/ domingo 29 de octubre de 2023

Tu derecho es mi derecho | La Justicia Transicional: obliga a los países a rendir cuentas sobre las atrocidades en las que han participado

Hace unos días en el diario “El País”, llamó mi atención un artículo publicado por Fernando Molina, titulado: La Fiscalía boliviana pide 30 años de prisión para la expresidenta Jeanine Áñez por las masacres de 2019”. Las masacres a las que se hace referencia en el título del artículo, tuvieron lugar en Cochabamba y La Paz, debido a las manifestaciones de la población en contra del gobierno interino que encabezó Jeanine Áñez en 2019.

Este tipo de hechos que ocurren en América, Europa, África, Asia y en general en todo el mundo, para ser superados, requieren de procesos que puedan restaurar el tejido social y construir una paz sostenible, en la que la Justicia Transicional juega un papel trascendental.

Para las Naciones Unidas, la justicia transicional comprende "toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación" (S/2004/616). Su objetivo es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones.

Es conveniente decir que, el propósito central de la Justicia Transicional es obligar a los países a rendir cuentas sobre las atrocidades en las que han participado agentes del gobierno y a la reparación de las víctimas, por citar algunos ejemplos, en el caso de nuestro país como: Pasta de Conchos, San Mateo Atenco, Ayotzinapa, Acteal, entre otros. Y, para lograr dicho objeto, de acuerdo con Mtro. Federico Sersale di Cerisano; la Justicia Transicional ha ido evolucionando y su desarrollo se ha dividido en tres fases: la primera es conocida como la fase retributiva, en esta etapa se crearon tribunales internacionales para conocer de crímenes como el de Núremberg y Tokio; la segunda fase es la restaurativa, en esta etapa se plantearon preguntas tales: ¿cómo curar a una sociedad entera de las atrocidades del pasado? y ¿cómo incorporar en la sociedad valores como el Estado de Derecho, la paz y la reconciliación? En esta etapa se creó la Corte Penal Internacional; la ONU promovió la creación de las Comisiones de la Verdad, entre otras; la tercera fase se conoce como global, esta etapa se relaciona con la expansión de la Justicia Transicional y conceptos como la búsqueda de la verdad, la reconciliación y la responsabilidad jurídica y moral, que son elementos esenciales en este abordaje.

Es así que, cuando un gobierno está enfrentando un legado de atrocidades, tiene las siguientes obligaciones de acuerdo al Dr. Juan Méndez:

  1. De investigar, juzgar y sancionar a los perpetradores.

  2. De revelar a las víctimas, sus familiares y a la sociedad entera, todo lo que pueda ser confiablemente esclarecido sobre los hechos.

  3. De ofrecer a las víctimas las reparaciones debidas.

Es importante señalar que, un ejercicio de Justicia Transicional requiere una investigación mucho más amplia que una sanción penal en contra de un individuo; requiere de otros elementos como los que ofrecen las Comisiones de la Verdad, que permita contar con un análisis de las causas y consecuencias de los conflictos. Las Comisiones de la Verdad construyen la historia del conflicto; identificando las causas, lo que puede coadyuvar para evitar problemas futuros.

Las Comisiones de la Verdad debido a su perspectiva más amplia tienen mayor flexibilidad para tratar temas que los tribunales no pueden abordar con tanta facilidad, como la justicia de género o el desarrollo; además, pueden formular recomendaciones de reforma institucional, como que se cree una Comisión de Derechos Humanos o un programa de reparaciones, entre otros.

Como el Dr. Méndez ha sostenido: de lo que se trata es que los países cumplan con la obligación de investigar, procesar y sancionar, asegurando que en un tiempo razonable se haga efectivo el derecho de la víctima o sus familiares a saber la verdad de lo sucedido y se sancione a los eventuales responsables.

  • Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.

