/ martes 13 de agosto de 2019

Carece justicia de estándar penal para  juzgar a linchadores

Los asesinos multitudinarios son procesados de diferente manera, señala Comisión Nacional de Derechos Humanos

Si atentó contra la moral y las costumbres de una comunidad, si manifestó su religión o si intentó delinquir, son algunas de las variables que las autoridades toman en cuenta para castigar un linchamiento.

De acuerdo con el “Informe especial sobre los linchamientos en el territorio nacional”, que publicó en mayo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), nadie puede hacer justicia por sí mismo, ni ejercer violencia para reclamar sus derechos, pues esta acción está penada por las leyes mexicanas en su artículo 17 constitucional. No obstante, las personas que cometen un linchamiento son juzgadas de diferente manera, ya que se analizan varias cuestiones.

El informe de la CNDH ejemplificó con las cuestiones de juicio moral, es decir, todos los linchamientos que se dieron a causa de que la comunidad cree que la persona linchada atentó contra la moral y las costumbres predominantes en la sociedad; si el linchado manifestó su derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; o bien, cuando se cometió un delito, ya que para algunos pobladores la pena impuesta por el Estado no es justa.

Los linchamientos, pueden ser calificados como homicidio calificados, sin embargo, al ser frecuentemente por una multitud y no sólo por una persona, es más difícil que alguien levante una denuncia o que se compruebe quién fue el que inició el acto violento. En caso de identificar a un sólo culpable, tendría una pena de hasta 50 años.

De acuerdo con el artículo 295 no reformado del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, las penas en los linchamientos se aplicarán individualmente según su participación, a todos los que en el hecho intervinieron y únicamente podría aplicarse la pena de homicidio calificado, cuando el delincuente actuó solo.

Por su parte el departamento de Comunicación Social de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) dio a conocer que, si ocurre un linchamiento, la Fiscalía sólo intervine para tomar conocimiento del hecho, posteriormente inicia una carpeta de investigación y luego recaban indicios en el lugar.

Si atentó contra la moral y las costumbres de una comunidad, si manifestó su religión o si intentó delinquir, son algunas de las variables que las autoridades toman en cuenta para castigar un linchamiento.

De acuerdo con el “Informe especial sobre los linchamientos en el territorio nacional”, que publicó en mayo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), nadie puede hacer justicia por sí mismo, ni ejercer violencia para reclamar sus derechos, pues esta acción está penada por las leyes mexicanas en su artículo 17 constitucional. No obstante, las personas que cometen un linchamiento son juzgadas de diferente manera, ya que se analizan varias cuestiones.

El informe de la CNDH ejemplificó con las cuestiones de juicio moral, es decir, todos los linchamientos que se dieron a causa de que la comunidad cree que la persona linchada atentó contra la moral y las costumbres predominantes en la sociedad; si el linchado manifestó su derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; o bien, cuando se cometió un delito, ya que para algunos pobladores la pena impuesta por el Estado no es justa.

Los linchamientos, pueden ser calificados como homicidio calificados, sin embargo, al ser frecuentemente por una multitud y no sólo por una persona, es más difícil que alguien levante una denuncia o que se compruebe quién fue el que inició el acto violento. En caso de identificar a un sólo culpable, tendría una pena de hasta 50 años.

De acuerdo con el artículo 295 no reformado del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, las penas en los linchamientos se aplicarán individualmente según su participación, a todos los que en el hecho intervinieron y únicamente podría aplicarse la pena de homicidio calificado, cuando el delincuente actuó solo.

Por su parte el departamento de Comunicación Social de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) dio a conocer que, si ocurre un linchamiento, la Fiscalía sólo intervine para tomar conocimiento del hecho, posteriormente inicia una carpeta de investigación y luego recaban indicios en el lugar.

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