/ domingo 25 de julio de 2021

Alcalde electo de Tlachichuca no rebasó gastos de campaña, concluye INE

El entonces candidato tuvo ingresos totales por 59 mil 905.88 pesos y lo mismo de egresos, es decir faltaron 6 mil pesos para excederse

El INE no sancionará al presidente municipal electo de Tlachichuca, Giovanni González Vieyra ni al partido Movimiento Ciudadano (MC), al determinar que no rebasó el tope de gastos de campaña establecido en 66 mil 168.79 pesos.

El entonces candidato tuvo ingresos totales por 59 mil 905.88 pesos y lo mismo de egresos, es decir que le faltó 6 mil 262.91 pesos para exceder el tope de gastos.

El 22 de julio el Consejo General del INE declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral instaurado en contra del partido y el entonces candidato a alcalde, al constatar que sí reportaron los ingresos y gastos por la realización de eventos políticos, la contratación de una banda sinaloense, mariachi, gasolina, entrega de planchas, renta de equipo de audio y sonido, basureros, juguetes, bardas, spots publicitarios, publicidad móvil, playeras, camisas, cubrebocas, gorras, bolsas ecológicas, perifoneo, entre otros.



Concluyó que no hubo vulneración al Reglamento de Fiscalización, pues se encontró evidencia de que el otrora candidato reportó los eventos denunciados en la agenda, además de que registró los ingresos y egresos que hizo en campaña.

La queja fue interpuesta por los representantes de Morena, PT y Partido Verde en el Consejo Municipal de Tlachichuca, quienes denunciaron hechos que podrían constituir violaciones a la normatividad electoral en materia de fiscalización.

Para resolver el caso y comprobar si González Vieyra y MC omitieron reportar ingresos y gastos, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE solicitó información al INE, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Movilidad y Transporte estatal y al ayuntamiento de Tlachichuca, entre otras instancias.



Aunque declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador, la autoridad electoral dejó en claro que quienes se sientan inconformes con la resolución pueden promover un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquel en que se tenga conocimiento de la resolución.

Si bien el Consejo General del INE resolvió 32 procedimientos sancionadores en contra de diversos excandidatos, hasta el momento se desconoce si todos fueron sancionados, pues los dictámenes aún no están disponibles en la página web.




El INE no sancionará al presidente municipal electo de Tlachichuca, Giovanni González Vieyra ni al partido Movimiento Ciudadano (MC), al determinar que no rebasó el tope de gastos de campaña establecido en 66 mil 168.79 pesos.

El entonces candidato tuvo ingresos totales por 59 mil 905.88 pesos y lo mismo de egresos, es decir que le faltó 6 mil 262.91 pesos para exceder el tope de gastos.

El 22 de julio el Consejo General del INE declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral instaurado en contra del partido y el entonces candidato a alcalde, al constatar que sí reportaron los ingresos y gastos por la realización de eventos políticos, la contratación de una banda sinaloense, mariachi, gasolina, entrega de planchas, renta de equipo de audio y sonido, basureros, juguetes, bardas, spots publicitarios, publicidad móvil, playeras, camisas, cubrebocas, gorras, bolsas ecológicas, perifoneo, entre otros.



Concluyó que no hubo vulneración al Reglamento de Fiscalización, pues se encontró evidencia de que el otrora candidato reportó los eventos denunciados en la agenda, además de que registró los ingresos y egresos que hizo en campaña.

La queja fue interpuesta por los representantes de Morena, PT y Partido Verde en el Consejo Municipal de Tlachichuca, quienes denunciaron hechos que podrían constituir violaciones a la normatividad electoral en materia de fiscalización.

Para resolver el caso y comprobar si González Vieyra y MC omitieron reportar ingresos y gastos, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE solicitó información al INE, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Movilidad y Transporte estatal y al ayuntamiento de Tlachichuca, entre otras instancias.



Aunque declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador, la autoridad electoral dejó en claro que quienes se sientan inconformes con la resolución pueden promover un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquel en que se tenga conocimiento de la resolución.

Si bien el Consejo General del INE resolvió 32 procedimientos sancionadores en contra de diversos excandidatos, hasta el momento se desconoce si todos fueron sancionados, pues los dictámenes aún no están disponibles en la página web.




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