/ viernes 28 de febrero de 2020

Emite la CDH recomendación para Zacatlán por abuso de autoridad

El organismo estatal acreditó la violación de los derechos humanos en contra de una mujer por parte de policías municipales

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHEP) emitió la recomendación 24/2019 al Ayuntamiento de Zacatlán por violaciones a los derechos a la integridad y seguridad personal en agravio de una mujer en agosto de 2018.

Bajo el expediente 5026/2018, de la CDHEP, desprendido de la nota publicada, a través de El Sol de Puebla, se dio inicio a esta queja que pasó por un dictamen médico, solicitudes de informe y desahogo de pruebas, un informe por parte de la autoridad involucrada, más el acta circunstanciada de un visitador adjunto de este organismo constitucionalmente autónomo.

Así, se puede leer en la recomendación: "esta Comisión cuenta con elementos de convicción suficientes para acreditar la violación a los derechos humanos a la integridad y seguridad por semana en agravio de la quejosa; aun cuando los elementos de seguridad pública habían acudido para detener a este vehículo que supuestamente iba en exceso de velocidad en una zona con mucho tránsito".

Del documento se desprende que la mujer fue detenida por alterar el orden público, no acatar las indicaciones de la autoridad y poner resistencia la detención, pero de una manera, en que el uso de la fuerza policíaca provocó lesiones a la quejosa, lo que para el organismo representó un uso excesivo de la fuerza, lo que suma que la quejosa no iba manejando el vehículo, por lo que ya no había cometido infracción alguna.

Por el número de elementos que participaron en las detenciones de ella y otras dos personas, se pudo acreditar el abuso de autoridad por la forma en la que fue sometida ilusionada que provocó vulneración a su integridad física, según se lee en el informe.

En el documento de 43 páginas, en poder de este reportero, establece cinco recomendaciones: que se le proporcione indemnización económica, atención médica y psicológica, para restablecer la integridad física y que permita su rehabilitación y recuperación de las secuelas que fueron provocadas con motivo de los hechos que ocurrieron en agosto de 2018.

Dar vista a la Contraloría Municipal del Ayuntamiento manzanero para que inicie un procedimiento de investigación de responsabilidad administrativa en contra de los elementos de la policía municipal que intervinieron en ese operativo; que el ayuntamiento colabore ampliamente con la Fiscalía General del Estado, en el trámite de la indagatoria establecida en la carpeta de investigación desprendía de estos hechos y promovida por la quejosa.

La cuarta recomendación es en el sentido de que los elementos de la policía municipal tengan capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal, incluso en el uso racional de la fuerza, con el fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan. En todos los casos, el ayuntamiento deberá entregar evidencias que demuestren el cumplimiento de cada una de estas recomendaciones.


La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHEP) emitió la recomendación 24/2019 al Ayuntamiento de Zacatlán por violaciones a los derechos a la integridad y seguridad personal en agravio de una mujer en agosto de 2018.

Bajo el expediente 5026/2018, de la CDHEP, desprendido de la nota publicada, a través de El Sol de Puebla, se dio inicio a esta queja que pasó por un dictamen médico, solicitudes de informe y desahogo de pruebas, un informe por parte de la autoridad involucrada, más el acta circunstanciada de un visitador adjunto de este organismo constitucionalmente autónomo.

Así, se puede leer en la recomendación: "esta Comisión cuenta con elementos de convicción suficientes para acreditar la violación a los derechos humanos a la integridad y seguridad por semana en agravio de la quejosa; aun cuando los elementos de seguridad pública habían acudido para detener a este vehículo que supuestamente iba en exceso de velocidad en una zona con mucho tránsito".

Del documento se desprende que la mujer fue detenida por alterar el orden público, no acatar las indicaciones de la autoridad y poner resistencia la detención, pero de una manera, en que el uso de la fuerza policíaca provocó lesiones a la quejosa, lo que para el organismo representó un uso excesivo de la fuerza, lo que suma que la quejosa no iba manejando el vehículo, por lo que ya no había cometido infracción alguna.

Por el número de elementos que participaron en las detenciones de ella y otras dos personas, se pudo acreditar el abuso de autoridad por la forma en la que fue sometida ilusionada que provocó vulneración a su integridad física, según se lee en el informe.

En el documento de 43 páginas, en poder de este reportero, establece cinco recomendaciones: que se le proporcione indemnización económica, atención médica y psicológica, para restablecer la integridad física y que permita su rehabilitación y recuperación de las secuelas que fueron provocadas con motivo de los hechos que ocurrieron en agosto de 2018.

Dar vista a la Contraloría Municipal del Ayuntamiento manzanero para que inicie un procedimiento de investigación de responsabilidad administrativa en contra de los elementos de la policía municipal que intervinieron en ese operativo; que el ayuntamiento colabore ampliamente con la Fiscalía General del Estado, en el trámite de la indagatoria establecida en la carpeta de investigación desprendía de estos hechos y promovida por la quejosa.

La cuarta recomendación es en el sentido de que los elementos de la policía municipal tengan capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal, incluso en el uso racional de la fuerza, con el fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan. En todos los casos, el ayuntamiento deberá entregar evidencias que demuestren el cumplimiento de cada una de estas recomendaciones.


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