Golpe bajo para los fanáticos de Shein y Temu, ya que, a partir de este mes, las plataformas de ecommerce deberán de declarar impuestos en México, esto con el objetivo de fortalecer el combate a prácticas abusivas en materia de impuestos internos, así como el uso abusivo de los minimis (compras menores a 50 dólares), informó el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
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Y es que, desde la pandemia por Covid-19 el comercio electrónico creció a gran medida, facilitando la compra de bienes para quienes no puedan o no les gusta salir de casa, o desean obtener algún artículo lo más pronto posible.
Por tal motivo, cada vez son más las personas que suele comprar en tiendas de línea que se encargan de importar productos desde China, Tailandia, Filipinas o Singapur, por lo que este tipo de servicio de compras están bajo la lupa del SAT.
SAT implementará medidas para regular comercio electrónico
Recientemente, a través de sus redes sociales, el SAT dio a conocer las nuevas modificaciones a la normatividad en materia de comercio exterior e impuestos internos, con la finalidad de fortalecer el combate a prácticas abusivas.
Entre las tiendas que tendrán que registrarse ante esta autoridad, se encuentran: AliExpress, Temu, Shein, Light in the box, Alibaba, Shopee y Amazon, mismas que usualmente ofrecen precios más bajos en el mercado, pero que en ocasiones suelen evadir los impuestos en los países donde operan.
En este sentido, la máxima autoridad fiscal responsable del cobro de impuestos en México, anunció que va a exigirle a este tipo de plataformas su regularización en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Esta medida busca combatir el contrabando y la evasión fiscal.
“Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso para aumentar la recaudación, reducir la evasión y elusión fiscal, y combatir la corrupción, para lograr un México más competitivo, igualitario y justo”, se lee en el documento compartido por el fisco.
Estos son los cambios en materia de comercio exterior
Es así como el SAT dio a conocer que en materia de comercio exterior reforzará la supervisión para que las empresas de servicio de mensajería identifiquen a quienes importan mercancías de Asia sin pagar los impuestos correspondientes, y así verificar que las mercancías declaradas fueron las mismas que fueron enviadas.
Asimismo, informó que se implementarán nuevos requisitos para que las empresas que realizan importaciones temporales obtengan el registro como empresa certificada, o bien, la aceptación de la garantía del IVA e IESP, con el objetivo de asegurar que las mercancías retornan al extranjero.
De igual forma, el fisco precisó que los agentes y agencias aduanales pueden ser sancionados por cometer infracciones relacionadas con la importación o exportación, dado que participan en el despacho aduanero.
Por último, esclareció que es una práctica indebida es introducir al país mezclas compuestas esencialmente de azúcar con carbón activado o con sustancias análogas o similares, y una vez que estén en el país, separar o eliminar este último componente, con la finalidad de no pagar los impuestos correspondientes.
Estos son los cambios en materia de impuestos internos
Por otra parte, el SAT estableció que las tiendas en línea que operan con intermediarias, también se deben de inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y retener los impuestos que corresponden a las operaciones en las que participen como intermediarios.
Además, detalló que la deducción de los gastos en la contratación de servicios en la determinación del ISR, procede cuando se demuestra que el servicio fue efectivamente prestado.
Finalmente, dio a conocer que los contribuyentes que adquieren bienes en México, propiedad de un extranjero, deben retener el IVA.
Es importante mencionar que estas medidas entraron en vigor a partir de octubre de 2024, además de que se pondrán en marcha nuevos programas de auditoría y revisión, para asegurar el cumplimiento de todas las medidas mencionadas con anterioridad, enfocadas en detectar y sancionar prácticas de contrabando, evasión y elusión fiscal.
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