/ domingo 4 de octubre de 2020

Buscan en Puebla reconocer delito de violación sobre la pareja 

La iniciativa de ley propone evitar que se vulnere la libertad sexual de las víctimas con el argumento de validar la agresión ante una relación preexistente

En Puebla buscan que se reconozca que el delito de violación también puede ser cometido por una persona con la que la víctima tenga o haya tenido un vínculo matrimonial, de concubinato o pareja de hecho, e imponer la sanción de uno a seis años de prisión.

La diputada local de Morena, Guadalupe Tlaque Cuazitl, presentó una iniciativa de reforma a la fracción VII del artículo 269 del Código Penal del Estado de Puebla, misma que se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, para su resolución.

El proyecto de ley tiene el propósito de ampliar la tutela de los derechos de las víctimas del delito de violación y a su vez sin importar que se haya tenido una relación o vínculo afectivo con el agresor, no se vulnere la libertad sexual de las víctimas y menos la normalización social de estas conductas, con la máxima de que entre el sujeto activo y el pasivo hay o hubiere una relación de pareja.

De aprobarse la reforma en comisiones y en el Pleno del Congreso, la violación cometida por la persona con la que se tiene o haya tenido un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja de hecho, también será castigada conforme a la ley.

Actualmente el artículo 269 establece pena de uno a seis años de prisión, cuando el delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente, por el tutor o tutora contra su pupilo o pupila, por el pupilo o pupila contra su tutora o tutor, por el padrastro o madrastra contra su hijastra o hijastro o viceversa, por un hermano o hermana contra su hermana o hermano y por un cónyuge contra el otro.

La diputada de Morena expuso que en México, ya son 12 entidades federativas que han adecuado su Código Penal con la finalidad de homologar el delito de violación a efecto de incorporar una nueva figura de víctima, abarcando los supuestos de que el ilícito se cometa contra cualquier pareja afectiva.

Los estados que ya reconocen esta figura y castigan estos actos son: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Guerrero, Michoacán, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

En Puebla buscan que se reconozca que el delito de violación también puede ser cometido por una persona con la que la víctima tenga o haya tenido un vínculo matrimonial, de concubinato o pareja de hecho, e imponer la sanción de uno a seis años de prisión.

La diputada local de Morena, Guadalupe Tlaque Cuazitl, presentó una iniciativa de reforma a la fracción VII del artículo 269 del Código Penal del Estado de Puebla, misma que se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, para su resolución.

El proyecto de ley tiene el propósito de ampliar la tutela de los derechos de las víctimas del delito de violación y a su vez sin importar que se haya tenido una relación o vínculo afectivo con el agresor, no se vulnere la libertad sexual de las víctimas y menos la normalización social de estas conductas, con la máxima de que entre el sujeto activo y el pasivo hay o hubiere una relación de pareja.

De aprobarse la reforma en comisiones y en el Pleno del Congreso, la violación cometida por la persona con la que se tiene o haya tenido un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja de hecho, también será castigada conforme a la ley.

Actualmente el artículo 269 establece pena de uno a seis años de prisión, cuando el delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente, por el tutor o tutora contra su pupilo o pupila, por el pupilo o pupila contra su tutora o tutor, por el padrastro o madrastra contra su hijastra o hijastro o viceversa, por un hermano o hermana contra su hermana o hermano y por un cónyuge contra el otro.

La diputada de Morena expuso que en México, ya son 12 entidades federativas que han adecuado su Código Penal con la finalidad de homologar el delito de violación a efecto de incorporar una nueva figura de víctima, abarcando los supuestos de que el ilícito se cometa contra cualquier pareja afectiva.

Los estados que ya reconocen esta figura y castigan estos actos son: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Guerrero, Michoacán, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

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