/ jueves 27 de junio de 2019

CEMEY, no incumple con la Ley de Educación del Estado

Presupuesto destinado a las escuelas es para cubrir pago de nómina del personal docente, administrativo, de apoyo y asistencia

El Centro Escolar Manuel Espinosa Yglesias (CEMEY) no incumple con la Ley de Educación del Estado de Puebla, al traspasar los pagos de servicio de luz, a los padres de familia, ya que existen mecanismos dentro de los Centros Escolares, que permiten alentar la colaboración de los tutores y contribuir en la mejora del equipamiento de la institución.

En respuesta a la solicitud de información con folio 00325818, la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla a través de la Subsecretaría de Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Materiales y la Unidad de Transparencia, explicó que el presupuesto destinado a las escuelas es únicamente para cubrir el pago de la nómina del personal docente, administrativo, de apoyo y asistencia a la educación.

Pero los demás gastos, los padres de los alumnos deben de solventarlos, ya que el Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia, establece la cooperación dentro de los centros escolares, como lo menciona el artículo 4 fracción III.

El artículo 4 dice lo siguiente: “Participar en la aplicación de las cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las asociaciones hagan al establecimiento escolar. Las aportaciones voluntarias de los padres de familia, son establecidas de acuerdo a las necesidades prioritarias de las instituciones educativas. Para ello, cada institución elabora un plan de trabajo denominado Proyecto de Necesidades, que es presentado al inicio de cada ciclo escolar para su aprobación ante la Asamblea de la Asociación de Padres de Familia de cada institución”.

En la solicitud de información, la dependencia detalló que los padres de familia al inicio de cursos deben de aprobar un “Proyecto de Necesidades", el cual es presentado por las Mesas Directivas; el texto, debe de especificar las aportaciones “voluntarias” y a que rubro se van a designar. Puede ser a la seguridad, actividades cívicas y culturales o las necesidades prioritarias como el pago de servicios para el funcionamiento del plantel educativo (luz, agua, teléfono, internet).

El Centro Escolar Manuel Espinosa Yglesias (CEMEY) no incumple con la Ley de Educación del Estado de Puebla, al traspasar los pagos de servicio de luz, a los padres de familia, ya que existen mecanismos dentro de los Centros Escolares, que permiten alentar la colaboración de los tutores y contribuir en la mejora del equipamiento de la institución.

En respuesta a la solicitud de información con folio 00325818, la Secretaría de Educación Pública del estado de Puebla a través de la Subsecretaría de Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Materiales y la Unidad de Transparencia, explicó que el presupuesto destinado a las escuelas es únicamente para cubrir el pago de la nómina del personal docente, administrativo, de apoyo y asistencia a la educación.

Pero los demás gastos, los padres de los alumnos deben de solventarlos, ya que el Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia, establece la cooperación dentro de los centros escolares, como lo menciona el artículo 4 fracción III.

El artículo 4 dice lo siguiente: “Participar en la aplicación de las cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las asociaciones hagan al establecimiento escolar. Las aportaciones voluntarias de los padres de familia, son establecidas de acuerdo a las necesidades prioritarias de las instituciones educativas. Para ello, cada institución elabora un plan de trabajo denominado Proyecto de Necesidades, que es presentado al inicio de cada ciclo escolar para su aprobación ante la Asamblea de la Asociación de Padres de Familia de cada institución”.

En la solicitud de información, la dependencia detalló que los padres de familia al inicio de cursos deben de aprobar un “Proyecto de Necesidades", el cual es presentado por las Mesas Directivas; el texto, debe de especificar las aportaciones “voluntarias” y a que rubro se van a designar. Puede ser a la seguridad, actividades cívicas y culturales o las necesidades prioritarias como el pago de servicios para el funcionamiento del plantel educativo (luz, agua, teléfono, internet).

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