Puebla, junto con otros siete estados de la República mantiene las penalidades más altas por aborto, al establecer prisión de uno a cinco años y no contemplar otros castigos como la multa económica o trabajo comunitario, de acuerdo con un estudio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
La organización realizó un recuento de las penas que se aplican en los estados para castigar el aborto y además de la que eventualmente se aplica a la madre, también se prevén para el personal que otorga el servicio de salud, a éste se le aplican de uno a tres años de prisión y la suspensión profesional de dos a cinco años.
El documento establece que en Puebla de 2007 a 2016, se reportaron 55 denuncias por el delito de aborto en fiscalía y procuraduría, se enfrentaron 37 juicios penales por esta causa y se emitieron 13 sentencias como parte de los procesos iniciados.
Los datos obtenidos por GIRE, señalan que en el estado de Puebla, de acuerdo con información de la Secretaría de Seguridad Pública, de 2007 a 2016, hay presas cinco personas por el delito de aborto, de las cuales cuatro son mujeres y un hombre. En estado de prisión preventiva, no hay cifras al respecto.
En la norma, se advierte que desde la Constitución local se establece la protección de la vida desde su concepción, ello surgió desde una reforma que se realizó en 2009 por la presión que ejercieron grupo conservadores a partir de la despenalización del aborto en la Ciudad de México, expone el documento.
En el estudio realizado por GIRE también se advierte que el Código Penal de Puebla es discriminatorio, ya que a la madre que haya decidido abortar se le aplicará una sanción menor, de seis meses a un año, cuando: no tenga mala fama, haya logrado ocultar su embarazo o no sea fruto del matrimonio.
Asimismo, se expone que el aborto no será sancionable cuando se haya dado por imprudencia de la embarazada, sea resultado de una violación, la mujer corra peligro de muerte o el producto sea parte de la eugenesia.