/ viernes 12 de octubre de 2018

Con la impugnación de un voto, busca anular toda la elección a la gubernatura de Puebla

“Yo vengo por una simple razón, que es buscar mi voto, no es un asunto de por quién voté sino a dónde fue a dar mi voto”

Con la impugnación de un voto ciudadano que se perdió en una de las casillas violentadas durante el proceso electoral, Sergio Mastretta busca anular toda la elección a la gubernatura de Puebla con el argumento de que los actos violentos del pasado primero de julio volvieron inconstitucional la elección.

Este recurso ya fue resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), instancia que declaró que el denunciante carecía de interés jurídico para pedir la anulación de la elección ya que no participó como candidato o representante de algún partido político.

Por esta razón, Sergio Mastretta presentó una queja ante el Tribunal Local para que este, a su vez, lo turne a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y sea esta instancia la que resuelva primero si un ciudadano común tiene o no interés jurídico en solicitar la anulación de la elección.

“Yo vengo por una simple razón, que es buscar mi voto, no es un asunto de por quién vote sino a dónde fue a dar mi voto. El mío, junto con el de miles poblanos, fue a dar a la calle, pisoteado, destruido por un conjunto de hampones que de manera orquestada, porque hay una operación en conjunto a lo largo de toda la ciudad, ataca secciones electorales en el norte y en el sur y altera un proceso de elección”.

Por su parte, el representante legal del denunciante, Alberto Peralta Merino, explicó que el primer paso es derribar el argumento de los magistrados locales en el sentido de que un ciudadano carece de interés jurídico; sin embargo, reconoció que en el fondo el objetivo es anular la elección porque fue inconstitucional por la violencia registrada el día de la elección.

“Es total porque a partir de la violencia en la casilla 1187 del distrito 19 local fue lo que le da el interés jurídico. Lo que se está invocando es el artículo 41 sección segunda de la Constitución, que establece que las elecciones deben ser libres y auténticas. Entonces a partir de esto se está exponiendo toda la violencia que hubo, no solo en esta sección, sino en toda aquella en que se pudo documentar”.


Con la impugnación de un voto ciudadano que se perdió en una de las casillas violentadas durante el proceso electoral, Sergio Mastretta busca anular toda la elección a la gubernatura de Puebla con el argumento de que los actos violentos del pasado primero de julio volvieron inconstitucional la elección.

Este recurso ya fue resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), instancia que declaró que el denunciante carecía de interés jurídico para pedir la anulación de la elección ya que no participó como candidato o representante de algún partido político.

Por esta razón, Sergio Mastretta presentó una queja ante el Tribunal Local para que este, a su vez, lo turne a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y sea esta instancia la que resuelva primero si un ciudadano común tiene o no interés jurídico en solicitar la anulación de la elección.

“Yo vengo por una simple razón, que es buscar mi voto, no es un asunto de por quién vote sino a dónde fue a dar mi voto. El mío, junto con el de miles poblanos, fue a dar a la calle, pisoteado, destruido por un conjunto de hampones que de manera orquestada, porque hay una operación en conjunto a lo largo de toda la ciudad, ataca secciones electorales en el norte y en el sur y altera un proceso de elección”.

Por su parte, el representante legal del denunciante, Alberto Peralta Merino, explicó que el primer paso es derribar el argumento de los magistrados locales en el sentido de que un ciudadano carece de interés jurídico; sin embargo, reconoció que en el fondo el objetivo es anular la elección porque fue inconstitucional por la violencia registrada el día de la elección.

“Es total porque a partir de la violencia en la casilla 1187 del distrito 19 local fue lo que le da el interés jurídico. Lo que se está invocando es el artículo 41 sección segunda de la Constitución, que establece que las elecciones deben ser libres y auténticas. Entonces a partir de esto se está exponiendo toda la violencia que hubo, no solo en esta sección, sino en toda aquella en que se pudo documentar”.


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