/ miércoles 11 de noviembre de 2020

Avanza en comisiones eliminación de prescripción de delitos sexuales

El ciberacoso tiene una pena de 11 meses a tres años de prisión para el sujeto activo del delito

La eliminación de la prescripción de delitos sexuales, corrupción de menores e incapaces, pornografía de menores, abuso, estupro, hostigamiento y acoso sexual, aunado a la violación, feminicidio y homicidio doloso, fue aprobada en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, es decir que estos ilícitos se podrán denunciar aun con el paso del tiempo.

El diputado Carlos Morales Álvarez cuestionó la pena que se impondrá de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo de la comisión de estos delitos no los denuncie, ya que el castigo es mayor al que se impone por perpetrarlos.

Dijo que el ciberacoso tiene una pena de 11 meses a tres años de prisión para el sujeto activo del delito y de siete meses a dos años para el acoso sexual.

“La máxima en acoso es de dos años y le van a dar 3.5 veces más de prisión al que sepa del delito, solo pido que se regrese a estudio, estoy a favor de que se legisle en la materia”, expuso el coordinador de Movimiento Ciudadano.

La iniciativa presentada por los diputados Nora Merino Escamilla, de Encuentro Social, y Gabriel Biestro Medinilla, de Morena, fue aprobada por cuatro votos a favor, por lo que el dictamen fue turnado al Pleno para su aprobación final.

La propuesta pretende eliminar la prescripción de un nuevo catálogo de delitos sexuales a los ya establecidos en la ley, como es la corrupción a menores e incapaces, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento sexual y acoso sexual.

Consiste en reformar el artículo 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado de Puebla, la cual a decir de ambos diputados, considera el derecho de la víctima para acceder a la justicia, sin vulnerar los derechos del probable responsable, pues no se alterará el principio de presunción de inocencia ni el debido proceso, además de que el agente del Ministerio Público es el encargado de aportar las evidencias de la comisión del delito y la ley no es retroactiva.

Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo que va del año mil 223 delitos sexuales se han denunciado ante la Fiscalía General del Estado, que representan 4.6 por ciento del total nacional.


La eliminación de la prescripción de delitos sexuales, corrupción de menores e incapaces, pornografía de menores, abuso, estupro, hostigamiento y acoso sexual, aunado a la violación, feminicidio y homicidio doloso, fue aprobada en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, es decir que estos ilícitos se podrán denunciar aun con el paso del tiempo.

El diputado Carlos Morales Álvarez cuestionó la pena que se impondrá de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo de la comisión de estos delitos no los denuncie, ya que el castigo es mayor al que se impone por perpetrarlos.

Dijo que el ciberacoso tiene una pena de 11 meses a tres años de prisión para el sujeto activo del delito y de siete meses a dos años para el acoso sexual.

“La máxima en acoso es de dos años y le van a dar 3.5 veces más de prisión al que sepa del delito, solo pido que se regrese a estudio, estoy a favor de que se legisle en la materia”, expuso el coordinador de Movimiento Ciudadano.

La iniciativa presentada por los diputados Nora Merino Escamilla, de Encuentro Social, y Gabriel Biestro Medinilla, de Morena, fue aprobada por cuatro votos a favor, por lo que el dictamen fue turnado al Pleno para su aprobación final.

La propuesta pretende eliminar la prescripción de un nuevo catálogo de delitos sexuales a los ya establecidos en la ley, como es la corrupción a menores e incapaces, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento sexual y acoso sexual.

Consiste en reformar el artículo 128 Bis y 278 Octies del Código Penal del Estado de Puebla, la cual a decir de ambos diputados, considera el derecho de la víctima para acceder a la justicia, sin vulnerar los derechos del probable responsable, pues no se alterará el principio de presunción de inocencia ni el debido proceso, además de que el agente del Ministerio Público es el encargado de aportar las evidencias de la comisión del delito y la ley no es retroactiva.

Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo que va del año mil 223 delitos sexuales se han denunciado ante la Fiscalía General del Estado, que representan 4.6 por ciento del total nacional.


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