/ viernes 3 de julio de 2020

Buscan regular grado máximo de alcohol de bebidas embriagantes en Puebla

La reforma es impulsada por una diputada de Morena tras la muerte de 76 personas por consumir refino

Luego del fallecimiento de 76 personas que ingirieron alcohol adulterado en distintos puntos de la entidad, en el Congreso local se plantea regular las bebidas embriagantes permitiéndoles un máximo de 55 grados de alcohol para evitar daños en la salud.

La iniciativa de reforma es impulsada por la diputada de Morena, Paola Ruiz García, quien plantea modificar el artículo 3 y 8 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, la cual se encuentra en estudio de la Comisión de Salud.

La muerte de personas que ingirieron alcohol adulterado ocurrió en los municipios de Chiconcuautla, Chignahuapan, Xochitlán Todos Santos, Zacatlán y Huaquechula, así como en las juntas auxiliares de San Francisco Totimehuacan y San Miguel Canoa.

En caso de que la iniciativa sea aprobada en comisión y luego en la sesión ordinaria del Congreso del Estado, el artículo 3 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas quedaría de la siguiente manera:

“Para los efectos de esta ley, se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2% y hasta 55% en volumen. Cualquiera otra que contenga una proporción mayor no podrá comercializarse como bebida”.

En el artículo 8 de la ley solo se plantea cambiar el nombre de la Procuraduría General de Justicia del Estado (ya extinta), por la de Fiscalía General del Estado, quien en el desarrollo de sus facultades de investigación de delitos, podrá solicitar a los establecimientos la exhibición de las licencias o permisos para la venta y suministro de bebidas embriagantes.

En su propuesta, la diputada Paola Ruiz admite que la medida para regular las bebidas alcohólicas se debe al fallecimiento de personas ocurrido en mayo pasado, quienes consumieron “REFINO”, alcohol distribuido en diferentes puntos de la entidad.

La regulación ya se encuentra establecida en la Ley General de Salud en el artículo 217, el cual considera bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2 por ciento y hasta 55 por ciento en volumen.

Luego del fallecimiento de 76 personas que ingirieron alcohol adulterado en distintos puntos de la entidad, en el Congreso local se plantea regular las bebidas embriagantes permitiéndoles un máximo de 55 grados de alcohol para evitar daños en la salud.

La iniciativa de reforma es impulsada por la diputada de Morena, Paola Ruiz García, quien plantea modificar el artículo 3 y 8 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, la cual se encuentra en estudio de la Comisión de Salud.

La muerte de personas que ingirieron alcohol adulterado ocurrió en los municipios de Chiconcuautla, Chignahuapan, Xochitlán Todos Santos, Zacatlán y Huaquechula, así como en las juntas auxiliares de San Francisco Totimehuacan y San Miguel Canoa.

En caso de que la iniciativa sea aprobada en comisión y luego en la sesión ordinaria del Congreso del Estado, el artículo 3 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas quedaría de la siguiente manera:

“Para los efectos de esta ley, se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2% y hasta 55% en volumen. Cualquiera otra que contenga una proporción mayor no podrá comercializarse como bebida”.

En el artículo 8 de la ley solo se plantea cambiar el nombre de la Procuraduría General de Justicia del Estado (ya extinta), por la de Fiscalía General del Estado, quien en el desarrollo de sus facultades de investigación de delitos, podrá solicitar a los establecimientos la exhibición de las licencias o permisos para la venta y suministro de bebidas embriagantes.

En su propuesta, la diputada Paola Ruiz admite que la medida para regular las bebidas alcohólicas se debe al fallecimiento de personas ocurrido en mayo pasado, quienes consumieron “REFINO”, alcohol distribuido en diferentes puntos de la entidad.

La regulación ya se encuentra establecida en la Ley General de Salud en el artículo 217, el cual considera bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2 por ciento y hasta 55 por ciento en volumen.

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