/ miércoles 6 de septiembre de 2023

Incapacidad laboral: Conoce las nuevas enfermedades que podrían aplicar para solicitarla

Existen algunos motivos por los cuales un trabajador no puede desempeñar sus labores, momento en que se otorga la incapacidad

Las leyes laborales en México contemplan un término que es a beneficio de los trabajadores, se trata de el de la llamada incapacidad, que consiste en la posibilidad de ausentarse de sus labores por la presencia de algunas enfermedades que impidan un correcto desempeño de sus actividades, esto sin dejar de recibir su salario o por lo menos un porcentaje del mismo.

Pero no cualquier enfermedad puede ser considerada dentro de este supuesto, pues no todas pueden imposibilitar el cumplimiento de las tareas y es en la reforma a la Ley Federal del Trabajo que además de reducir las horas de la jornada laboral de un trabajador que se busca actualizar la llamada tabla de enfermedades de trabajo en México, modificando las incapacidades laborales.

¿Qué enfermedades se podrían incluir en la incapacidad laboral?

Lo primero que hay que puntualizar es que, conforme a la ley, aunque determinados males figuren dentro de la lista, son los médicos los que tienen la responsabilidad de calcular la seriedad de dichos padecimientos y el monto que los empleadores tendrán que pagar a aquellos trabajadores que se vean imposibilitados para trabajar, contemplando los padecimientos/afecciones que resultaron de la misma.

En caso de que diputados y senadores aprueben estas reformas que buscan velar por la salud de las personas trabajadoras mexicanas a fin de mejorar su productividad, sin importar la institución de seguridad social en la que se encuentre registrado el empleado, las enfermedades enlistadas serán:

  • Estrés laboral
  • Enfermedades producidas por aspirar contaminantes en el centro de trabajo
  • Lesiones musculares
  • Patologías infecciosas
  • Trastorno de ansiedad
  • Lesiones óseas
  • Insomnio
  • Insuficiencia venosa periférica crónica
  • Depresión
  • Diversos tipos de cáncer
  • Gripe aviar
  • Influenza
  • Cataratas
  • Conjuntivitis
  • Cardiopatía isquémica
  • Deterioro leve y moderado de la visión
  • Glaucoma
  • Covid
  • Anemia aplásica
  • Hipertensión
  • Enfermedades pulmonares crónicas
  • Dermatitis alérgicas
  • Síndrome del túnel carpiano

¿Cómo funciona una incapacidad laboral?

La llamada Incapacidad Temporal para el Trabajo o ITT es considerada como la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales, imposibilitando de manera parcial o total al empleado para desempeñar su actividad laboral habitual durante algún tiempo, esto según lo establecido en el artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS.

Este daño puede ser provocado por un accidente o una enfermedad que se hayan producido dentro del trabajo, lo que a su vez otorga el llamado Riesgo de Trabajo (RT), mientras que cuando es resultado de una causa ajena es tipificada como Enfermedad General (EG), cuando es categorizada como el primero su solicitud no requiere semanas cotizadas, además de que se realiza el pago del 100% del salario registrado ante el instituto.

Finalmente, se puede dividir en tres tipos la temporal, la permanente parcial y la permanente total. La primera se produce cuando la pérdida es por algún tiempo, la segunda se da cuando se produce una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal del trabajador, mientras que la última sucede si el colaborador pierde la capacidad de desempeñar su trabajo por el resto de su vida.

Las leyes laborales en México contemplan un término que es a beneficio de los trabajadores, se trata de el de la llamada incapacidad, que consiste en la posibilidad de ausentarse de sus labores por la presencia de algunas enfermedades que impidan un correcto desempeño de sus actividades, esto sin dejar de recibir su salario o por lo menos un porcentaje del mismo.

Pero no cualquier enfermedad puede ser considerada dentro de este supuesto, pues no todas pueden imposibilitar el cumplimiento de las tareas y es en la reforma a la Ley Federal del Trabajo que además de reducir las horas de la jornada laboral de un trabajador que se busca actualizar la llamada tabla de enfermedades de trabajo en México, modificando las incapacidades laborales.

¿Qué enfermedades se podrían incluir en la incapacidad laboral?

Lo primero que hay que puntualizar es que, conforme a la ley, aunque determinados males figuren dentro de la lista, son los médicos los que tienen la responsabilidad de calcular la seriedad de dichos padecimientos y el monto que los empleadores tendrán que pagar a aquellos trabajadores que se vean imposibilitados para trabajar, contemplando los padecimientos/afecciones que resultaron de la misma.

En caso de que diputados y senadores aprueben estas reformas que buscan velar por la salud de las personas trabajadoras mexicanas a fin de mejorar su productividad, sin importar la institución de seguridad social en la que se encuentre registrado el empleado, las enfermedades enlistadas serán:

  • Estrés laboral
  • Enfermedades producidas por aspirar contaminantes en el centro de trabajo
  • Lesiones musculares
  • Patologías infecciosas
  • Trastorno de ansiedad
  • Lesiones óseas
  • Insomnio
  • Insuficiencia venosa periférica crónica
  • Depresión
  • Diversos tipos de cáncer
  • Gripe aviar
  • Influenza
  • Cataratas
  • Conjuntivitis
  • Cardiopatía isquémica
  • Deterioro leve y moderado de la visión
  • Glaucoma
  • Covid
  • Anemia aplásica
  • Hipertensión
  • Enfermedades pulmonares crónicas
  • Dermatitis alérgicas
  • Síndrome del túnel carpiano

¿Cómo funciona una incapacidad laboral?

La llamada Incapacidad Temporal para el Trabajo o ITT es considerada como la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales, imposibilitando de manera parcial o total al empleado para desempeñar su actividad laboral habitual durante algún tiempo, esto según lo establecido en el artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS.

Este daño puede ser provocado por un accidente o una enfermedad que se hayan producido dentro del trabajo, lo que a su vez otorga el llamado Riesgo de Trabajo (RT), mientras que cuando es resultado de una causa ajena es tipificada como Enfermedad General (EG), cuando es categorizada como el primero su solicitud no requiere semanas cotizadas, además de que se realiza el pago del 100% del salario registrado ante el instituto.

Finalmente, se puede dividir en tres tipos la temporal, la permanente parcial y la permanente total. La primera se produce cuando la pérdida es por algún tiempo, la segunda se da cuando se produce una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal del trabajador, mientras que la última sucede si el colaborador pierde la capacidad de desempeñar su trabajo por el resto de su vida.

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