/ viernes 1 de octubre de 2021

Confirma TEEP triunfo del PT en Coyomeapan y del PRI en Tzicatlacoyan

El tribunal también avaló la constancia de mayoría emitida por el IEE a favor de los candidatos

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) confirmó la declaración de validez de la elección de los ayuntamientos de Coyomeapan y Tzicatlacoyan, así como la constancia de mayoría emitida por el IEE a favor del candidato del PT, Rodolfo García López, y del PRI, Marco Polo Rodríguez Muñoz, respectivamente.

Al resolver los recursos de inconformidad TEEP-I-055/2021, TEEP-I-056/2021 y TEEP-I-057/2021 promovidos por el PRI y el PAN, el tribunal local declaró improcedente la solicitud del tricolor para el recuento total de la elección municipal.

“Por cuanto hace al resto de los agravios se propone declararlos infundados e inoperantes dado que, respecto de la solicitud de nulidad de la elección por la presunta vulneración a principios constitucionales en las que se menciona la ilegalidad del cómputo supletorio, no le asiste la razón al actor”, determinó.

Así declaró porque contrario a lo que sostuvo el PRI, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) sí tiene atribuciones para atraer el cómputo municipal de la elección de Coyomeapan, debido a que lo solicitaron los integrantes del Consejo Municipal ante la falta de condiciones de seguridad.

Respecto a la presunta omisión de resguardar y custodiar los paquetes electorales, el TEEP determinó que no le asiste la razón al PRI, pues si bien es un hecho público la inexistencia de estos, lo cierto es que el IEE realizó acciones para el resguardo, pero por cuestiones ajenas a su actuar fue imposible recuperar la paquetería electoral, procediendo a reconstruir el cómputo mediante la reposición de la documentación que tenía en sus manos y de los partidos políticos.

“Se estima que el procedimiento de cotejo partiendo de la documentación existente y de la buena fe de las autoridades administrativas electorales fue correcta, dado que las actas presentadas por los partidos políticos guardaron proporción entre sí, máxime que no existe prueba en contrario”, resolvió.

En su impugnación, el tricolor también expuso que el Partido Verde utilizó “influencers” como estrategia propagandística, sin embargo, el TEEP declaró que esas manifestaciones son genéricas e imprecisas que no acreditan la presunta afectación a los principios de equidad en la elección de Coyomeapan.

Tampoco procedió la nulidad de siete casillas, ni le dieron la razón al PRI respecto a que ciudadanos votaron sin credencial, que se ejerció presión en el electorado, existió dolo y error en el cómputo de los votos y que hubo irregularidades graves.

En el municipio de Coyomeapan existe inconformidad de la ciudadanía porque aseguran que desde hace más de 10 años una familia se mantiene en la presidencia municipal y ahora se pretende imponer a Rodolfo García como presidente municipal, quien es cuñado del actual alcalde David Celestino Rosas.

CONFIRMA TRIUNFO DEL PRI EN TZICATLACOYAN

En cuanto a Tzicatlacoyan, el tribunal confirmó el cómputo realizado por el IEE, la entrega de la constancia de mayoría y la validez de elección a favor de la planilla que encabeza el candidato común del PAN, PRI y PRD, Marco Polo Rodríguez.

La elección fue impugnada por Morena y su candidato Pedro Romero Coriche, al señalar que en la jornada del 6 de junio votaron personas de otros municipios y que militantes del PRI ejercieron coacción del voto y acarreo, lo que se tradujo en irregularidades graves, sin embargo, estos señalamientos no procedieron.

El tribunal local también declaró infundado el agravio expuesto por Morena respecto a que Marco Polo Rodríguez rebasó el tope de gastos de campaña, sin embargo, el partido no aprobó datos probatorios y al revisar el dictamen consolidado de fiscalización del INE, se detectó que el rebase no existió.

Es importante mencionar que las resoluciones del TEEP pueden ser combatidas ante la Sala Regional Ciudad de México o la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que tiene la última palabra en la materia y que deberá resolver las impugnaciones que se presenten, antes del 15 de octubre cuando rinden protesta los presidentes municipales electos.

