/ miércoles 15 de junio de 2022

¿Cómo realizar el cambio de domicilio fiscal ante el SAT?

En caso de no cumplir con este trámite, tanto las personas físicas como las morales pueden hacerse acreedoras a multas

Recientemente cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó a solicitar la Constancia de Situación Fiscal, el organismo indicó que la finalidad de este procedimiento era actualizar los datos de sus contribuyentes, por lo que si necesitas realizar el cambio de tu domicilio fiscal, aquí te decimos cuales son los pasos a seguir.

De acuerdo con el SAT, el domicilio fiscal es la dirección que tienen registrada las personas físicas y morales, desde el momento en el que se haya obtenido el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en tanto no se haya realizado algún cambio al respecto.

Cabe puntualizar que en caso de que exista un error en el domicilio fiscal, de acuerdo con el artículo 79 del Código Fiscal de la Federación el contribuyente se podría hacer acreedor a una sanción por violar el artículo 10 de la misma norma, cuyos montos podrían ir desde los más de tres mil pesos, hasta incluso superar los once mil.

¿CÓMO PUEDEN ACTUALIZAR SU DOMICILIO FISCAL LAS PERSONAS FÍSICAS?

Lo primero que hay que tomar en cuenta es que esta modificación se debe realizar dentro del periodo de los 10 días posteriores que se haya efectuado el cambio de domicilio o en el caso de nuevos registros ante el SAT, el aviso se tendrá que hacer cinco días antes del cambio y se puede realizar tanto de forma presencial como en línea.

Para quienes opten por la opción en línea deberá ingresar al sitio sat.gob.mx y una vez dentro dirigirse a la sección “Trámites del RFC”, en el apartado “Actualización en el RFC” y finamente en la opción “Realiza tu cambio de domicilio en el RFC”, para que una vez que te encuentres dentro puedas oprimir “Iniciar”, siempre que el cambio no implique un cambio de ubicación.

El paso a seguir es introducir el RFC, la contraseña y la e.firma, así como el código captcha que arroje el sistema, luego de lo que aparecerá el formulario para registrar la información a actualizar del domicilio y una vez que lo hayas completado confirma que los datos capturados sean correctos, para proceder a generar el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal”.

Para poder confirmar este formato, el contribuyente deberá introducir nuevamente su e.firma, además de que se recomienda imprimir el acuse de actualización; en lo que respecta al trámite presencial, el contribuyente deberá entregar un comprobante original del nuevo domicilio, una identificación oficial vigente y en original.

En el caso de que el contribuyente sea menor de edad, los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela deberán proporcionar el acta de nacimiento del menor, la manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, así como una identificación oficial vigente.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACTUALIZAR EL DOMICILIO FISCAL DE LAS PERSONAS MORALES?

Mientras que el trámite para realizar la actualización de esta información es el mismo tanto para personas físicas como para personas morales, teniendo ambos la posibilidad de realizar el trámite tanto en línea como de manera presencial, variando solamente los documentos a entregar.

El encargado para realizar este trámite deberá ser el apoderado legal, para lo que deberá presentar un comprobante del nuevo domicilio fiscal en original, una identificación oficial vigente en original, un poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal en copia certificada, mismo documento que puede ser sustituido por una carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales.

Finalmente, este tipo de contribuyentes también deberá presentar un documento notarial con el que haya sido designado el representante legal en copia certificada.

Recientemente cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó a solicitar la Constancia de Situación Fiscal, el organismo indicó que la finalidad de este procedimiento era actualizar los datos de sus contribuyentes, por lo que si necesitas realizar el cambio de tu domicilio fiscal, aquí te decimos cuales son los pasos a seguir.

De acuerdo con el SAT, el domicilio fiscal es la dirección que tienen registrada las personas físicas y morales, desde el momento en el que se haya obtenido el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en tanto no se haya realizado algún cambio al respecto.

Cabe puntualizar que en caso de que exista un error en el domicilio fiscal, de acuerdo con el artículo 79 del Código Fiscal de la Federación el contribuyente se podría hacer acreedor a una sanción por violar el artículo 10 de la misma norma, cuyos montos podrían ir desde los más de tres mil pesos, hasta incluso superar los once mil.

¿CÓMO PUEDEN ACTUALIZAR SU DOMICILIO FISCAL LAS PERSONAS FÍSICAS?

Lo primero que hay que tomar en cuenta es que esta modificación se debe realizar dentro del periodo de los 10 días posteriores que se haya efectuado el cambio de domicilio o en el caso de nuevos registros ante el SAT, el aviso se tendrá que hacer cinco días antes del cambio y se puede realizar tanto de forma presencial como en línea.

Para quienes opten por la opción en línea deberá ingresar al sitio sat.gob.mx y una vez dentro dirigirse a la sección “Trámites del RFC”, en el apartado “Actualización en el RFC” y finamente en la opción “Realiza tu cambio de domicilio en el RFC”, para que una vez que te encuentres dentro puedas oprimir “Iniciar”, siempre que el cambio no implique un cambio de ubicación.

El paso a seguir es introducir el RFC, la contraseña y la e.firma, así como el código captcha que arroje el sistema, luego de lo que aparecerá el formulario para registrar la información a actualizar del domicilio y una vez que lo hayas completado confirma que los datos capturados sean correctos, para proceder a generar el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal”.

Para poder confirmar este formato, el contribuyente deberá introducir nuevamente su e.firma, además de que se recomienda imprimir el acuse de actualización; en lo que respecta al trámite presencial, el contribuyente deberá entregar un comprobante original del nuevo domicilio, una identificación oficial vigente y en original.

En el caso de que el contribuyente sea menor de edad, los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela deberán proporcionar el acta de nacimiento del menor, la manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, así como una identificación oficial vigente.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACTUALIZAR EL DOMICILIO FISCAL DE LAS PERSONAS MORALES?

Mientras que el trámite para realizar la actualización de esta información es el mismo tanto para personas físicas como para personas morales, teniendo ambos la posibilidad de realizar el trámite tanto en línea como de manera presencial, variando solamente los documentos a entregar.

El encargado para realizar este trámite deberá ser el apoderado legal, para lo que deberá presentar un comprobante del nuevo domicilio fiscal en original, una identificación oficial vigente en original, un poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal en copia certificada, mismo documento que puede ser sustituido por una carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales.

Finalmente, este tipo de contribuyentes también deberá presentar un documento notarial con el que haya sido designado el representante legal en copia certificada.

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