La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eximió al candidato a la gubernatura de Puebla por el PRI, Enrique Doger Guerrero, a quien el PAN había acusado por supuestamente hacer actos anticipados de campaña en la sede del Instituto Electoral del Estado (IEE) cuando presentó su plataforma electoral.
En el marco de una sesión pública que se efectuó este jueves, el pleno del TEPJF avaló la ponencia del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en el sentido de exonerar a Doger respecto a actos anticipados de campaña.
El TEPJF resolvió que el mensaje de Doger en el IEE fue dirigido a la militancia y no a todos los electores potenciales, por lo que el contenido no habría constituido un abuso a las leyes en materia electoral.
Luego entonces, en el expediente SUP-JRC 62/2018 se dejó en firme la sentencia TEEP-AE-007/2018, que interpuso el PAN -mediante su representante ante el IEE Óscar Pérez- contra Doger y contra el entonces presidente del PRI en Puebla, Jorge Estefan Chidiac, pues el partido denunciante no presentó elementos suficientes.
ANTECEDENTES
El PAN en Puebla promovió el juicio de revisión constitucional con folio SUP-JRC 62/2018, luego de que la autoridad electoral local declaró inexistencia de actos anticipados de campaña de Doger, al entregar su plataforma.
En dicho evento, el candidato priista recordó que en el proceso electoral de 2016 hubo desconfianza en el árbitro de la contienda electoral: “Esperamos de este instituto (IEE) pluralidad, esperamos resoluciones acordes a la ley; queremos darles un voto de confianza y esperamos que sea honrado con resoluciones apegadas a derecho y neutralidad como lo esperamos todos los partidos políticos en un ambiente de positivismo”.
Hace un mes el PAN también amagó con denunciar al candidato priista por presuntos actos anticipados de campaña debido a una barda pintada con su nombre sobre la autopista México-Puebla, fuera del periodo permitido por la autoridad electoral.