El gobernador Miguel Barbosa delegó a los titulares de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Administración la firma de escrituras públicas, así como los actos jurídicos previos y preparatorios de éstas, expone un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado.
La representación de los titulares para esta firma se aplicará cuando las escrituras impliquen operaciones contractuales relativas al traslado de dominio de bienes inmuebles o la adquisición o enajenación de otros derechos reales, así como la cancelación de reservas de dominio en las que deba intervenir el Titular del Poder Ejecutivo.
El acuerdo detalla que para poder proceder con estas firmas cada que se requieran estos actos, será requisito indispensable que la Consejería Jurídica designe a un notario que deba dar fe del mismo y que autorice la respectiva carta de autorización, así como autorización de la Secretaría de Planeación y Finanzas, así como contar con una opinión favorable de la Secretaría de la Función Pública.
“La Secretaría de Administración, a través de la Dirección de Bienes Muebles e Inmuebles, será la responsable de cumplir con las disposiciones aplicables relativas a la integración de los expedientes que sustenten la regularización jurídica de los proyectos que se remitan a revisión y firma correspondiente, así como de los documentos y demás elementos o trámites que correspondan al Estado y sean requeridos para poder formalizar las escrituras respectivas”, detalla.
Los transitorios del acuerdo exponen que, antes del mismo, estaban facultados para realizar estas firmas los titulares de la Secretaría General de Gobierno, Finanzas, Administración, la Contraloría y por el secretario del ramo que refiera el asunto.
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