/ lunes 26 de julio de 2021

Mariana Rodríguez vs el INE

El consejo general del INE decidió sancionar a Movimiento Ciudadano porque consideró que Mariana Rodríguez, esposa del gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, realizó propaganda en redes sociales a favor de su marido y esta no fue considerada como gasto de campaña.

Se trata de una decisión que técnicamente abre una brecha: el INE controla la propaganda encubierta realizada en redes sociales, y decide sancionar una simulación (la pureza de los videos de la cándida esposa apoyando al “brillante” esposo), aunque -desgraciadamente- la sanción es menor.

Muchos piensan que el organismo electoral se excede al considerar que los videos promocionales que realizó Mariana Rodríguez los hizo como esposa del candidato, no como persona que “influye” (de ahí la palabra con la que se les conoce” entre quienes ven sus videos). Afirman que no se puede dejar de ser Mariana Rodríguez (la marca) y ser la esposa de Samuel García. Razones no les faltan: se trata de una decisión que sanciona a la esposa por utilizar electoralmente su plataforma en distintas redes sociales para “influir” en el electorado. Las preguntas son muchas: ¿Todo apoyo realizado en redes se debe cuantificar para efectos electorales? ¿el hecho de ser esposa, familiar o amigo íntimo permite realizar apoyos en redes sociales sin que se deba cuantificar ese apoyo para efectos de la campaña?

No hay respuestas fáciles y se debe reconocer que el INE está pisando terrenos fangosos, dado que los límites se construyen a partir de decisiones como las del organismo electoral. No hay nada escrito, salvo lo que prescribe la ley (la cuantificación de apoyos electorales), lo que en determinado momento termina siendo poco claro en casos en los que una esposa, que tiene como modus vivendi realizar videos para promocionar marcas y productos, decide un día que el producto que quiere promocionar es su marido y tiene como objetivo que gane una contienda electoral.

La inocencia es mala compañía en estas decisiones: no debe pasarse por alto que la campaña de García y el equipo de Mariana Rodríguez seguramente se coordinaban para que los videos fueran efectivos e influyeran en el electorado neoleonés. Sin duda, el candidato aprovechaba el hecho de que su esposa fuera una “influencer” para ganar adeptos en su lucha electoral. La consecuencia de no cuantificar ese apoyo es que, de ahora en adelante, la relación de amistad o familiar entre el candidato y algún “influencer” exima de esa obligación a los candidatos. Eso daría pie a contiendas más dispares de lo que ya de por sí son las contiendas en el sistema electoral mexicano.

Un escenario similar sería si la esposa de algún presentador de televisión abierta se presentara como candidata y este utilizara su espacio para promoverla. El medio no es lo trascendente en este caso: lo que antes era la televisión abierta hoy son las redes sociales: verdaderas plataformas donde treinta segundos de videos bien producidos pueden llegar a millones de personas.

La decisión del INE será revisada por el tribunal electoral. Quienes crean que se trata de la libertad de Mariana Rodríguez o del cándido esposo Samuel García, están en un error. Se trata de conglomerados digitales y de telecomunicaciones tratando de saltar los límites que impone el sistema electoral mexicano y de políticos aprovechando ese supuesto vacío en la regulación de las redes -aunque es algo que se puede discutir. No se trata de dos esposos contra los malvados consejeros electorales, sino de una maquinaria que ideó una campaña donde, a partir de la “falta de gobernabilidad” de las redes sociales, se buscó que la esposa fuera el eje de la campaña de Samuel García. El candidato era lo de menos: lo importante era la esposa “influencer”, que en un video lograba que millones de neoleoneses escucharan los vítores y loas a favor del marido, impresentable y machista.

La mala noticia para todos es que el tribunal electoral es quien tendrá la última palabra. Con toda probabilidad se impondrá -como casi siempre- la lógica política. En un tema tan delicado, la última palabra la tendrá el tribunal más desacreditado.

El consejo general del INE decidió sancionar a Movimiento Ciudadano porque consideró que Mariana Rodríguez, esposa del gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, realizó propaganda en redes sociales a favor de su marido y esta no fue considerada como gasto de campaña.

Se trata de una decisión que técnicamente abre una brecha: el INE controla la propaganda encubierta realizada en redes sociales, y decide sancionar una simulación (la pureza de los videos de la cándida esposa apoyando al “brillante” esposo), aunque -desgraciadamente- la sanción es menor.

Muchos piensan que el organismo electoral se excede al considerar que los videos promocionales que realizó Mariana Rodríguez los hizo como esposa del candidato, no como persona que “influye” (de ahí la palabra con la que se les conoce” entre quienes ven sus videos). Afirman que no se puede dejar de ser Mariana Rodríguez (la marca) y ser la esposa de Samuel García. Razones no les faltan: se trata de una decisión que sanciona a la esposa por utilizar electoralmente su plataforma en distintas redes sociales para “influir” en el electorado. Las preguntas son muchas: ¿Todo apoyo realizado en redes se debe cuantificar para efectos electorales? ¿el hecho de ser esposa, familiar o amigo íntimo permite realizar apoyos en redes sociales sin que se deba cuantificar ese apoyo para efectos de la campaña?

No hay respuestas fáciles y se debe reconocer que el INE está pisando terrenos fangosos, dado que los límites se construyen a partir de decisiones como las del organismo electoral. No hay nada escrito, salvo lo que prescribe la ley (la cuantificación de apoyos electorales), lo que en determinado momento termina siendo poco claro en casos en los que una esposa, que tiene como modus vivendi realizar videos para promocionar marcas y productos, decide un día que el producto que quiere promocionar es su marido y tiene como objetivo que gane una contienda electoral.

La inocencia es mala compañía en estas decisiones: no debe pasarse por alto que la campaña de García y el equipo de Mariana Rodríguez seguramente se coordinaban para que los videos fueran efectivos e influyeran en el electorado neoleonés. Sin duda, el candidato aprovechaba el hecho de que su esposa fuera una “influencer” para ganar adeptos en su lucha electoral. La consecuencia de no cuantificar ese apoyo es que, de ahora en adelante, la relación de amistad o familiar entre el candidato y algún “influencer” exima de esa obligación a los candidatos. Eso daría pie a contiendas más dispares de lo que ya de por sí son las contiendas en el sistema electoral mexicano.

Un escenario similar sería si la esposa de algún presentador de televisión abierta se presentara como candidata y este utilizara su espacio para promoverla. El medio no es lo trascendente en este caso: lo que antes era la televisión abierta hoy son las redes sociales: verdaderas plataformas donde treinta segundos de videos bien producidos pueden llegar a millones de personas.

La decisión del INE será revisada por el tribunal electoral. Quienes crean que se trata de la libertad de Mariana Rodríguez o del cándido esposo Samuel García, están en un error. Se trata de conglomerados digitales y de telecomunicaciones tratando de saltar los límites que impone el sistema electoral mexicano y de políticos aprovechando ese supuesto vacío en la regulación de las redes -aunque es algo que se puede discutir. No se trata de dos esposos contra los malvados consejeros electorales, sino de una maquinaria que ideó una campaña donde, a partir de la “falta de gobernabilidad” de las redes sociales, se buscó que la esposa fuera el eje de la campaña de Samuel García. El candidato era lo de menos: lo importante era la esposa “influencer”, que en un video lograba que millones de neoleoneses escucharan los vítores y loas a favor del marido, impresentable y machista.

La mala noticia para todos es que el tribunal electoral es quien tendrá la última palabra. Con toda probabilidad se impondrá -como casi siempre- la lógica política. En un tema tan delicado, la última palabra la tendrá el tribunal más desacreditado.

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