  • Comentarios: jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ Facebook: Jorge Pinto

Hace unos días en el diario “El País”, llamó mi atención un artículo publicado por Fernando Molina, titulado: La Fiscalía boliviana pide 30 años de prisión para la expresidenta Jeanine Áñez por las masacres de 2019”. Las masacres a las que se hace referencia en el título del artículo, tuvieron lugar en Cochabamba y La Paz, debido a las manifestaciones de la población en contra del gobierno interino que encabezó Jeanine Áñez en 2019.

Este tipo de hechos que ocurren en América, Europa, África, Asia y en general en todo el mundo, para ser superados, requieren de procesos que puedan restaurar el tejido social y construir una paz sostenible, en la que la Justicia Transicional juega un papel trascendental.

Para las Naciones Unidas, la justicia transicional comprende "toda la gama de procesos y mecanismos relacionados con el intento de una sociedad de asumir el legado de violaciones y abusos pasados a gran escala para garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia y lograr la reconciliación" (S/2004/616). Su objetivo es reconocer a las víctimas de abusos pasados como titulares de derechos, aumentar la confianza entre los individuos en la sociedad y la confianza de los individuos en las instituciones del Estado, y reforzar el respeto de los derechos humanos y promover el Estado de Derecho (A/HRC/21/46). La justicia transicional busca así contribuir a la reconciliación y a la prevención de nuevas violaciones.

Es conveniente decir que, el propósito central de la Justicia Transicional es obligar a los países a rendir cuentas sobre las atrocidades en las que han participado agentes del gobierno y a la reparación de las víctimas, por citar algunos ejemplos, en el caso de nuestro país como: Pasta de Conchos, San Mateo Atenco, Ayotzinapa, Acteal, entre otros. Y, para lograr dicho objeto, de acuerdo con Mtro. Federico Sersale di Cerisano; la Justicia Transicional ha ido evolucionando y su desarrollo se ha dividido en tres fases: la primera es conocida como la fase retributiva, en esta etapa se crearon tribunales internacionales para conocer de crímenes como el de Núremberg y Tokio; la segunda fase es la restaurativa, en esta etapa se plantearon preguntas tales: ¿cómo curar a una sociedad entera de las atrocidades del pasado? y ¿cómo incorporar en la sociedad valores como el Estado de Derecho, la paz y la reconciliación? En esta etapa se creó la Corte Penal Internacional; la ONU promovió la creación de las Comisiones de la Verdad, entre otras; la tercera fase se conoce como global, esta etapa se relaciona con la expansión de la Justicia Transicional y conceptos como la búsqueda de la verdad, la reconciliación y la responsabilidad jurídica y moral, que son elementos esenciales en este abordaje.

Es así que, cuando un gobierno está enfrentando un legado de atrocidades, tiene las siguientes obligaciones de acuerdo al Dr. Juan Méndez:

  1. De investigar, juzgar y sancionar a los perpetradores.

  2. De revelar a las víctimas, sus familiares y a la sociedad entera, todo lo que pueda ser confiablemente esclarecido sobre los hechos.

  3. De ofrecer a las víctimas las reparaciones debidas.

Es importante señalar que, un ejercicio de Justicia Transicional requiere una investigación mucho más amplia que una sanción penal en contra de un individuo; requiere de otros elementos como los que ofrecen las Comisiones de la Verdad, que permita contar con un análisis de las causas y consecuencias de los conflictos. Las Comisiones de la Verdad construyen la historia del conflicto; identificando las causas, lo que puede coadyuvar para evitar problemas futuros.

Las Comisiones de la Verdad debido a su perspectiva más amplia tienen mayor flexibilidad para tratar temas que los tribunales no pueden abordar con tanta facilidad, como la justicia de género o el desarrollo; además, pueden formular recomendaciones de reforma institucional, como que se cree una Comisión de Derechos Humanos o un programa de reparaciones, entre otros.

Como el Dr. Méndez ha sostenido: de lo que se trata es que los países cumplan con la obligación de investigar, procesar y sancionar, asegurando que en un tiempo razonable se haga efectivo el derecho de la víctima o sus familiares a saber la verdad de lo sucedido y se sancione a los eventuales responsables.

  • Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.

  • Comentarios: jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ Facebook: Jorge Pinto

ÚLTIMASCOLUMNAS