/ domingo 13 de febrero de 2022

Desde el Senado piden Ley de Amnistía para Puebla

La ley no aplica para delitos como homicidio, secuestro, los cometidos con arma de fuego, reincidentes o aquellos que ameriten prisión preventiva y oficiosa

La senadora Nestora Salgado García solicitó al Congreso de Puebla expedir la Ley de Amnistía para liberar a las personas contra quienes se haya ejercitado acción penal por los delitos de aborto, cultivo de marihuana, robo simple y sin violencia o por sedición.

El punto de acuerdo está en análisis de la Comisión de Gobernación del Senado, en el cual se exhorta a 26 congresos, entre ellos el de Puebla, a expedir la ley publicada el 22 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, pero que a la fecha no se ha armonizado en la legislación local, pese a que en junio de ese año se presentó una iniciativa en la materia.

La Ley de Amnistía promovida por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, permitirá decretar la amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, procesadas o que se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales de orden federal para los delitos de aborto, producción, transportación, tráfico, comercialización, introducción, extracción y posesión de narcóticos.

Por el cultivo de marihuana, amapola, hongos alucinógenos, peyote o cualquier otro vegetal que produzca efectos similares, siempre y cuando las personas que hayan cometido estos delitos se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, o bien hayan sido obligadas por su cónyuge, familiares y la delincuencia organizada.

Por cualquier delito que hayan cometido indígenas que durante su proceso no hubieran tenido intérpretes o defensores con conocimiento de su lengua y cultura; por robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años, así como por sedición (levantamiento contra un gobierno con el fin de derrocarlo).

La ley no aplica para delitos como homicidio, secuestro, los cometidos con arma de fuego, reincidentes o aquellos que ameriten prisión preventiva y oficiosa, pues solo contempla la posibilidad de liberar a personas que hayan cometido delitos menores y sin violencia.

El exhorto de Nestora Salgado señala que el encarcelamiento genera condiciones para el contagio de Covid-19 y estas se agravan cuando existe hacinamiento, falta de agua e higiene. Además, destaca que en México hay 220.5 mil personas privadas de la libertad y el 40 por ciento de las cárceles tienen una sobrepoblación de 3 mil 999 internos.

En el estado de Puebla el aborto se castiga con prisión de seis meses a un año y por eso en la anterior legislatura se presentaron iniciativas para permitir la Interrupción Legal del Embarazo y que las instituciones de salud la realicen. Sin embargo, el Congreso no ha avanzado en la discusión y mantiene las propuestas en la congeladora legislativa.

La senadora Nestora Salgado García solicitó al Congreso de Puebla expedir la Ley de Amnistía para liberar a las personas contra quienes se haya ejercitado acción penal por los delitos de aborto, cultivo de marihuana, robo simple y sin violencia o por sedición.

El punto de acuerdo está en análisis de la Comisión de Gobernación del Senado, en el cual se exhorta a 26 congresos, entre ellos el de Puebla, a expedir la ley publicada el 22 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, pero que a la fecha no se ha armonizado en la legislación local, pese a que en junio de ese año se presentó una iniciativa en la materia.

La Ley de Amnistía promovida por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, permitirá decretar la amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, procesadas o que se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales de orden federal para los delitos de aborto, producción, transportación, tráfico, comercialización, introducción, extracción y posesión de narcóticos.

Por el cultivo de marihuana, amapola, hongos alucinógenos, peyote o cualquier otro vegetal que produzca efectos similares, siempre y cuando las personas que hayan cometido estos delitos se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, o bien hayan sido obligadas por su cónyuge, familiares y la delincuencia organizada.

Por cualquier delito que hayan cometido indígenas que durante su proceso no hubieran tenido intérpretes o defensores con conocimiento de su lengua y cultura; por robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años, así como por sedición (levantamiento contra un gobierno con el fin de derrocarlo).

La ley no aplica para delitos como homicidio, secuestro, los cometidos con arma de fuego, reincidentes o aquellos que ameriten prisión preventiva y oficiosa, pues solo contempla la posibilidad de liberar a personas que hayan cometido delitos menores y sin violencia.

El exhorto de Nestora Salgado señala que el encarcelamiento genera condiciones para el contagio de Covid-19 y estas se agravan cuando existe hacinamiento, falta de agua e higiene. Además, destaca que en México hay 220.5 mil personas privadas de la libertad y el 40 por ciento de las cárceles tienen una sobrepoblación de 3 mil 999 internos.

En el estado de Puebla el aborto se castiga con prisión de seis meses a un año y por eso en la anterior legislatura se presentaron iniciativas para permitir la Interrupción Legal del Embarazo y que las instituciones de salud la realicen. Sin embargo, el Congreso no ha avanzado en la discusión y mantiene las propuestas en la congeladora legislativa.

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