/ jueves 9 de diciembre de 2021

Migrantes y la protección a sus derechos humanos

“Los refugiados son personas como las demás, como tú y como yo. Antes de ser desplazados llevaban una vida normal, y su mayor sueño es recuperarla” - Ban Ki-moon, ex Secretario General de la ONU.

La pobreza extrema, el desempleo, la inestabilidad política, la nula posibilidad de desarrollo económico, y la violencia e inseguridad, son las razones más comunes para que una persona tome la decisión de migrar a otro país como alternativa para mejorar su calidad de vida y la de su familia.

Históricamente, México por su ubicación es concebido como un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes; de acuerdo con el World Migration Report, en 2019, fue el primer país de migrantes de América Latina y el Caribe.

Diariamente, en su paso por nuestro país, miles de migrantes sudamericanos que anhelan el “sueño americano”, se enfrentan a un sistema que viola sus derechos fundamentales, como la libertad, dignidad, igualdad y el acceso a la justicia, dejándolos en estado de completa indefensión.

En México, desde 1947, la Ley General de Población reconoce la facultad de la Secretaría de Gobernación, para implementar las Estaciones Migratorias, conocidas como espacios para alojar de manera temporal a las personas que no acreditan su legal situación migratoria en México.

El gran problema de las estaciones migratorias, además de encontrarse superadas en capacidad, las deplorables características estructurales y de operación, es que constituyen un verdadero modelo carcelario, en el que no sólo se mantiene a las personas en celdas con barrotes, sometidas a rutinas características de centros de reinserción social, donde lamentablemente son trastocados sus derechos humanos al estar privados ilegalmente de su libertad.

Nuestro marco jurídico es muy claro: el respeto irrestricto a los derechos humanos de la población migrante sustenta la regulación migratoria, la Constitución reconoce estos derechos para todas las personas que se encuentren en territorio nacional, ejercicio que no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos que esta misma establece, esto indiscutiblemente incluye a la población migrante, con independencia de su condición jurídica.

La crítica central es que en la práctica, la irregularidad migratoria se ve como un delito, que amerita figuras como la detención migratoria con fines de castigo y de restricción total de la libertad, aun cuando no se lesiona ningún bien jurídico fundamental protegido por el poder punitivo del Estado.

Tal como lo prevé la Normativa Internacional, la detención debe ser únicamente de naturaleza administrativa y con fines auxiliares en los procedimientos que determinan la deportación de las personas irregulares, previo sometimiento a un control de detención por las autoridades competentes.

En el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos, reitero mi compromiso desde el Senado Mexicano para establecer las pautas que permitan ofrecer soluciones duraderas en términos de integración social, económica y política, es un hecho que la inclusión de la población migrante en nuestra sociedad tiene el potencial de generar un importante impulso económico para el país.

Estoy cierta que México debe responder a los desafíos del nuevo sistema migratorio, basado en un marco normativo e institucional adecuado a los Tratados internacionales y con reformas presupuestarias, donde se garantice el respeto de los Derechos Humanos, en especial de las mujeres y de los grupos históricamente discriminados.


“Los refugiados son personas como las demás, como tú y como yo. Antes de ser desplazados llevaban una vida normal, y su mayor sueño es recuperarla” - Ban Ki-moon, ex Secretario General de la ONU.

La pobreza extrema, el desempleo, la inestabilidad política, la nula posibilidad de desarrollo económico, y la violencia e inseguridad, son las razones más comunes para que una persona tome la decisión de migrar a otro país como alternativa para mejorar su calidad de vida y la de su familia.

Históricamente, México por su ubicación es concebido como un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes; de acuerdo con el World Migration Report, en 2019, fue el primer país de migrantes de América Latina y el Caribe.

Diariamente, en su paso por nuestro país, miles de migrantes sudamericanos que anhelan el “sueño americano”, se enfrentan a un sistema que viola sus derechos fundamentales, como la libertad, dignidad, igualdad y el acceso a la justicia, dejándolos en estado de completa indefensión.

En México, desde 1947, la Ley General de Población reconoce la facultad de la Secretaría de Gobernación, para implementar las Estaciones Migratorias, conocidas como espacios para alojar de manera temporal a las personas que no acreditan su legal situación migratoria en México.

El gran problema de las estaciones migratorias, además de encontrarse superadas en capacidad, las deplorables características estructurales y de operación, es que constituyen un verdadero modelo carcelario, en el que no sólo se mantiene a las personas en celdas con barrotes, sometidas a rutinas características de centros de reinserción social, donde lamentablemente son trastocados sus derechos humanos al estar privados ilegalmente de su libertad.

Nuestro marco jurídico es muy claro: el respeto irrestricto a los derechos humanos de la población migrante sustenta la regulación migratoria, la Constitución reconoce estos derechos para todas las personas que se encuentren en territorio nacional, ejercicio que no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos que esta misma establece, esto indiscutiblemente incluye a la población migrante, con independencia de su condición jurídica.

La crítica central es que en la práctica, la irregularidad migratoria se ve como un delito, que amerita figuras como la detención migratoria con fines de castigo y de restricción total de la libertad, aun cuando no se lesiona ningún bien jurídico fundamental protegido por el poder punitivo del Estado.

Tal como lo prevé la Normativa Internacional, la detención debe ser únicamente de naturaleza administrativa y con fines auxiliares en los procedimientos que determinan la deportación de las personas irregulares, previo sometimiento a un control de detención por las autoridades competentes.

En el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos, reitero mi compromiso desde el Senado Mexicano para establecer las pautas que permitan ofrecer soluciones duraderas en términos de integración social, económica y política, es un hecho que la inclusión de la población migrante en nuestra sociedad tiene el potencial de generar un importante impulso económico para el país.

Estoy cierta que México debe responder a los desafíos del nuevo sistema migratorio, basado en un marco normativo e institucional adecuado a los Tratados internacionales y con reformas presupuestarias, donde se garantice el respeto de los Derechos Humanos, en especial de las mujeres y de los grupos históricamente discriminados.


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