/ jueves 3 de diciembre de 2020

Buscan derogar pena de prisión por difundir noticias falsas en Puebla

El proyecto de ley fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso

Las bancadas del PRD, Movimiento Ciudadano y Compromiso por Puebla en el Congreso local presentaron una iniciativa para derogar el artículo 165 del Código Penal del Estado, luego que la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU-DH solicitó anular la pena de prisión de dos a 12 años por difundir noticias falsas.

El diputado de Movimiento Ciudadano, Carlos Morales Álvarez, presentó en la sesión ordinaria de este jueves, el proyecto de ley para suprimir dicho artículo, pues refirió que el derecho a la libertad de opinión y de expresión está consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y el de difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión. Este derecho también está establecido en el artículo 4 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

A su vez el artículo 6 de Constitución federal establece el derecho a la libertad de expresión y que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, solo en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.

Señaló que el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley, por lo cual junto con los diputados Uruviel González Vieyra, Armando García Avendaño, Guadalupe Esquitín Lastiri y Liliana Luna Aguirre presentaron la iniciativa con el propósito de derogar el artículo 165 del Código Penal.

Dicho artículo impone prisión de dos a 12 años y multa hasta de 200 días de salario a quien haciendo uso de cualquier medio de comunicación difunda noticias que siendo falsas las haga parecer como ciertas y produzca alarma, temor o terror en la población o en grupo o sector de ella para perturbar la paz pública.

El proyecto de ley fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso, para su estudio y resolución procedente.

El 6 de mayo, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, llamó al Congreso a no aprobar la iniciativa de reforma y adición al Código Penal que pretende sancionar con prisión a quien difunda o transmita noticias falsas durante una contingencia como la Covid-19.

Jesús Peña Palacios, representante en México de la ONU-DH, solicitó no avalar la iniciativa de los diputados Nora Merino Escamilla y Gabriel Biestro Medinilla, e iniciar un proceso de discusión de cara a derogar el actual texto del artículo 165.

Las bancadas del PRD, Movimiento Ciudadano y Compromiso por Puebla en el Congreso local presentaron una iniciativa para derogar el artículo 165 del Código Penal del Estado, luego que la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU-DH solicitó anular la pena de prisión de dos a 12 años por difundir noticias falsas.

El diputado de Movimiento Ciudadano, Carlos Morales Álvarez, presentó en la sesión ordinaria de este jueves, el proyecto de ley para suprimir dicho artículo, pues refirió que el derecho a la libertad de opinión y de expresión está consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y el de difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión. Este derecho también está establecido en el artículo 4 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

A su vez el artículo 6 de Constitución federal establece el derecho a la libertad de expresión y que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, solo en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.

Señaló que el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley, por lo cual junto con los diputados Uruviel González Vieyra, Armando García Avendaño, Guadalupe Esquitín Lastiri y Liliana Luna Aguirre presentaron la iniciativa con el propósito de derogar el artículo 165 del Código Penal.

Dicho artículo impone prisión de dos a 12 años y multa hasta de 200 días de salario a quien haciendo uso de cualquier medio de comunicación difunda noticias que siendo falsas las haga parecer como ciertas y produzca alarma, temor o terror en la población o en grupo o sector de ella para perturbar la paz pública.

El proyecto de ley fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso, para su estudio y resolución procedente.

El 6 de mayo, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, llamó al Congreso a no aprobar la iniciativa de reforma y adición al Código Penal que pretende sancionar con prisión a quien difunda o transmita noticias falsas durante una contingencia como la Covid-19.

Jesús Peña Palacios, representante en México de la ONU-DH, solicitó no avalar la iniciativa de los diputados Nora Merino Escamilla y Gabriel Biestro Medinilla, e iniciar un proceso de discusión de cara a derogar el actual texto del artículo 165.

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