Luego de que se emitió una recomendación 6/2020, tras haberse acreditado violaciones a los derechos humanos a la legalidad, integridad y seguridad personal, por parte del presidente municipal, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) aplicará el procedimiento de No Aceptación de Recomendaciones, según informó el organismo poblano.
Conforme a ese procedimiento la CDH-Puebla señaló que una vez que el Agente del Ministerio Público ejercitó acción penal en contra de los detenidos por los delitos de robo agravado en grado de tentativa y cohecho, la autoridad judicial solo vinculó a uno de ellos por el delito de cohecho.
Se acreditó que la detención fue arbitraria, violando los derechos humanos establecidos en el artículo 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De igual forma quedó acreditado, con el dictamen oficial del médico legista adscrito al H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.
Así como con las pruebas testimoniales rendidas ante esta Comisión, que durante el aseguramiento y hasta antes de la puesta a disposición ante la autoridad ministerial, los elementos aprehensores golpearon a una de las víctimas en diversas partes del cuerpo, causándole lesiones.
Lo antes mencionado, evidenció la falta de preparación en el desempeño y ejercicio de las funciones legalmente conferidas a los elementos de la Policía Municipal de Tecali Herrera, ya que no velaron por la integridad física de la persona asegurada.
Sin embargo, a pesar de las diversas diligencias realizadas y reuniones sostenidas con la autoridad municipal para obtener la aceptación y cumplimiento de dicha Recomendación, se recibió el oficio DP/00161/2020 donde el Presidente del Municipio de Tecali de Herrera manifiesta la No Aceptación de la Recomendación 6/2020.
Asimismo, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 102 apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla solicitará al H. Congreso del Estado de que se llame a las autoridades responsables, para que comparezcan ante dicho órgano, a efecto de explicar el motivo de su negativa.
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