/ lunes 29 de julio de 2019

Con vacíos, reforma laboral para trabajadoras del hogar: abogado

“La intervención de las autoridades laborales debe ser efectiva al momento de impartir justicia”

Ante un despido injustificado los o las trabajadoras domésticas no podrán ganar un juicio en los tribunales laborales, si no acreditan la relación laboral mediante un contrato por escrito o el documento que avale que fue dada o dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El abogado Jesús Salvador Flora Velasco consideró que la reforma laboral es un primer paso para reconocer los derechos de las y los trabajadores del hogar, no obstante quedó pendiente legislar que tengan acceso a la vivienda y estabilidad en el empleo, ya que ante un despido injustificado no podrán demandar la reubicación en el puesto que desempeñaban.

“Ante un despido injustificado el o la trabajadora difícilmente podrá acreditar la relación de trabajo si no existe contrato por escrito, o el documento que evidencie el alta ante el Seguro Social, lo cual representa una complejidad para el empleado y ante este supuesto solo podrá acreditar el vínculo a través de testigos, por ello la intervención de las autoridades laborales debe ser efectiva al momento de impartir justicia”, dijo.

El especialista en derecho laboral opinó que los patrones deben concientizarse socialmente para respetar los derechos de los trabajadores y cumplir con las obligaciones que establece la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 2 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La modificación de la ley laboral solo permite que las y los trabajadores del hogar puedan exigir indemnización en caso de despido injustificado, pero no establece la opción para exigir su reubicación o reinstalación en el puesto que ocupaban.

“El patrón debe concientizarse que los trabajadores del hogar también tienen derechos y que estos tienen que cumplirse, esta reforma obliga respetar los derechos que se encuentran tutelados por la Ley Laboral. Las autoridades deben trabajar de manera eficaz para que cumplan la reforma al pie de la letra”, dijo a El Sol de Puebla.

Salvador Flora afirmó que la reforma laboral estableció como obligación la incorporación del trabajador doméstico al Seguro Social, lo cual no es opcional para los empleadores, así como el pago de vacaciones, prima vacacional, horas extras, días de descanso semanal y aguinaldo, entre otras prestaciones, sin que sea impedimento pactar con el patrón otros beneficios.

Además estas condiciones deberán formalizarse mediante contrato de trabajo por escrito, y evitar incurrir en cualquier acto de discriminación a los trabajadores del hogar, ya que la reforma de ley prohíbe toda clase de discriminación en términos de lo establecido en la Constitución Mexicana en la contratación y durante el tiempo que dure la relación laboral.

Ante un despido injustificado los o las trabajadoras domésticas no podrán ganar un juicio en los tribunales laborales, si no acreditan la relación laboral mediante un contrato por escrito o el documento que avale que fue dada o dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El abogado Jesús Salvador Flora Velasco consideró que la reforma laboral es un primer paso para reconocer los derechos de las y los trabajadores del hogar, no obstante quedó pendiente legislar que tengan acceso a la vivienda y estabilidad en el empleo, ya que ante un despido injustificado no podrán demandar la reubicación en el puesto que desempeñaban.

“Ante un despido injustificado el o la trabajadora difícilmente podrá acreditar la relación de trabajo si no existe contrato por escrito, o el documento que evidencie el alta ante el Seguro Social, lo cual representa una complejidad para el empleado y ante este supuesto solo podrá acreditar el vínculo a través de testigos, por ello la intervención de las autoridades laborales debe ser efectiva al momento de impartir justicia”, dijo.

El especialista en derecho laboral opinó que los patrones deben concientizarse socialmente para respetar los derechos de los trabajadores y cumplir con las obligaciones que establece la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 2 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La modificación de la ley laboral solo permite que las y los trabajadores del hogar puedan exigir indemnización en caso de despido injustificado, pero no establece la opción para exigir su reubicación o reinstalación en el puesto que ocupaban.

“El patrón debe concientizarse que los trabajadores del hogar también tienen derechos y que estos tienen que cumplirse, esta reforma obliga respetar los derechos que se encuentran tutelados por la Ley Laboral. Las autoridades deben trabajar de manera eficaz para que cumplan la reforma al pie de la letra”, dijo a El Sol de Puebla.

Salvador Flora afirmó que la reforma laboral estableció como obligación la incorporación del trabajador doméstico al Seguro Social, lo cual no es opcional para los empleadores, así como el pago de vacaciones, prima vacacional, horas extras, días de descanso semanal y aguinaldo, entre otras prestaciones, sin que sea impedimento pactar con el patrón otros beneficios.

Además estas condiciones deberán formalizarse mediante contrato de trabajo por escrito, y evitar incurrir en cualquier acto de discriminación a los trabajadores del hogar, ya que la reforma de ley prohíbe toda clase de discriminación en términos de lo establecido en la Constitución Mexicana en la contratación y durante el tiempo que dure la relación laboral.

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