/ martes 14 de marzo de 2023

¿Policías detienen a sospechosos por mero prejuicio?

El Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es muy clara, pero parece que ciertos servidores públicos se olvidan, por conveniencia o por ignorancia de llevarlo a la práctica.

A la letra dice que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

Y esto deberían de saberlo los elementos de la policía, en este caso de la Policía Municipal de Puebla capital, que bajo el supuesto de un nuevo operativo preventivo asumen la facultad de detener a sospechosos y revisar sus pertenencias sin que medie un delito en flagrancia o denuncia de la presunta víctima.

La práctica de revisiones espontáneas, a partir del mero criterio, prejuicio, suposición o ganas de molestar a personas no es nada nuevo, es parte del estigma y mala percepción que gozan uniformados ante ciudadanos desde hace mucho tiempo, pero las continuas capacitaciones deberían de cambiar la conducta de los policías.

Porque pareciera que determinada forma de vestir, ciertas facciones o transitar de noche por las calles del centro histórico son razón suficiente para que una persona sea objeto de una detención, así sea por unos minutos, y además con todo y la revisión de las pertenencias.

Y para muestra, un botón. El pasado jueves, por ahí de las 22:00 horas, un joven de unos 25 años, delgado, tez morena, cabello corto, playera blanca y mochila oscura fue interceptado por dos policías que viajaba en la patrulla PB 073 A3 del Vector de Proximidad del Centro Histórico 16.

Su delito, si se puede llamar así fue caminar sobre la 11 Oriente entre 2 Sur y 16 de septiembre, le decía, por ahí de las 10 de la noche y en una zona, que, a decir de los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, tiene “denuncias ciudadanas” sobre incidencia delictiva.

Aunque nadie lo identificó en la comisión de un delito, fue sometido y sus pertenencias revisadas.

Una colaboradora de El Sol de Puebla, que atestiguó el procedimiento increpó sobre la arbitraria escena a lo que el sargento Becerra, arguyó que se trataba de un nuevo programa preventivo impulsado por la SSC para cuidar de la ciudadanía para decomisar la portación de armas blancas.

Más aún, que ya no era necesaria la denuncia directa de la víctima para que actuaran.

“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

Los elementos, nuevos en el sector, parecen no tener claro esto y valdría la pena saber si, en efecto, la indicación proviene de su jefa María del Consuelo Cruz Galindo o se trata de acciones azarosas que parten del criterio personal y no de lo que marca la ley.


El Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es muy clara, pero parece que ciertos servidores públicos se olvidan, por conveniencia o por ignorancia de llevarlo a la práctica.

A la letra dice que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

Y esto deberían de saberlo los elementos de la policía, en este caso de la Policía Municipal de Puebla capital, que bajo el supuesto de un nuevo operativo preventivo asumen la facultad de detener a sospechosos y revisar sus pertenencias sin que medie un delito en flagrancia o denuncia de la presunta víctima.

La práctica de revisiones espontáneas, a partir del mero criterio, prejuicio, suposición o ganas de molestar a personas no es nada nuevo, es parte del estigma y mala percepción que gozan uniformados ante ciudadanos desde hace mucho tiempo, pero las continuas capacitaciones deberían de cambiar la conducta de los policías.

Porque pareciera que determinada forma de vestir, ciertas facciones o transitar de noche por las calles del centro histórico son razón suficiente para que una persona sea objeto de una detención, así sea por unos minutos, y además con todo y la revisión de las pertenencias.

Y para muestra, un botón. El pasado jueves, por ahí de las 22:00 horas, un joven de unos 25 años, delgado, tez morena, cabello corto, playera blanca y mochila oscura fue interceptado por dos policías que viajaba en la patrulla PB 073 A3 del Vector de Proximidad del Centro Histórico 16.

Su delito, si se puede llamar así fue caminar sobre la 11 Oriente entre 2 Sur y 16 de septiembre, le decía, por ahí de las 10 de la noche y en una zona, que, a decir de los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, tiene “denuncias ciudadanas” sobre incidencia delictiva.

Aunque nadie lo identificó en la comisión de un delito, fue sometido y sus pertenencias revisadas.

Una colaboradora de El Sol de Puebla, que atestiguó el procedimiento increpó sobre la arbitraria escena a lo que el sargento Becerra, arguyó que se trataba de un nuevo programa preventivo impulsado por la SSC para cuidar de la ciudadanía para decomisar la portación de armas blancas.

Más aún, que ya no era necesaria la denuncia directa de la víctima para que actuaran.

“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.

Los elementos, nuevos en el sector, parecen no tener claro esto y valdría la pena saber si, en efecto, la indicación proviene de su jefa María del Consuelo Cruz Galindo o se trata de acciones azarosas que parten del criterio personal y no de lo que marca la ley.