/ domingo 6 de noviembre de 2022

Cárcel para quiénes difundan imágenes de feminicidios, propone Chidiac

La muerte y difusión de Ingrid Escamilla en la Ciudad de México puso el tema sobre la mesa para castigar a quiénes difundan imágenes de muertes de mujeres

Las personas que difundan información sobre las circunstancias de muerte de las mujeres, niñas, niños y adolescentes que expongan a las víctimas podrían pasar hasta 15 años de prisión si el Congreso de Puebla aprueba la reforma que presentó el coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Estefan Chidiac.

En la pasada sesión ordinaria, el presidente de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal propuso reformar el artículo 422 del Código Penal del Estado para sancionar a quienes divulguen imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres, parte de ellos o circunstancias de la muerte.

Ejemplificó que la denominada “Ley Ingrid” surgió a raíz de la difusión en redes sociales y medios de comunicación de las imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla de 25 años de edad que fue asesinada por su pareja Francisco N., el 8 de febrero del 2020. Recordó que la divulgación masiva del cuerpo de la mujer conmocionó a la sociedad que exigió a las autoridades detener las filtraciones del expediente.

Reconoció que ante el incremento de feminicidios también aumentan los desafíos para las autoridades con el fin de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, por ello, consideró urgente sancionar a quienes compartan material en materia de asesinatos para proteger la dignidad de las víctimas y sus familiares.

La reforma plantea imponer penas de cuatro a 10 años y multas de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS) al que por cualquier medio fotografié, reproduzca, entregue, comparta, revele, envié o difunda imágenes, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física, sexual, de cadáveres, parte de ellos o de las circunstancias de la muerte.

Las sanciones incrementarán hasta en una una mitad cuando se trate de las circunstancias de la muerte, las lesiones, el estado de salud de mujeres, niñas, niños o adolescentes. Esto significa que los implicados podrían pasar de seis a 15 años de prisión.

“Las sanciones previstas en el párrafo anterior se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando se trate de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o del estado de salud de mujeres, niños, niñas o adolescentes con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares”.

El documento también explicó que si el responsable del delito es servidor público además de recibir la pena correspondiente será destituido e inhabilitado definitivamente para desempeñar otro cargo, empleo o comisión en el servicio público.

La reforma fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis, en caso de ser aprobada será sometida al pleno.

Hay que mencionar que el pasado 26 de mayo, la coordinadora del Partido del Trabajo (PT), Nora Merino Escamilla, presentó una reforma para castigar hasta con 15 años de cárcel la filtración de información de investigaciones en casos de violencia física o sexual, cadáveres o circunstancias de la muerte dónde estén involucradas mujeres, adolescentes y menores de edad.

Hasta la publicación de este texto la propuesta de la legisladora emanada del PT no ha sido analizada en comisiones.

Las personas que difundan información sobre las circunstancias de muerte de las mujeres, niñas, niños y adolescentes que expongan a las víctimas podrían pasar hasta 15 años de prisión si el Congreso de Puebla aprueba la reforma que presentó el coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Estefan Chidiac.

En la pasada sesión ordinaria, el presidente de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal propuso reformar el artículo 422 del Código Penal del Estado para sancionar a quienes divulguen imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres, parte de ellos o circunstancias de la muerte.

Ejemplificó que la denominada “Ley Ingrid” surgió a raíz de la difusión en redes sociales y medios de comunicación de las imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla de 25 años de edad que fue asesinada por su pareja Francisco N., el 8 de febrero del 2020. Recordó que la divulgación masiva del cuerpo de la mujer conmocionó a la sociedad que exigió a las autoridades detener las filtraciones del expediente.

Reconoció que ante el incremento de feminicidios también aumentan los desafíos para las autoridades con el fin de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, por ello, consideró urgente sancionar a quienes compartan material en materia de asesinatos para proteger la dignidad de las víctimas y sus familiares.

La reforma plantea imponer penas de cuatro a 10 años y multas de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS) al que por cualquier medio fotografié, reproduzca, entregue, comparta, revele, envié o difunda imágenes, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física, sexual, de cadáveres, parte de ellos o de las circunstancias de la muerte.

Las sanciones incrementarán hasta en una una mitad cuando se trate de las circunstancias de la muerte, las lesiones, el estado de salud de mujeres, niñas, niños o adolescentes. Esto significa que los implicados podrían pasar de seis a 15 años de prisión.

“Las sanciones previstas en el párrafo anterior se incrementarán hasta en un cincuenta por ciento cuando se trate de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o del estado de salud de mujeres, niños, niñas o adolescentes con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares”.

El documento también explicó que si el responsable del delito es servidor público además de recibir la pena correspondiente será destituido e inhabilitado definitivamente para desempeñar otro cargo, empleo o comisión en el servicio público.

La reforma fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis, en caso de ser aprobada será sometida al pleno.

Hay que mencionar que el pasado 26 de mayo, la coordinadora del Partido del Trabajo (PT), Nora Merino Escamilla, presentó una reforma para castigar hasta con 15 años de cárcel la filtración de información de investigaciones en casos de violencia física o sexual, cadáveres o circunstancias de la muerte dónde estén involucradas mujeres, adolescentes y menores de edad.

Hasta la publicación de este texto la propuesta de la legisladora emanada del PT no ha sido analizada en comisiones.

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