/ sábado 9 de julio de 2022

Semarnat niega autorización para el proyecto inmobiliario City Lomas Ocoyucan

Además, declaró como no procedente el informe preventivo del proyecto Perforación del pozo exploratorio EAC-3 en Chignahuapan

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) rechazó el proyecto para la construcción del complejo inmobiliario City Lomas Ocoyucan, que pretende desarrollar un particular, así como el de la perforación del pozo exploratorio EAC-3 en él área geotérmica de Acoculco, en Chignahuapan.

La dependencia federal informó que el primer proyecto consiste en la construcción de un conjunto habitacional que abarcaría 332.19 hectáreas, de las cuales 272.8 serían para vivienda y 17.9 para vialidades y servicios; sin embargo, el interesado no pudo demostrar cómo mitigaría el posible impacto ambiental en áreas naturales protegidas.

La SEMARNAT también argumentó que la zona donde se pretende desarrollar todavía no está urbanizada por lo que carece de servicios municipales y esto obligaría a introducirlos desde la fuente de suministro, provocando así afectaciones a los ecosistemas presentes, adicionales a los ya generados por el proyecto.

La dependencia insistió en que aunque Rafael Posada Alonso, quien tramitó la Manifestación de Impacto Ambiental, argumentó cambiar el uso de suelo en 112.8 hectáreas para convertirlo en forestal como parte de las medidas de mitigación, al final no demostró que el desarrollo habitacional no provocaría afectaciones al suelo a futuro.

En otro orden de ideas, la SEMARNAT también declaró como no procedente el informe preventivo del proyecto Perforación del pozo exploratorio EAC-3 en él área Geotérmica de Acoculco, en Chignahuapan, que presentó la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El mismo consistía en llevar a cabo actividades de exploración de recursos geotérmicos a 15 kilómetros al noroeste de la cabecera municipal, en una superficie de 5 mil 879.37 metros cuadrados, durante un lapso de tres años y con una inversión de 70 millones de pesos.

No obstante, la CFE no acreditó que el proyecto se ajusta a lo expuesto en la fracción l del artículo 31 de la LEGEEPA y tampoco que cumple con lo establecido en el campo de aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-150-SEMARNAT-2017, de tal forma que lo declaró improcedente.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) rechazó el proyecto para la construcción del complejo inmobiliario City Lomas Ocoyucan, que pretende desarrollar un particular, así como el de la perforación del pozo exploratorio EAC-3 en él área geotérmica de Acoculco, en Chignahuapan.

La dependencia federal informó que el primer proyecto consiste en la construcción de un conjunto habitacional que abarcaría 332.19 hectáreas, de las cuales 272.8 serían para vivienda y 17.9 para vialidades y servicios; sin embargo, el interesado no pudo demostrar cómo mitigaría el posible impacto ambiental en áreas naturales protegidas.

La SEMARNAT también argumentó que la zona donde se pretende desarrollar todavía no está urbanizada por lo que carece de servicios municipales y esto obligaría a introducirlos desde la fuente de suministro, provocando así afectaciones a los ecosistemas presentes, adicionales a los ya generados por el proyecto.

La dependencia insistió en que aunque Rafael Posada Alonso, quien tramitó la Manifestación de Impacto Ambiental, argumentó cambiar el uso de suelo en 112.8 hectáreas para convertirlo en forestal como parte de las medidas de mitigación, al final no demostró que el desarrollo habitacional no provocaría afectaciones al suelo a futuro.

En otro orden de ideas, la SEMARNAT también declaró como no procedente el informe preventivo del proyecto Perforación del pozo exploratorio EAC-3 en él área Geotérmica de Acoculco, en Chignahuapan, que presentó la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El mismo consistía en llevar a cabo actividades de exploración de recursos geotérmicos a 15 kilómetros al noroeste de la cabecera municipal, en una superficie de 5 mil 879.37 metros cuadrados, durante un lapso de tres años y con una inversión de 70 millones de pesos.

No obstante, la CFE no acreditó que el proyecto se ajusta a lo expuesto en la fracción l del artículo 31 de la LEGEEPA y tampoco que cumple con lo establecido en el campo de aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-150-SEMARNAT-2017, de tal forma que lo declaró improcedente.

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