/ lunes 30 de noviembre de 2020

Eliminación del outsourcing busca proteger a trabajadores

Especialista señala que con la nueva ley se combatirán las irregularidades existentes en este sistema laboral

La reciente iniciativa con Proyecto de Decreto presentada por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, que pretende eliminar al sistema de subcontratación conocido comúnmente como outsourcing, ha generado diversas discusiones en su entorno, sin embargo, ¿sabes a qué se refieren? ¿o qué podría pasar si esta es aceptada?

El outsourcing es un tipo de contratación en la que una empresa contrata a otra para que realice o preste un servicio con personal propio.

En entrevista con el abogado Jesús Flora Velasco, definió que en este sistema de subcontratación debe haber requisitos fundamentales tales como una cobertura parcial de actividades especiales, es decir, tareas específicas que no vayan más allá de lo acordado, actividades parciales y no las de la totalidad del lugar, así como otras asignaciones y no las que ya realiza el personal de la empresa a la cual brindarán el servicio, pues en caso de faltar alguna de estas, haría inexistente el contrato.

Así pues, recordó que desde la reforma hecha en 2012 a la Ley Federal del Trabajo se estableció dicho requisito para definir de manera concreta al outsourcing, no obstante, y ante el nulo seguimiento de lo estipulado y debido a las malas prácticas, hoy en día el líder del ejecutivo busca eliminarlo.

“Al día de hoy se presenta una iniciativa de reforma, porque en la exposición de motivos de la misma se establece que dicho régimen no ha funcionado y hay sido el pretexto para que los patrones hagan uso de esta figura de manera abusiva”, dijo.

Asimismo, enfatizó que otras de las razones por las que contemplan su desaparecimiento han sido los sueldos incompletos que reciben los trabajadores, las cantidades bajas que repercuten en las aportaciones obrero-patronales ante el seguro social, Infonavit o afore, y el reparto de sus utilidades.

“Lo que busca esta iniciativa es que quien funja como prestador de servicios especializados, cumpla con sus obligaciones patronales ante las diversas dependencias encargadas de regular dicho giro para evitar la precarización de los derechos de los trabajadores”, agregó.

Flora Velasco mencionó que ahora, tras la eliminación, se propone que las empresas dedicadas a la subcontratación cuenten con una especie de autorización expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), pues únicamente bajo este supuesto podrán operar y no atentar contra los derechos laborales.

El especialista enfatizó que esta nueva ley sí atacaría en gran medida las irregularidades que se han dado hasta el momento, sin embargo, resaltó que el mayor problema se encontraba en la vigilancia de su cumplimiento y no necesariamente en la normatividad, no obstante, esperarían a conocer el diseño y las propuestas internas de la Ley.

Ante el cuestionamiento sobre qué hacía más estricta a la nueva ley, el especialista subrayó que eran los requisitos, ya que para poder considerar las erogaciones relacionadas con pagos o contraprestaciones efectuadas por concepto de servicios especializados como el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) o al Impuesto al Valor Agregado (IVA), serían necesario:

Que el contratante solicite al prestador su autorización expedida por la STPS, los recibos nominales de los empleados para presentarlos como comprobantes fiscales, recibos de pago expedidos por instituciones bancarias y las constancias del pago de cuotas obrero-patronales para efectos de IMSS e Infonavit.

En este sentido, recalcó que en caso de que se negaran a entregar alguno de los requisitos antes mencionados serían acreedores a una sanción equivalente a 150 mil o 300 mil pesos e incluso una sanción de carácter penal por haber simulado prestar servicios especializados u obras especializadas.

“Se pretende que tanto la Secretaría de Hacienda, Infonavit, el Seguro Social y la Secretaría del Trabajo laboren de manera conjunta en el sentido de poder intercambiar información para que efectivamente puedan vigilar que las personas, ya sean físicas o morales y que presten sus servicios, efectivamente cumplan con sus obligaciones con el trabajador”, complementó.

La reciente iniciativa con Proyecto de Decreto presentada por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, que pretende eliminar al sistema de subcontratación conocido comúnmente como outsourcing, ha generado diversas discusiones en su entorno, sin embargo, ¿sabes a qué se refieren? ¿o qué podría pasar si esta es aceptada?

El outsourcing es un tipo de contratación en la que una empresa contrata a otra para que realice o preste un servicio con personal propio.

En entrevista con el abogado Jesús Flora Velasco, definió que en este sistema de subcontratación debe haber requisitos fundamentales tales como una cobertura parcial de actividades especiales, es decir, tareas específicas que no vayan más allá de lo acordado, actividades parciales y no las de la totalidad del lugar, así como otras asignaciones y no las que ya realiza el personal de la empresa a la cual brindarán el servicio, pues en caso de faltar alguna de estas, haría inexistente el contrato.

Así pues, recordó que desde la reforma hecha en 2012 a la Ley Federal del Trabajo se estableció dicho requisito para definir de manera concreta al outsourcing, no obstante, y ante el nulo seguimiento de lo estipulado y debido a las malas prácticas, hoy en día el líder del ejecutivo busca eliminarlo.

“Al día de hoy se presenta una iniciativa de reforma, porque en la exposición de motivos de la misma se establece que dicho régimen no ha funcionado y hay sido el pretexto para que los patrones hagan uso de esta figura de manera abusiva”, dijo.

Asimismo, enfatizó que otras de las razones por las que contemplan su desaparecimiento han sido los sueldos incompletos que reciben los trabajadores, las cantidades bajas que repercuten en las aportaciones obrero-patronales ante el seguro social, Infonavit o afore, y el reparto de sus utilidades.

“Lo que busca esta iniciativa es que quien funja como prestador de servicios especializados, cumpla con sus obligaciones patronales ante las diversas dependencias encargadas de regular dicho giro para evitar la precarización de los derechos de los trabajadores”, agregó.

Flora Velasco mencionó que ahora, tras la eliminación, se propone que las empresas dedicadas a la subcontratación cuenten con una especie de autorización expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), pues únicamente bajo este supuesto podrán operar y no atentar contra los derechos laborales.

El especialista enfatizó que esta nueva ley sí atacaría en gran medida las irregularidades que se han dado hasta el momento, sin embargo, resaltó que el mayor problema se encontraba en la vigilancia de su cumplimiento y no necesariamente en la normatividad, no obstante, esperarían a conocer el diseño y las propuestas internas de la Ley.

Ante el cuestionamiento sobre qué hacía más estricta a la nueva ley, el especialista subrayó que eran los requisitos, ya que para poder considerar las erogaciones relacionadas con pagos o contraprestaciones efectuadas por concepto de servicios especializados como el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) o al Impuesto al Valor Agregado (IVA), serían necesario:

Que el contratante solicite al prestador su autorización expedida por la STPS, los recibos nominales de los empleados para presentarlos como comprobantes fiscales, recibos de pago expedidos por instituciones bancarias y las constancias del pago de cuotas obrero-patronales para efectos de IMSS e Infonavit.

En este sentido, recalcó que en caso de que se negaran a entregar alguno de los requisitos antes mencionados serían acreedores a una sanción equivalente a 150 mil o 300 mil pesos e incluso una sanción de carácter penal por haber simulado prestar servicios especializados u obras especializadas.

“Se pretende que tanto la Secretaría de Hacienda, Infonavit, el Seguro Social y la Secretaría del Trabajo laboren de manera conjunta en el sentido de poder intercambiar información para que efectivamente puedan vigilar que las personas, ya sean físicas o morales y que presten sus servicios, efectivamente cumplan con sus obligaciones con el trabajador”, complementó.

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