/ lunes 10 de agosto de 2020

Ordena Tribunal Electoral restitución de inspectores municipales en Tlatlauquitepec

Sentencia reconoce autodeterminación, autonomía y autogobierno de las localidades

El Tribunal Electoral del Estado (TEEP), ordenó al alcalde de Tlatlauquitepec, Porfirio Loeza Aguilar, la restitución a sus cargos de los inspectores de las comunidades de Tepeteno de Iturbide, Chinampa, Ajocotzingo Sección 13, Túnel 2, Gómez Poniente y El mirador, así como una asignación presupuestal a cada una de estas localidades, reconociendo su autodeterminación, autonomía y autogobierno, es decir, el derecho que detentan para establecer su condición política y perseguir libremente su desarrollo integral.

Cabe recordar que fue a principios de este 2020, cuando los inspectores de estas comunidades, denunciaron públicamente que por solicitar recursos con los cual llevar a cabo obras de servicios básicos para sus habitantes, el edil Porfirio Loeza Aguilar, los destituyó de sus funciones, despojándolos de equipos de radio comunicación y sellos con lo extendían documentos a la población; hecho por el cual habrían solicitado una explicación al edil, sin recibir ninguna respuesta.

Por este motivo, la sala regional ciudad de México del tribunal electoral del poder judicial de la federación, atendió las apelaciones asentadas bajo los números, TEEP-A-132/2019, TEEP-A-133/2019, TEEP-A-134/2019, TEEP-A-138/2019, TEEP-A-144/2019 y TEEP-A-147/2019, interpuestas por Filomeno Díaz Encarnación, Cándido José Benavidez Camacho, Julio Santos Valerio, Pascual Marcelo González y Basilio Bernardino Parra García, determinando la entrega de recursos públicos y el ejercicio de éstos directamente por las comunidades.

De esta forma, se reconoce a los antes mencionados como inspectores de las comunidades de Tepeteno de Iturbide, Ajocotzingo, El Mirador, Túnel 2, Chinampa y Gómez Poniente, a quienes se declara fundado el agravio, devolviéndoles su cargo, pero también la administración directa de los recursos públicos por parte de las comunidades, tomando medidas necesarias para garantizar y materializar su derecho a la autodeterminación, autonomía y autogobierno dentro del esquema legal municipal respectivo.

En este sentido, el organismo indicó que las autoridades municipales encabezadas en este caso por Porfirio Loeza Aguilar, tienen la obligación de determinar equitativamente las asignaciones presupuestales de cada una de las comunidades indígenas, para ser administradas de forma directa por estas, con independencia de lo determinado en el artículo 115 del mismo ordenamiento.

Asi mismo, el TEEP indicó también la revocación de las actas de cabildo del ayuntamiento, correspondientes a las sesiones extraordinarias de 17 de septiembre y 8 de enero del 2019 y 2020, respectivamente, mismas que contenían los presuntos acuerdos de la destitución de los Inspectores y nombramiento de nuevos funcionarios.

El Tribunal Electoral del Estado (TEEP), ordenó al alcalde de Tlatlauquitepec, Porfirio Loeza Aguilar, la restitución a sus cargos de los inspectores de las comunidades de Tepeteno de Iturbide, Chinampa, Ajocotzingo Sección 13, Túnel 2, Gómez Poniente y El mirador, así como una asignación presupuestal a cada una de estas localidades, reconociendo su autodeterminación, autonomía y autogobierno, es decir, el derecho que detentan para establecer su condición política y perseguir libremente su desarrollo integral.

Cabe recordar que fue a principios de este 2020, cuando los inspectores de estas comunidades, denunciaron públicamente que por solicitar recursos con los cual llevar a cabo obras de servicios básicos para sus habitantes, el edil Porfirio Loeza Aguilar, los destituyó de sus funciones, despojándolos de equipos de radio comunicación y sellos con lo extendían documentos a la población; hecho por el cual habrían solicitado una explicación al edil, sin recibir ninguna respuesta.

Por este motivo, la sala regional ciudad de México del tribunal electoral del poder judicial de la federación, atendió las apelaciones asentadas bajo los números, TEEP-A-132/2019, TEEP-A-133/2019, TEEP-A-134/2019, TEEP-A-138/2019, TEEP-A-144/2019 y TEEP-A-147/2019, interpuestas por Filomeno Díaz Encarnación, Cándido José Benavidez Camacho, Julio Santos Valerio, Pascual Marcelo González y Basilio Bernardino Parra García, determinando la entrega de recursos públicos y el ejercicio de éstos directamente por las comunidades.

De esta forma, se reconoce a los antes mencionados como inspectores de las comunidades de Tepeteno de Iturbide, Ajocotzingo, El Mirador, Túnel 2, Chinampa y Gómez Poniente, a quienes se declara fundado el agravio, devolviéndoles su cargo, pero también la administración directa de los recursos públicos por parte de las comunidades, tomando medidas necesarias para garantizar y materializar su derecho a la autodeterminación, autonomía y autogobierno dentro del esquema legal municipal respectivo.

En este sentido, el organismo indicó que las autoridades municipales encabezadas en este caso por Porfirio Loeza Aguilar, tienen la obligación de determinar equitativamente las asignaciones presupuestales de cada una de las comunidades indígenas, para ser administradas de forma directa por estas, con independencia de lo determinado en el artículo 115 del mismo ordenamiento.

Asi mismo, el TEEP indicó también la revocación de las actas de cabildo del ayuntamiento, correspondientes a las sesiones extraordinarias de 17 de septiembre y 8 de enero del 2019 y 2020, respectivamente, mismas que contenían los presuntos acuerdos de la destitución de los Inspectores y nombramiento de nuevos funcionarios.

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