/ viernes 21 de enero de 2022

Paso a paso: cómo dar de alta a trabajadoras del hogar ante el IMSS

Este proceso se debe realizar mes con mes a fin de que las beneficiadas puedan recibir los beneficios sin contratiempos

Desde hace unos años las autoridades comenzaron con una serie de modificaciones en la ley a fin de regularizar el comportamiento de los patrones para/con las empleadas domésticas, desde la busque de contratos más justos de trabajo, hasta prestaciones de ley como el trabajo en cualquier empresa establecida, dentro de las cuales se encuentra el que quienes desempeñan esta labor cuenten con servicio de seguro social.

Si aún no has dado de alta a quien te apoya con las labores del hogar o estás pensando en contratar a alguien para que desempeñe estas tareas, aquí te explicamos cómo puedes dar de alta a esa persona para que reciba atención por parte del IMSS en caso de que lo requiera.

Lo primero es ingresar al sitio Imss.gob.mx y una vez dentro se debe seleccionar la opción “personas trabajadoras del hogar” para lo cual, es necesario contar con tu Clave Única de Registro de Población (CURP), un correo electrónico personal, teléfono celular y el domicilio, así como la CURP, el Número de Seguridad Social (NSS), el domicilio, el salario base de cotización diario integrado y días trabajados, de la personas trabajadora del hogar a registrar.

Una vez dentro los primeros datos a ingresar son la CURP y correo electrónico del empleador, luego de lo que de lo cual deberás verificar que los datos sean correctos, para posteriormente ingresar tu Registro Federal de Contribuyente (RFC) si es que cuentas con uno, además del teléfono y el domicilio donde la persona contratada presta el servicio, apartado en el que deberás elegir la subdelegación del IMSS a la que corresponde tu domicilio.

En el siguiente apartado deberás ingresar el NSS y la CURP de la persona a contratar luego de lo que deberás confirmar sus datos, además de incluir su domicilio; en este punto del proceso también deberás agregar el monto diario que gana la o el empleado y los días que labora durante el mes, este proceso se debe repetir si cuentas con más de una persona trabajadora del hogar.

Una vez que cuentes con el registro completo de las personas, confirma la la información y el sistema arrojará el monto a pagar para que dicha o dichas personas reciban los servicios del IMSS.

Cabe señalar que el sistema arrojará dos documentos, el formato de incorporación que deberás entregar a la persona trabajadora del hogar y otro que será mediante el cual podrás realizar el pago directamente en una sucursal bancaria o en línea para que el instituto pueda brindar este servicio.

En cuanto al pago de este servicio que ofrece el IMSS el límite es el día 20 de cada mes, mientras que el aseguramiento de la persona se realizará a partir del primer día de cada mes posterior al pago y durante los días que dure la relación laboral.

Finalmente cabe destacar que este proceso se debe realizar mes con mes, además de que en caso de duda el IMSS cuenta con la línea 800 623 2323 y el sitio web IMSS.com.mx/contacto o directamente en la subdelegación del instituto de cada entidad.

Desde hace unos años las autoridades comenzaron con una serie de modificaciones en la ley a fin de regularizar el comportamiento de los patrones para/con las empleadas domésticas, desde la busque de contratos más justos de trabajo, hasta prestaciones de ley como el trabajo en cualquier empresa establecida, dentro de las cuales se encuentra el que quienes desempeñan esta labor cuenten con servicio de seguro social.

Si aún no has dado de alta a quien te apoya con las labores del hogar o estás pensando en contratar a alguien para que desempeñe estas tareas, aquí te explicamos cómo puedes dar de alta a esa persona para que reciba atención por parte del IMSS en caso de que lo requiera.

Lo primero es ingresar al sitio Imss.gob.mx y una vez dentro se debe seleccionar la opción “personas trabajadoras del hogar” para lo cual, es necesario contar con tu Clave Única de Registro de Población (CURP), un correo electrónico personal, teléfono celular y el domicilio, así como la CURP, el Número de Seguridad Social (NSS), el domicilio, el salario base de cotización diario integrado y días trabajados, de la personas trabajadora del hogar a registrar.

Una vez dentro los primeros datos a ingresar son la CURP y correo electrónico del empleador, luego de lo que de lo cual deberás verificar que los datos sean correctos, para posteriormente ingresar tu Registro Federal de Contribuyente (RFC) si es que cuentas con uno, además del teléfono y el domicilio donde la persona contratada presta el servicio, apartado en el que deberás elegir la subdelegación del IMSS a la que corresponde tu domicilio.

En el siguiente apartado deberás ingresar el NSS y la CURP de la persona a contratar luego de lo que deberás confirmar sus datos, además de incluir su domicilio; en este punto del proceso también deberás agregar el monto diario que gana la o el empleado y los días que labora durante el mes, este proceso se debe repetir si cuentas con más de una persona trabajadora del hogar.

Una vez que cuentes con el registro completo de las personas, confirma la la información y el sistema arrojará el monto a pagar para que dicha o dichas personas reciban los servicios del IMSS.

Cabe señalar que el sistema arrojará dos documentos, el formato de incorporación que deberás entregar a la persona trabajadora del hogar y otro que será mediante el cual podrás realizar el pago directamente en una sucursal bancaria o en línea para que el instituto pueda brindar este servicio.

En cuanto al pago de este servicio que ofrece el IMSS el límite es el día 20 de cada mes, mientras que el aseguramiento de la persona se realizará a partir del primer día de cada mes posterior al pago y durante los días que dure la relación laboral.

Finalmente cabe destacar que este proceso se debe realizar mes con mes, además de que en caso de duda el IMSS cuenta con la línea 800 623 2323 y el sitio web IMSS.com.mx/contacto o directamente en la subdelegación del instituto de cada entidad.

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