En la sesión pública de este viernes 1 de octubre, el tribunal resolvió los recursos de inconformidad como ordenó la Sala Regional del TEPJF el 25 de septiembre.



El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) confirmó la declaración de validez de la elección de los ayuntamientos de Coyomeapan y Tzicatlacoyan, así como la constancia de mayoría emitida por el IEE a favor del candidato del PT, Rodolfo García López, y del PRI, Marco Polo Rodríguez Muñoz, respectivamente.

Al resolver los recursos de inconformidad TEEP-I-055/2021, TEEP-I-056/2021 y TEEP-I-057/2021 promovidos por el PRI y el PAN, el tribunal local declaró improcedente la solicitud del tricolor para el recuento total de la elección municipal.

“Por cuanto hace al resto de los agravios se propone declararlos infundados e inoperantes dado que, respecto de la solicitud de nulidad de la elección por la presunta vulneración a principios constitucionales en las que se menciona la ilegalidad del cómputo supletorio, no le asiste la razón al actor”, determinó.

Así declaró porque contrario a lo que sostuvo el PRI, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) sí tiene atribuciones para atraer el cómputo municipal de la elección de Coyomeapan, debido a que lo solicitaron los integrantes del Consejo Municipal ante la falta de condiciones de seguridad.

Respecto a la presunta omisión de resguardar y custodiar los paquetes electorales, el TEEP determinó que no le asiste la razón al PRI, pues si bien es un hecho público la inexistencia de estos, lo cierto es que el IEE realizó acciones para el resguardo, pero por cuestiones ajenas a su actuar fue imposible recuperar la paquetería electoral, procediendo a reconstruir el cómputo mediante la reposición de la documentación que tenía en sus manos y de los partidos políticos.

“Se estima que el procedimiento de cotejo partiendo de la documentación existente y de la buena fe de las autoridades administrativas electorales fue correcta, dado que las actas presentadas por los partidos políticos guardaron proporción entre sí, máxime que no existe prueba en contrario”, resolvió.

En su impugnación, el tricolor también expuso que el Partido Verde utilizó “influencers” como estrategia propagandística, sin embargo, el TEEP declaró que esas manifestaciones son genéricas e imprecisas que no acreditan la presunta afectación a los principios de equidad en la elección de Coyomeapan.

Tampoco procedió la nulidad de siete casillas, ni le dieron la razón al PRI respecto a que ciudadanos votaron sin credencial, que se ejerció presión en el electorado, existió dolo y error en el cómputo de los votos y que hubo irregularidades graves.

En el municipio de Coyomeapan existe inconformidad de la ciudadanía porque aseguran que desde hace más de 10 años una familia se mantiene en la presidencia municipal y ahora se pretende imponer a Rodolfo García como presidente municipal, quien es cuñado del actual alcalde David Celestino Rosas.

CONFIRMA TRIUNFO DEL PRI EN TZICATLACOYAN

En cuanto a Tzicatlacoyan, el tribunal confirmó el cómputo realizado por el IEE, la entrega de la constancia de mayoría y la validez de elección a favor de la planilla que encabeza el candidato común del PAN, PRI y PRD, Marco Polo Rodríguez.

La elección fue impugnada por Morena y su candidato Pedro Romero Coriche, al señalar que en la jornada del 6 de junio votaron personas de otros municipios y que militantes del PRI ejercieron coacción del voto y acarreo, lo que se tradujo en irregularidades graves, sin embargo, estos señalamientos no procedieron.

El tribunal local también declaró infundado el agravio expuesto por Morena respecto a que Marco Polo Rodríguez rebasó el tope de gastos de campaña, sin embargo, el partido no aprobó datos probatorios y al revisar el dictamen consolidado de fiscalización del INE, se detectó que el rebase no existió.

Es importante mencionar que las resoluciones del TEEP pueden ser combatidas ante la Sala Regional Ciudad de México o la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que tiene la última palabra en la materia y que deberá resolver las impugnaciones que se presenten, antes del 15 de octubre cuando rinden protesta los presidentes municipales electos.

En la sesión pública de este viernes 1 de octubre, el tribunal resolvió los recursos de inconformidad como ordenó la Sala Regional del TEPJF el 25 de septiembre.



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