/ domingo 8 de mayo de 2022

Violencia vicaria y lo que viene

A propósito del 30 de abril pasado, en México viven 31.8 millones de niñas y niños de 0 a 14 años (el 25.3% de la población total) según el Censo de Población y Vivienda 2020. Lo dramático está en que los niños en nuestro país sufren maltrato de muchos tipos, no sólo el que está tipificado en Código Civil Federal (art. 233 bis. y ter.) y lo descrito en el art. 47 de la a Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Existe otra forma llamada violencia vicaria.


La Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2019 estima que en México 3.3 millones de niños y niñas de 5 a 17 años se encuentran en condiciones de trabajo infantil; esto representa una tasa de 11.5 por ciento. La ENTI 2019 destaca que 2.2 millones de niños y niñas de 5 a 17 años se encuentran ocupados en alguna actividad económica, cifra equivalente al 7.5% de la población de 5 a 17 años. De la población de 5 a 17 años, 73.0% (20.8 millones) participan en quehaceres domésticos y 5.3% (1.5 millones) realiza quehaceres domésticos en condiciones inadecuadas. Estos son los datos que visibilizan un maltrato físico de los menores. Sin embargo hay otra violencia, silenciosa, que casi no se aprecia a simple vista a menos que haya escalado a niveles de no retorno.


El pasado 6 de abril, el Congreso del Estado de México aprobó reconocer en la entidad la violencia vicaria, que ya Zacatecas había tipificado el 31 de marzo anterior como “cualquier acto u omisión, por parte de la pareja o expareja sentimental de una mujer que inflija a personas con las que esta tenga lazos de parentesco civil, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, un daño, menoscabo o sufrimiento de cualquier naturaleza con el propósito de causar perjuicio o daño psicológico, patrimonial, físico o de cualquier otra índole a la mujer”. Esta iniciativa tiene el propósito de incluirse en su Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y después a sus códigos locales civil-familiar y penal.


Violencia vicaria tomó el nombre del Pacto de Estado contra la Violencia de Género en España (2017), que la ubica como violencia de género porque va dirigida abierta y claramente contra la mujer, aunque a través de los hijos o las mascotas incluso, porque el único propósito es destruirla, causarle un daño infinito y un dolor extremo. Por eso su tipificación bien vale la pena una consideración especial.


Así que la violencia infantil bien pudiera tipificarse no sólo porque se infringe un daño físico o moral al menor (hijos) o familiares, sino indirectamente a la mujer, la progenitora. Esta violencia pone de manifiesto el imaginario del “buen padre” o la “buena madre” y clarifica entonces que un maltratador no puede ser un buen padre por lo pronto. Extorsiones y amenazas a la mujer de quitarle a los hijos, hablar mal de la mamá ante los hijos, son indicios de esta violencia vicaria.


Hay en puerta un cambio sustantivo en la forma de tratar la violencia de género con la violencia vicaria. Los congresos locales tendrán que discutir y finalmente decidir armonizar la legislación que trata la prevención y castigo de la violencia. Es claro que nuestra sociedad vive tiempos aciagos, por los niveles de criminalidad en las calles, pero también es cierto que se gesta en casa, no hay más. Además, la pandemia puso de manifiesto que la forma como se condujo la convivencia familiar habrá que revisar en los índices de divorcios, separaciones o, incluso, infanticidios; sin duda un episodio de nuestra época que necesita de mujeres enteras y fuertes para empujar a los hijos hombro con hombre de su pareja o, si lo deciden, solas pero libres de violencia. Igual, feliz 10 de mayo.


*Politóloga, profesora-investigadora. Miembro Fundadora de la AMECIP y secretaria de Membresías (2022-2024) Mail: margarita_arguelles@hotmail.com

A propósito del 30 de abril pasado, en México viven 31.8 millones de niñas y niños de 0 a 14 años (el 25.3% de la población total) según el Censo de Población y Vivienda 2020. Lo dramático está en que los niños en nuestro país sufren maltrato de muchos tipos, no sólo el que está tipificado en Código Civil Federal (art. 233 bis. y ter.) y lo descrito en el art. 47 de la a Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Existe otra forma llamada violencia vicaria.


La Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2019 estima que en México 3.3 millones de niños y niñas de 5 a 17 años se encuentran en condiciones de trabajo infantil; esto representa una tasa de 11.5 por ciento. La ENTI 2019 destaca que 2.2 millones de niños y niñas de 5 a 17 años se encuentran ocupados en alguna actividad económica, cifra equivalente al 7.5% de la población de 5 a 17 años. De la población de 5 a 17 años, 73.0% (20.8 millones) participan en quehaceres domésticos y 5.3% (1.5 millones) realiza quehaceres domésticos en condiciones inadecuadas. Estos son los datos que visibilizan un maltrato físico de los menores. Sin embargo hay otra violencia, silenciosa, que casi no se aprecia a simple vista a menos que haya escalado a niveles de no retorno.


El pasado 6 de abril, el Congreso del Estado de México aprobó reconocer en la entidad la violencia vicaria, que ya Zacatecas había tipificado el 31 de marzo anterior como “cualquier acto u omisión, por parte de la pareja o expareja sentimental de una mujer que inflija a personas con las que esta tenga lazos de parentesco civil, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, un daño, menoscabo o sufrimiento de cualquier naturaleza con el propósito de causar perjuicio o daño psicológico, patrimonial, físico o de cualquier otra índole a la mujer”. Esta iniciativa tiene el propósito de incluirse en su Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y después a sus códigos locales civil-familiar y penal.


Violencia vicaria tomó el nombre del Pacto de Estado contra la Violencia de Género en España (2017), que la ubica como violencia de género porque va dirigida abierta y claramente contra la mujer, aunque a través de los hijos o las mascotas incluso, porque el único propósito es destruirla, causarle un daño infinito y un dolor extremo. Por eso su tipificación bien vale la pena una consideración especial.


Así que la violencia infantil bien pudiera tipificarse no sólo porque se infringe un daño físico o moral al menor (hijos) o familiares, sino indirectamente a la mujer, la progenitora. Esta violencia pone de manifiesto el imaginario del “buen padre” o la “buena madre” y clarifica entonces que un maltratador no puede ser un buen padre por lo pronto. Extorsiones y amenazas a la mujer de quitarle a los hijos, hablar mal de la mamá ante los hijos, son indicios de esta violencia vicaria.


Hay en puerta un cambio sustantivo en la forma de tratar la violencia de género con la violencia vicaria. Los congresos locales tendrán que discutir y finalmente decidir armonizar la legislación que trata la prevención y castigo de la violencia. Es claro que nuestra sociedad vive tiempos aciagos, por los niveles de criminalidad en las calles, pero también es cierto que se gesta en casa, no hay más. Además, la pandemia puso de manifiesto que la forma como se condujo la convivencia familiar habrá que revisar en los índices de divorcios, separaciones o, incluso, infanticidios; sin duda un episodio de nuestra época que necesita de mujeres enteras y fuertes para empujar a los hijos hombro con hombre de su pareja o, si lo deciden, solas pero libres de violencia. Igual, feliz 10 de mayo.


*Politóloga, profesora-investigadora. Miembro Fundadora de la AMECIP y secretaria de Membresías (2022-2024) Mail: margarita_arguelles@hotmail.com