/ martes 12 de mayo de 2020

Rechazan indígenas proyecto de la SCJN sobre Ley Minera

La determinación significa una regresión para los derechos de los pueblos, señalan

El proyecto de sentencia propuesto por el ministro presidente de la segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, significa una regresión para los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, partiendo del hecho de que el 35 por ciento del territorio nacional se encuentra concesionado a empresas mineras, lo que ha generado y genera diversos conflictos socio ambientales, fijaron cuatro organizaciones indígenas de la Sierra Norte de Puebla, en carta dirigida a la ministra y ministras integrantes de la segunda sala, así como a su presidente.

Fechada en Cuetzalan, el formato electrónico invita a la firma de petición que, entre otras cosas, solicita que no se apruebe ese proyecto en los términos propuestos y se discuta ampliamente sobre la necesidad de ajustar la Ley Minera para garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, según se lee en el documento promovido por el Consejo Maseual Altepetajpianij; Consejo Tiyat Tlali; Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y el Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan COTIC.

Al presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la exponen la consideración de una apreciación errónea y jurídicamente sin sustento de los argumentos expuestos por el ministro, considerando que las comunidades y pueblos indígenas han sido testigos sobre los actos administrativos basados en la Ley Minera que han afectado sus territorios, forma de vida y derechos humanos:

"Tal situación ha sido constatada no sólo por la misma sentencia de primera instancia de este caso, sino por otros juzgados en los estados de Guerrero, Puebla, Oaxaca, San Luis Potosí, entre otros, en donde se ha llegado a la misma conclusión: el otorgamiento de concesiones mineras - procedimiento regulado por la Ley Minera - en territorios indígenas ha sido inconstitucional en tanto no se ha garantizado su derecho a la consulta previa, libre e informada por los impactos significativos que tal actividad conlleva", se lee en la misiva.

Misma que agrega que es igualmente preocupante que la limitada interpretación sobre la Ley Minera sea un mal precedente para otros casos, dado que en los pueblos y comunidades indígenas han emprendido acciones jurídicas ante los conflictos socio ambientales que la minería ha generado en sus territorios, plantean las organizaciones derivado del análisis jurídico con una perspectiva de los derechos humanos.


El proyecto de sentencia propuesto por el ministro presidente de la segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, significa una regresión para los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, partiendo del hecho de que el 35 por ciento del territorio nacional se encuentra concesionado a empresas mineras, lo que ha generado y genera diversos conflictos socio ambientales, fijaron cuatro organizaciones indígenas de la Sierra Norte de Puebla, en carta dirigida a la ministra y ministras integrantes de la segunda sala, así como a su presidente.

Fechada en Cuetzalan, el formato electrónico invita a la firma de petición que, entre otras cosas, solicita que no se apruebe ese proyecto en los términos propuestos y se discuta ampliamente sobre la necesidad de ajustar la Ley Minera para garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, según se lee en el documento promovido por el Consejo Maseual Altepetajpianij; Consejo Tiyat Tlali; Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y el Comité de Ordenamiento Territorial Integral de Cuetzalan COTIC.

Al presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la exponen la consideración de una apreciación errónea y jurídicamente sin sustento de los argumentos expuestos por el ministro, considerando que las comunidades y pueblos indígenas han sido testigos sobre los actos administrativos basados en la Ley Minera que han afectado sus territorios, forma de vida y derechos humanos:

"Tal situación ha sido constatada no sólo por la misma sentencia de primera instancia de este caso, sino por otros juzgados en los estados de Guerrero, Puebla, Oaxaca, San Luis Potosí, entre otros, en donde se ha llegado a la misma conclusión: el otorgamiento de concesiones mineras - procedimiento regulado por la Ley Minera - en territorios indígenas ha sido inconstitucional en tanto no se ha garantizado su derecho a la consulta previa, libre e informada por los impactos significativos que tal actividad conlleva", se lee en la misiva.

Misma que agrega que es igualmente preocupante que la limitada interpretación sobre la Ley Minera sea un mal precedente para otros casos, dado que en los pueblos y comunidades indígenas han emprendido acciones jurídicas ante los conflictos socio ambientales que la minería ha generado en sus territorios, plantean las organizaciones derivado del análisis jurídico con una perspectiva de los derechos humanos.


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