/ viernes 9 de agosto de 2019

Detecta Derechos Humanos deficiencias en Ministerios Públicos en Puebla

Detenidos no tienen acceso inmediato a un abogado

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) detectó factores de riesgo en tres agencias del Ministerio Público en Puebla durante la detención o estancia de personas, pues no cuentan con una línea telefónica, acceso inmediato a un abogado, ni privacidad en la entrevista y examen médico.

Así lo refleja el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura que el organismo nacional elaboró después de hacer visitas al Complejo Metropolitano de Seguridad Pública, Casa de Justicia de San Andrés Cholula y la delegación de la Fiscalía General de la República, durante enero, febrero y marzo de 2019 y preguntar a detenidos si tenían acceso a los cuatro siguientes derechos:

Que se notifique a terceros sobre su custodia policial, acceder a un abogado, que se le realice un examen médico dentro de las 12 horas de su detención y recibir información sobre sus derechos.

El resultado de la supervisión que hizo la CNDH fue que estos tres ministerios públicos en Puebla no cuentan con línea telefónica, registro de llamada, acceso inmediato a un abogado, no hay abogado defensor las 24 horas y todos los días del año. Las personas detenidas tampoco tienen privacidad al momento del examen médico, no se informa del resultado médico al abogado o familiar, además en estos centros de detención se detectaron signos de posible tortura o maltrato.

También hay carencia en la capacitación del personal médico en el Protocolo de Estambul, ya que el trabajador, al ser el primer contacto con la persona detenida, les permite detectar de forma oportuna hallazgos de posible tortura para que quede sustentado en el dictamen médico.

El informe detalló que ocho de 15 entrevistados dijeron que pudieron hacer una llamada una vez que ingresaron a la agencia, nueve aseguraron que se les nombró abogado de manera inmediata, seis dijeron que no tuvieron condiciones de privacidad, además diez de los 15 entrevistados aseguraron que junto a su defensor tuvieron acceso a la carpeta de investigación.

A once de ellos se les practicó revisión médica, examen médico o certificado psicofísico, nueve de los detenidos dijeron que la revisión fue en presencia de agentes policiacos o algún otro funcionario.

De las autoridades entrevistadas durante 100 visitas de la CNDH, en el 99 de los casos señalaron que sí informan a las personas imputadas sobre sus derechos y los medios que disponen para ejercerlos, pero en el caso de San Andrés Cholula se informa solo cuando son llevados a la Fiscalía.

Diez de 15 entrevistados afirmaron que las autoridades les hicieron saber los derechos y obligaciones que tienen durante su estancia en la agencia ministerial, a once de ellos se les informó el motivo de su detención y siete dijeron que se les avisó acerca de quién o quiénes los acusan.

A la mayoría de las personas en custodia se les informó del presunto delito, que tienen derecho a guardar silencio y que pueden declarar en cualquier etapa del procedimiento.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) detectó factores de riesgo en tres agencias del Ministerio Público en Puebla durante la detención o estancia de personas, pues no cuentan con una línea telefónica, acceso inmediato a un abogado, ni privacidad en la entrevista y examen médico.

Así lo refleja el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura que el organismo nacional elaboró después de hacer visitas al Complejo Metropolitano de Seguridad Pública, Casa de Justicia de San Andrés Cholula y la delegación de la Fiscalía General de la República, durante enero, febrero y marzo de 2019 y preguntar a detenidos si tenían acceso a los cuatro siguientes derechos:

Que se notifique a terceros sobre su custodia policial, acceder a un abogado, que se le realice un examen médico dentro de las 12 horas de su detención y recibir información sobre sus derechos.

El resultado de la supervisión que hizo la CNDH fue que estos tres ministerios públicos en Puebla no cuentan con línea telefónica, registro de llamada, acceso inmediato a un abogado, no hay abogado defensor las 24 horas y todos los días del año. Las personas detenidas tampoco tienen privacidad al momento del examen médico, no se informa del resultado médico al abogado o familiar, además en estos centros de detención se detectaron signos de posible tortura o maltrato.

También hay carencia en la capacitación del personal médico en el Protocolo de Estambul, ya que el trabajador, al ser el primer contacto con la persona detenida, les permite detectar de forma oportuna hallazgos de posible tortura para que quede sustentado en el dictamen médico.

El informe detalló que ocho de 15 entrevistados dijeron que pudieron hacer una llamada una vez que ingresaron a la agencia, nueve aseguraron que se les nombró abogado de manera inmediata, seis dijeron que no tuvieron condiciones de privacidad, además diez de los 15 entrevistados aseguraron que junto a su defensor tuvieron acceso a la carpeta de investigación.

A once de ellos se les practicó revisión médica, examen médico o certificado psicofísico, nueve de los detenidos dijeron que la revisión fue en presencia de agentes policiacos o algún otro funcionario.

De las autoridades entrevistadas durante 100 visitas de la CNDH, en el 99 de los casos señalaron que sí informan a las personas imputadas sobre sus derechos y los medios que disponen para ejercerlos, pero en el caso de San Andrés Cholula se informa solo cuando son llevados a la Fiscalía.

Diez de 15 entrevistados afirmaron que las autoridades les hicieron saber los derechos y obligaciones que tienen durante su estancia en la agencia ministerial, a once de ellos se les informó el motivo de su detención y siete dijeron que se les avisó acerca de quién o quiénes los acusan.

A la mayoría de las personas en custodia se les informó del presunto delito, que tienen derecho a guardar silencio y que pueden declarar en cualquier etapa del procedimiento.

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