La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco incurrió en promoción personalizada como aspirante a precandidata de Morena a la reelección en el ayuntamiento capitalino.
En sesión pública de este jueves, los magistrados ratificaron por unanimidad de votos la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que el 28 de abril determinó que la alcaldesa incurrió en promoción personalizada.
Al resolver el juicio electoral SCM-JE-68/2021, la Sala Regional declaró infundados los agravios expuestos por Rivera Vivanco, pues contrario a lo que sostuvo la munícipe, sí se acreditaron los elementos que constituyen promoción personalizada, ya que la mesa de trabajo o rueda de prensa que el tribunal local analizó para determinar la existencia de la infracción, más allá de un discurso informativo, amparado en la libertad de expresión e información, contenía expresiones y manifestaciones que revelaban una intención de asociarla con el trabajo gubernamental realizado y de presentarlo como una serie de logros.
“Dirigido a la plataforma electoral que en dicha mesa de trabajo presentó en favor de su persona. En este sentido, como lo sostuvo el tribunal local se sostiene que lo expresado en la citada mesa evidenció un posicionamiento por parte de la actora en su carácter de presidenta municipal para destacar las cualidades como servidora pública y las personales de cara a un proceso electivo interno”, resolvió.
Para la Sala Regional Ciudad de México, es claro que Rivera Vivanco utilizó su posición para dar a conocer una plataforma política, dirigida no solo a la militancia de Morena como parte del proceso de selección de la candidatura, sino también a la sociedad del municipio de Puebla, por lo cual confirmó la resolución impugnada.
La presidenta municipal aún puede impugnar la sentencia de la Sala Regional y acudir a la Sala Superior, instancia que tiene la última palabra en materia electoral.
En su momento, el tribunal local ordenó dar vista de la sentencia al Órgano Interno de Control del municipio de Puebla, para que, en caso de ser procedentes, iniciara los procedimientos administrativos que en derecho correspondan. Además, ordenó al Instituto Electoral del Estado que realizara las investigaciones y de ser el caso iniciara los procedimientos sancionadores en contra de Magaly Herrera López, coordinadora general de Comunicación Social del ayuntamiento, por su supuesta participación y asistencia a la rueda de prensa, al señalar que es la encargada de velar por el buen uso de los medios de comunicación social de la Comuna.