/ jueves 1 de julio de 2021

Confirma TEPJF que Claudia Rivera incurrió en campaña anticipada

El hecho se acreditó en 12 videos

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este jueves que la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco incurrió en actos anticipados de campaña.

En sesión pública, los magistrados ratificaron la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y confirmaron que la ex candidata de Morena y PT a la presidencia municipal incurrió en campaña anticipada y promoción personalizada, pero esto solo se acreditó en 12 videos.

En 18 publicaciones más, aunque aparece, no lo hace preponderantemente. Otra publicación denunciada es una nota periodística que tiene una presunción de legitimidad que no está desvirtuada, por lo que en estos casos, la Sala Regional declaró que no se acreditó la infracción por campaña anticipada.

Calificó de infundado el agravio de Rivera, quien expuso que no se acreditó el elemento temporal porque las publicaciones fueron elaboradas y difundidas previo a las campañas, así como falta de análisis del impacto y trascendencia de las mismas, pues el tribunal local sí lo analizó en la sentencia impugnada.

“Se califican como infundados el agravio relativo a la indebida utilización de equivalentes funcionales para acreditar los actos anticipados de campaña, pues como se razona, dichos equivalentes permiten garantizar la eficacia, constitucional y legalidad del modelo de comunicación política respecto de manifestaciones que sin ser llamamientos expresos al voto resultan equiparables en sus objetivos”, resolvió por unanimidad de votos.

Aunque la Sala Regional Ciudad de México modificó la sentencia controvertida por Claudia Rivera, confirmó la amonestación pública que le impuso el TEEP.

DESECHA DEMANDAS

Por otra parte, desechó por extemporánea la demanda presentada por el ex candidato a la presidencia municipal de Puebla por Movimiento Ciudadano, Edgar Yamil Yitani Ortega, en contra de la candidatura de Rivera Vivanco.

Asimismo, desechó los juicios de Fuerza por México contra la elección de diputados federales de los distritos 3 de Teziutlán y 9 de Puebla; de los distritos 11 y 14, impugnados por Morena y Encuentro Solidario, respectivamente.

Rechazó los juicios de aspirantes a candidatos de Morena y el PAN a las presidencias municipales de Francisco Z. Mena y Tehuacán, respectivamente, toda vez que los actos que reclaman ya se consumaron de manera irreparable.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este jueves que la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco incurrió en actos anticipados de campaña.

En sesión pública, los magistrados ratificaron la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y confirmaron que la ex candidata de Morena y PT a la presidencia municipal incurrió en campaña anticipada y promoción personalizada, pero esto solo se acreditó en 12 videos.

En 18 publicaciones más, aunque aparece, no lo hace preponderantemente. Otra publicación denunciada es una nota periodística que tiene una presunción de legitimidad que no está desvirtuada, por lo que en estos casos, la Sala Regional declaró que no se acreditó la infracción por campaña anticipada.

Calificó de infundado el agravio de Rivera, quien expuso que no se acreditó el elemento temporal porque las publicaciones fueron elaboradas y difundidas previo a las campañas, así como falta de análisis del impacto y trascendencia de las mismas, pues el tribunal local sí lo analizó en la sentencia impugnada.

“Se califican como infundados el agravio relativo a la indebida utilización de equivalentes funcionales para acreditar los actos anticipados de campaña, pues como se razona, dichos equivalentes permiten garantizar la eficacia, constitucional y legalidad del modelo de comunicación política respecto de manifestaciones que sin ser llamamientos expresos al voto resultan equiparables en sus objetivos”, resolvió por unanimidad de votos.

Aunque la Sala Regional Ciudad de México modificó la sentencia controvertida por Claudia Rivera, confirmó la amonestación pública que le impuso el TEEP.

DESECHA DEMANDAS

Por otra parte, desechó por extemporánea la demanda presentada por el ex candidato a la presidencia municipal de Puebla por Movimiento Ciudadano, Edgar Yamil Yitani Ortega, en contra de la candidatura de Rivera Vivanco.

Asimismo, desechó los juicios de Fuerza por México contra la elección de diputados federales de los distritos 3 de Teziutlán y 9 de Puebla; de los distritos 11 y 14, impugnados por Morena y Encuentro Solidario, respectivamente.

Rechazó los juicios de aspirantes a candidatos de Morena y el PAN a las presidencias municipales de Francisco Z. Mena y Tehuacán, respectivamente, toda vez que los actos que reclaman ya se consumaron de manera irreparable.

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