/ lunes 2 de noviembre de 2020

¿Cómo solicito un crédito de la Secretaría de Economía para mi microempresa?

Este programa cuenta con una tasa de interés ordinario y moratorio del 10 por ciento anual y del 18 por ciento, respectivamente

Otro de los sectores también afectados por la emergencia sanitaria de Covid-19 es el que conforman las microempresas, pues pese a que cuentan con una plantilla de empleados reducida los sueldos, prestaciones y gastos en general no dejan de ser parecidos a los de una de mayor extensión.

Ante esta necesidad, tu puedes solicitar el apoyo que ofrece la Secretaría de Economía del estado a través del Programa Emergente de Reactivación Economía y con el que podrás acceder de 25 mil hasta 120 mil pesos para fortalecer tu negocio y continuar dando empleo a tus integrantes.

Cabe destacar que este programa cuenta con una tasa de interés ordinario y moratorio del 10 por ciento anual y del 18 por ciento, respectivamente, su plazo es de hasta 36 meses y los pagos se empiezan a solventar hasta el cuarto mes.

¿Quiénes pueden participar?

Todas aquellas empresas legalmente constituidas, personas morales, quien cotiza ante el Seguro Social, negocios con al menos 10 empleados y cuyas ventas anuales son menores al millón de pesos, así como los sectores del comercio al por menor, de servicios de hospedaje, las dedicadas a la preparación de alimentos y bebidas o las industrias manufactureras.

¿Qué necesito?

LEE MÁS: ¿Qué pasa con las deudas de un fallecido?

  • Copia del acta constitutiva (con modificaciones y copia de las Actas de Asamblea protocolizadas e inscritas en el Registro Público de la Propiedad y el comercio)
  • Cédula de determinación de cuotas obrero patronales, aportaciones y amortizaciones del IMSS o el contrato de outsourcing que acredite a tus empleados.
  • Tener mínimo 8 meses de operación comprobables
  • Escrito libre con solicitud de financiamiento de la empresa
  • Copia de identificación oficial y vigente
  • Constancia de Situación Fiscal (no mayor a 3 meses)
  • CURP
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 2 meses)
  • Declaración anual normal del ISR de 2019 o el pago bimestral del mismo
  • Reporte de Buró de Crédito (no mayor a 3 meses y que acredite que no existen antecedentes negativos graves)
  • El formato de solicitud de crédito debidamente llenado

CONOCE MÁS: Mata a su esposa y luego se pega un tiro en el fin de semana de Día de Muertos

¿Qué necesita mi Aval?

Para persona moral:

  • Copia del acta constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
  • Constancia de situación fiscal (no mayor a tres meses)
  • Copia del comprobante del domicilio fiscal de la empresa (no mayor a tres meses)
  • Copia del poder notarial, identificación oficial, comprobante de domicilio, RFC y CURP del apoderado legal

Para persona física:

  • Copia de identificación oficial
  • Constancia de situación fiscal (no mayor a tres meses)
  • CURP, comprobante de domicilio y acta de matrimonio, en caso de ser necesario

Otro de los sectores también afectados por la emergencia sanitaria de Covid-19 es el que conforman las microempresas, pues pese a que cuentan con una plantilla de empleados reducida los sueldos, prestaciones y gastos en general no dejan de ser parecidos a los de una de mayor extensión.

Ante esta necesidad, tu puedes solicitar el apoyo que ofrece la Secretaría de Economía del estado a través del Programa Emergente de Reactivación Economía y con el que podrás acceder de 25 mil hasta 120 mil pesos para fortalecer tu negocio y continuar dando empleo a tus integrantes.

Cabe destacar que este programa cuenta con una tasa de interés ordinario y moratorio del 10 por ciento anual y del 18 por ciento, respectivamente, su plazo es de hasta 36 meses y los pagos se empiezan a solventar hasta el cuarto mes.

¿Quiénes pueden participar?

Todas aquellas empresas legalmente constituidas, personas morales, quien cotiza ante el Seguro Social, negocios con al menos 10 empleados y cuyas ventas anuales son menores al millón de pesos, así como los sectores del comercio al por menor, de servicios de hospedaje, las dedicadas a la preparación de alimentos y bebidas o las industrias manufactureras.

¿Qué necesito?

LEE MÁS: ¿Qué pasa con las deudas de un fallecido?

  • Copia del acta constitutiva (con modificaciones y copia de las Actas de Asamblea protocolizadas e inscritas en el Registro Público de la Propiedad y el comercio)
  • Cédula de determinación de cuotas obrero patronales, aportaciones y amortizaciones del IMSS o el contrato de outsourcing que acredite a tus empleados.
  • Tener mínimo 8 meses de operación comprobables
  • Escrito libre con solicitud de financiamiento de la empresa
  • Copia de identificación oficial y vigente
  • Constancia de Situación Fiscal (no mayor a 3 meses)
  • CURP
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 2 meses)
  • Declaración anual normal del ISR de 2019 o el pago bimestral del mismo
  • Reporte de Buró de Crédito (no mayor a 3 meses y que acredite que no existen antecedentes negativos graves)
  • El formato de solicitud de crédito debidamente llenado

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¿Qué necesita mi Aval?

Para persona moral:

  • Copia del acta constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio
  • Constancia de situación fiscal (no mayor a tres meses)
  • Copia del comprobante del domicilio fiscal de la empresa (no mayor a tres meses)
  • Copia del poder notarial, identificación oficial, comprobante de domicilio, RFC y CURP del apoderado legal

Para persona física:

  • Copia de identificación oficial
  • Constancia de situación fiscal (no mayor a tres meses)
  • CURP, comprobante de domicilio y acta de matrimonio, en caso de ser necesario

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