las familias pobres, pero también se ha convertido en una problemática ligada a grupos de delincuencia organizada, (trata de personas) quienes trafican con la vida, la integridad moral y física, así como con el presente y el futuro de quienes caen en sus garras, sin importar los daños que ocasionan en sus víctimas directas (en este caso los menores) o indirectas (como la familia y la propia sociedad). http://www.scielo.org.co/pdf/dere/n47/0121-8697-dere-47-00310.pdf

o En todo el mundo, 218 millones de niños de entre 5 y 17 años están ocupados en la producción económica.

o Entre ellos, 152 millones son víctimas del trabajo infantil; casi la mitad, 73 millones, están en situación de trabajo infantil peligroso.

o En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.

Fuente: Estimación mundial sobre el trabajo infantil: Resultados y tendencias, 2012-2016, Ginebra, septiembre de 2017.

La tutela a los derechos de la niñez se encuentra prevista en la Convención sobre los Derechos de los Niños de Naciones Unidas, en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (México), Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (México), Ley Federal del Trabajo (México), así como en las diversas codificaciones en materia familiar y penal.

Es prioritario que las Comisiones de Derechos Humanos, los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia y las Fiscalías de los Estados realicen trabajos conjuntos, para proteger el interés superior del menor, de aquellos que realizan trabajo infantil, así como los que se encuentran en las calles de todo el país. ¡URGE!

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Profesor Colaborador en la Facultad de Derecho y C.S., y Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios.

Comentarios:jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ facebook: Jorge Pinto

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