/ domingo 31 de enero de 2021

Teletrabajo

Uno de los cambios de paradigma que se generó como consecuencia de la pandemia derivada por el COVID-19, es el relacionado con el trabajo en casa o como se ha denominado en la ley en la materia, el Teletrabajo.

El 12 de enero de 2021 entraron en vigor las reformas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo o home office, así como las obligaciones que tanto empleadores, como las y los trabajadores deben cumplir.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Teletrabajo es la manera de realizar el trabajo a distancia utilizando las ventajas de las tecnologías de la información y la comunicación. De manera habitual, dicha modalidad puede realizarse en el domicilio del trabajador, pero también puede alternarse entre la casa y la oficina.

Asimismo, la dependencia oficial destaca que, entre las nuevas obligaciones para las empresas, se encuentran:

1. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el Teletrabajo. Por ejemplo: el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.

2. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.

3. Asumir los costos derivados del trabajo a través de esta modalidad, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

4. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.

5. Respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de la jornada laboral e inscribirlas al régimen obligatorio de la seguridad social.

6. Promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social.

7. Se deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

En lo que corresponde a las responsabilidades de las y los trabajadores, destacan las siguientes:

1. Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón.

2. Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del Teletrabajo.

3. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

4. Generar los resultados acordados con la o el empleador.

Sin duda, estamos ante un cambio sustantivo de paradigma en materia laboral, que presenta retos y oportunidades para quienes emplean al personal y para las y los trabajadores.

Un elemento fundamental en esta nueva realidad del Teletrabajo, es el desarrollo del liderazgo efectivo, acompañado de herramientas y técnicas, que permitan seguir siendo productivos y lograr los resultados esperados.

Y tú, ¿cómo te has adaptado con el Teletrabajo? Te invito a dejar tu mensaje en mi página de Facebook David Villanueva Lomelí. Con los Hashtags #Puebla y #VívelaBien.

Como señaló Aristóteles: “Somos lo que hacemos cada día. De manera que la excelencia no es un acto, es un hábito.”

Facebook: David Villanueva Lomelí

www.davidvillanueva.mx

Uno de los cambios de paradigma que se generó como consecuencia de la pandemia derivada por el COVID-19, es el relacionado con el trabajo en casa o como se ha denominado en la ley en la materia, el Teletrabajo.

El 12 de enero de 2021 entraron en vigor las reformas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo o home office, así como las obligaciones que tanto empleadores, como las y los trabajadores deben cumplir.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Teletrabajo es la manera de realizar el trabajo a distancia utilizando las ventajas de las tecnologías de la información y la comunicación. De manera habitual, dicha modalidad puede realizarse en el domicilio del trabajador, pero también puede alternarse entre la casa y la oficina.

Asimismo, la dependencia oficial destaca que, entre las nuevas obligaciones para las empresas, se encuentran:

1. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el Teletrabajo. Por ejemplo: el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.

2. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.

3. Asumir los costos derivados del trabajo a través de esta modalidad, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

4. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.

5. Respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de la jornada laboral e inscribirlas al régimen obligatorio de la seguridad social.

6. Promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social.

7. Se deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

En lo que corresponde a las responsabilidades de las y los trabajadores, destacan las siguientes:

1. Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón.

2. Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del Teletrabajo.

3. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

4. Generar los resultados acordados con la o el empleador.

Sin duda, estamos ante un cambio sustantivo de paradigma en materia laboral, que presenta retos y oportunidades para quienes emplean al personal y para las y los trabajadores.

Un elemento fundamental en esta nueva realidad del Teletrabajo, es el desarrollo del liderazgo efectivo, acompañado de herramientas y técnicas, que permitan seguir siendo productivos y lograr los resultados esperados.

Y tú, ¿cómo te has adaptado con el Teletrabajo? Te invito a dejar tu mensaje en mi página de Facebook David Villanueva Lomelí. Con los Hashtags #Puebla y #VívelaBien.

Como señaló Aristóteles: “Somos lo que hacemos cada día. De manera que la excelencia no es un acto, es un hábito.”

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