/ lunes 19 de julio de 2021

Busca Oswaldo Jiménez revocar sentencia por actos anticipados de precampaña 

El Tribunal de Puebla determinó que en octubre de 2020 el legislador hizo publicaciones en su Facebook con miras a la reelección

El diputado local Oswaldo Jiménez López recurrió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para impugnar la sentencia del tribunal de Puebla en la que determinó que cometió actos anticipados de precampaña y promoción personalizada.

El panista que se reelegirá en la próxima legislatura del Congreso del Estado promovió un juicio ciudadano ante la Sala Regional Ciudad de México para dejar sin efectos la resolución dictada el 8 de julio por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Dicha sentencia señala que Jiménez López cometió actos anticipados de precampaña y promoción personalizada, por lo que el tribunal local dio vista a la Contraloría Interna del Congreso y a la Auditoría Superior del Estado de Puebla (ASE), para que en caso de ser procedente inicien los procedimientos administrativos que en derecho correspondan.

El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por el panista quedó registrado con el expediente SCM-JDC-1722/2021 y será resuelto por el magistrado presidente de la Sala Regional Ciudad de México, Héctor Romero Bolaños.

En su momento, el tribunal de Puebla determinó que en octubre de 2020 antes de que iniciara el periodo de precampaña al interior del PAN, Jiménez hizo publicaciones en su Facebook con miras a obtener la candidatura y reelegirse como diputado local.



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El diputado local Oswaldo Jiménez López recurrió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para impugnar la sentencia del tribunal de Puebla en la que determinó que cometió actos anticipados de precampaña y promoción personalizada.

El panista que se reelegirá en la próxima legislatura del Congreso del Estado promovió un juicio ciudadano ante la Sala Regional Ciudad de México para dejar sin efectos la resolución dictada el 8 de julio por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Dicha sentencia señala que Jiménez López cometió actos anticipados de precampaña y promoción personalizada, por lo que el tribunal local dio vista a la Contraloría Interna del Congreso y a la Auditoría Superior del Estado de Puebla (ASE), para que en caso de ser procedente inicien los procedimientos administrativos que en derecho correspondan.

El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por el panista quedó registrado con el expediente SCM-JDC-1722/2021 y será resuelto por el magistrado presidente de la Sala Regional Ciudad de México, Héctor Romero Bolaños.

En su momento, el tribunal de Puebla determinó que en octubre de 2020 antes de que iniciara el periodo de precampaña al interior del PAN, Jiménez hizo publicaciones en su Facebook con miras a obtener la candidatura y reelegirse como diputado local.



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