/ jueves 1 de octubre de 2020

Admite Nora Merino error del Congreso en cobro de alumbrado público

Diputada admite que entre tantas leyes es posible equivocarse al aprobar que 15 municipios cobraran indebidamente un impuesto

La diputada local Nora Merino Escamilla admitió que el Congreso de Puebla pudo haber cometido un error al aprobar las Leyes de Ingresos de 15 municipios del estado de Puebla y permitir que cobraran un impuesto por el alumbrado público, lo cual derivó en la invalidación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Como integrante de las comisiones de Presupuesto y Crédito Público y de Patrimonio y Hacienda Municipal del Congreso del Estado, opinó que la sentencia del Alto Tribunal no es un revés para el Poder Legislativo, pero reconoció que pudo incurrir en una falta debido a que se revisaron 217 leyes de ingresos municipales.

“Claro que se revisaron, hicimos el trabajo correspondiente, empezando por los presidentes de las comisiones, pero bueno, todo trabajo siempre será perfectible o seguramente después de tener 217 leyes que se revisan, probablemente puedan siempre tener algunos errores, entonces vamos a acatar lo que dice la Corte”, dijo.

En entrevista, Merino Escamilla afirmó que los municipios tendrán que hacer las modificaciones pertinentes y el legislativo acatar el fallo de la Suprema Corte que invalidó un artículo de las Leyes de Ingresos de 15 municipios que establecía el pago de un impuesto para cubrir el servicio de alumbrado público.

El martes 29 de septiembre, los ministros resolvieron la acción de inconstitucionalidad 97/2020, que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), demandando la invalidez del artículo 21 de las Leyes de Ingresos de diversos municipios poblanos, para el ejercicio fiscal de 2020, publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2019.

Estas demarcaciones son Xochiltepec, Xochitlán de Vicente Suárez, Xochitlán Todos Santos, Yaonáhuac, Yehualtepec, Zacapala, Zapotitlán, Zapotitlán de Méndez, Zaragoza, Zautla, Zihuateutla, Zinacatepec, Zongozotla, Zoquiapan y Zoquitlán.

La Corte determinó que, al configurar un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, estas disposiciones violaban la competencia exclusiva del Congreso de la Unión establecida en el artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución federal, es decir que el Congreso local no está facultado para ello.

Al respecto, la diputada y presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado adelantó que serán más cuidadosos en el armado y aprobación de las Leyes de Ingresos y Egresos, mientras que los presidentes de las comisiones deberán incluir a sus equipos técnicos para evitar errores de este tipo.

La diputada local Nora Merino Escamilla admitió que el Congreso de Puebla pudo haber cometido un error al aprobar las Leyes de Ingresos de 15 municipios del estado de Puebla y permitir que cobraran un impuesto por el alumbrado público, lo cual derivó en la invalidación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Como integrante de las comisiones de Presupuesto y Crédito Público y de Patrimonio y Hacienda Municipal del Congreso del Estado, opinó que la sentencia del Alto Tribunal no es un revés para el Poder Legislativo, pero reconoció que pudo incurrir en una falta debido a que se revisaron 217 leyes de ingresos municipales.

“Claro que se revisaron, hicimos el trabajo correspondiente, empezando por los presidentes de las comisiones, pero bueno, todo trabajo siempre será perfectible o seguramente después de tener 217 leyes que se revisan, probablemente puedan siempre tener algunos errores, entonces vamos a acatar lo que dice la Corte”, dijo.

En entrevista, Merino Escamilla afirmó que los municipios tendrán que hacer las modificaciones pertinentes y el legislativo acatar el fallo de la Suprema Corte que invalidó un artículo de las Leyes de Ingresos de 15 municipios que establecía el pago de un impuesto para cubrir el servicio de alumbrado público.

El martes 29 de septiembre, los ministros resolvieron la acción de inconstitucionalidad 97/2020, que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), demandando la invalidez del artículo 21 de las Leyes de Ingresos de diversos municipios poblanos, para el ejercicio fiscal de 2020, publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 30 de diciembre de 2019.

Estas demarcaciones son Xochiltepec, Xochitlán de Vicente Suárez, Xochitlán Todos Santos, Yaonáhuac, Yehualtepec, Zacapala, Zapotitlán, Zapotitlán de Méndez, Zaragoza, Zautla, Zihuateutla, Zinacatepec, Zongozotla, Zoquiapan y Zoquitlán.

La Corte determinó que, al configurar un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, estas disposiciones violaban la competencia exclusiva del Congreso de la Unión establecida en el artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución federal, es decir que el Congreso local no está facultado para ello.

Al respecto, la diputada y presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado adelantó que serán más cuidadosos en el armado y aprobación de las Leyes de Ingresos y Egresos, mientras que los presidentes de las comisiones deberán incluir a sus equipos técnicos para evitar errores de este tipo.

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