/ miércoles 17 de julio de 2024

¿Cómo se puede adoptar a un niño, niña o adolescente en Puebla?

El solicitante de adopción no necesariamente tiene que ser una pareja ya que puede ser soltero, como integrantes de la comunidad diversa o adultos mayores

La adopción es el acto jurídico mediante el cual niños, niñas y adolescentes son integrados a una familia, con la que se crea un vínculo de parentesco. En Puebla, recientemente se realizaron modificaciones a la ley que ahora permiten agilizar este proceso a los interesados en acoger a un menor, así que si estás interesado en realizarlo a continuación te explicamos cómo.

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Para iniciar el procedimiento es necesario acudir a la Jefatura de adopciones del Sistema Municipal DIF, ubicada en Avenida San Francisco 2416, Jardines de San Manuel, en la capital poblana, en un horario de atención de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas, para recibir asesoría y acompañamiento.

¿Cuáles son los requisitos?

De acuerdo con la información disponible en la página web del SEDIF, los requisitos a cubrir son:

Un escrito de exposición de motivos, en el que se describan las razones por las que se desea adoptar.

Currículum vitae.

Copias certificadas actualizadas de las actas de nacimiento de los integrantes de la familia.

Acta de matrimonio o documento que acredite una relación de pareja distinta del matrimonio.

Copia certificada ante notario público de las identificaciones oficiales con fotografía de los solicitantes.

También un comprobante de domicilio a nombre de por lo menos uno de los solicitantes, certificado médico, exámenes toxicológicos, comprobante de ingresos, constancia laboral, constancia de no antecedentes penales, tres cartas de recomendación, una fotografía a color tamaño infantil, fotografías de su casa habitación, llenar y firmar un formulario de consentimiento para el tratamiento de datos personales sensibles.

Finalmente, los interesados deberán someterse a un estudio socio económico y a una valoración psicológica, además de aportar la documentación que el Sistema Estatal DIF considere necesario para preservar el interés superior de la niñez.

La documentación descrita es necesaria para obtener el certificado de idoneidad, que entrega el Consejo Técnico de Adopciones e indica que los solicitantes pueden pasar a formar parte de la lista de espera para adoptar a un menor, indicó Raul Ruiz Díaz de León, procurador de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

¿Cuanto dura el proceso?

Aunque no hay un plazo establecido para concretar un proceso de adopción, Raúl Ruíz Díaz de León expresó que el Consejo Técnico de Adopciones sólo sesiona cuatro veces al año, de tal forma que el periodo para obtener el certificado de idoneidad puede llevar al menos cuatro meses.

Expuso que en caso de obtener el certificado y pasar a la lista de espera, los solicitantes serán notificados cuando exista un menor en condiciones de ser adoptado e iniciará un proceso de convivencias en las instalaciones del DIF.

Se hace una valoración de quienes pudieran ser los padres adoptivos más idóneos conforme a sus características y a las de los niños, se hace una propuesta de tres familias para cada niño y la terna se somete a consideración del Consejo Técnico, después inician convivencias de un mes y pasadas esas convivencias, si se genera un vínculo afectivo continúan, si no hay un vínculo afectivo entre el niño y esa familia se tiene que dar paso a otra de esa misma terna”, detalló.

El procurador explicó que cuando se supera con éxito la primera etapa de convivencias se da paso a una segunda en la que los menores acuden a la casa de él o los solicitantes para convivir las 24 horas del día, bajo supervisión del DIF, ya que solo al final de este proceso se concretará el trámite de adopción.

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Finalmente, señaló que con las modificaciones a la ley que se aprobaron el año pasado; ya no es requisito para adoptar a un menor estar casado, dado que el solicitante incluso puede ser soltero; además, también es posible que los adultos mayores e integrantes de la comunidad diversa adopten.

La adopción es el acto jurídico mediante el cual niños, niñas y adolescentes son integrados a una familia, con la que se crea un vínculo de parentesco. En Puebla, recientemente se realizaron modificaciones a la ley que ahora permiten agilizar este proceso a los interesados en acoger a un menor, así que si estás interesado en realizarlo a continuación te explicamos cómo.

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Para iniciar el procedimiento es necesario acudir a la Jefatura de adopciones del Sistema Municipal DIF, ubicada en Avenida San Francisco 2416, Jardines de San Manuel, en la capital poblana, en un horario de atención de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas, para recibir asesoría y acompañamiento.

¿Cuáles son los requisitos?

De acuerdo con la información disponible en la página web del SEDIF, los requisitos a cubrir son:

Un escrito de exposición de motivos, en el que se describan las razones por las que se desea adoptar.

Currículum vitae.

Copias certificadas actualizadas de las actas de nacimiento de los integrantes de la familia.

Acta de matrimonio o documento que acredite una relación de pareja distinta del matrimonio.

Copia certificada ante notario público de las identificaciones oficiales con fotografía de los solicitantes.

También un comprobante de domicilio a nombre de por lo menos uno de los solicitantes, certificado médico, exámenes toxicológicos, comprobante de ingresos, constancia laboral, constancia de no antecedentes penales, tres cartas de recomendación, una fotografía a color tamaño infantil, fotografías de su casa habitación, llenar y firmar un formulario de consentimiento para el tratamiento de datos personales sensibles.

Finalmente, los interesados deberán someterse a un estudio socio económico y a una valoración psicológica, además de aportar la documentación que el Sistema Estatal DIF considere necesario para preservar el interés superior de la niñez.

La documentación descrita es necesaria para obtener el certificado de idoneidad, que entrega el Consejo Técnico de Adopciones e indica que los solicitantes pueden pasar a formar parte de la lista de espera para adoptar a un menor, indicó Raul Ruiz Díaz de León, procurador de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

¿Cuanto dura el proceso?

Aunque no hay un plazo establecido para concretar un proceso de adopción, Raúl Ruíz Díaz de León expresó que el Consejo Técnico de Adopciones sólo sesiona cuatro veces al año, de tal forma que el periodo para obtener el certificado de idoneidad puede llevar al menos cuatro meses.

Expuso que en caso de obtener el certificado y pasar a la lista de espera, los solicitantes serán notificados cuando exista un menor en condiciones de ser adoptado e iniciará un proceso de convivencias en las instalaciones del DIF.

Se hace una valoración de quienes pudieran ser los padres adoptivos más idóneos conforme a sus características y a las de los niños, se hace una propuesta de tres familias para cada niño y la terna se somete a consideración del Consejo Técnico, después inician convivencias de un mes y pasadas esas convivencias, si se genera un vínculo afectivo continúan, si no hay un vínculo afectivo entre el niño y esa familia se tiene que dar paso a otra de esa misma terna”, detalló.

El procurador explicó que cuando se supera con éxito la primera etapa de convivencias se da paso a una segunda en la que los menores acuden a la casa de él o los solicitantes para convivir las 24 horas del día, bajo supervisión del DIF, ya que solo al final de este proceso se concretará el trámite de adopción.

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Finalmente, señaló que con las modificaciones a la ley que se aprobaron el año pasado; ya no es requisito para adoptar a un menor estar casado, dado que el solicitante incluso puede ser soltero; además, también es posible que los adultos mayores e integrantes de la comunidad diversa adopten.

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