/ sábado 11 de agosto de 2018

Hasta 2 mil 450 pesos la multa por acoso callejero en Puebla

Regidores aprobaron incluir la figura jurídica de "acoso sexual en espacios públicos" en el capítulo 9 del Coremun

Puebla será la novena ciudad de México en sancionar el acoso sexual callejero como falta administrativa con multas que van desde las 36 horas de arresto hasta multas económicas de más de 2 mil 450 pesos.

Lo anterior después de que regidores de la Comisión de Gobernación del Ayuntamiento de Puebla aprobaron, por unanimidad, incluir la figura jurídica de "acoso sexual en espacios públicos" en el capítulo 9 del Código Reglamentario Municipal (Coremun) como ya sucede en las ciudades de Guadalajara, Aguascalientes y Tlanepantla.

Carlos García Méndez, director jurídico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Puebla hizo la presentación oficial de la reglamentación a los miembros del Cabildo capitalino, en la que se refiere que los detenidos por esta agravante deberán someterse a un curso de género que dará el Instituto Municipal de las Mujeres (IMM).

El programa integral también permitirá capacitar a los policías de la Secretaría de Seguridad Pública y los Juzgados Calificadores en atención de víctimas, como lo señala el Artículo 210 y 215 del Coremun, a propósito de no inhibir las denuncias ciudadanas.

Aunque inicialmente, García Méndez señaló que el castigo para los agresores era de 100 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que representaban hasta 120 mil 900 pesos, después reconoció que tuvo un error y que la sanción irá de acuerdo a lo que señala el Artículo 209 Bis fracción II.

“La Unidad de Medida será por un valor de hasta 2 mil 450 pesos que se obtiene de multiplicar el valor de UMA que son 80.60 pesos, o en su defecto arresto por 36 horas. Quedando al criterio del Juez Calificador determinar el monto de la multa”, señala dicho artículo.

Algunos de los actos que serán motivo de una multa son los manoseos, agresiones verbales, intento de violencia sexual, tomarles fotos sin su consentimiento y hasta eyaculaciones de hombres en frente de las mujeres.

En entrevista posterior, Carlos García informó que un elemento de seguridad podrá detener en flagrancia a un acosador para remitirlo ante el juez calificador para que sea sancionado.

A pesar de que los policías son los únicos facultados para un arresto, el funcionario municipal dijo que la víctima tiene que acudir al Juzgado Calificador para hacer su respectiva denuncia.

“El policía pondrá a los juzgados calificadores, en caso de no haberlos, se tendría que hacer la denuncia de manera directa al juzgado para ver quién fue el responsable de este acoso”, dijo.

Ante la incertidumbre de este tema, se cuestionó al presidente de la Comisión de Gobernación, Miguel Méndez quien dijo que será el juez quien llame a comparecer al supuesto agresor y ratifique alguna sanción.

“Un policía municipal podrá detener en flagrancia y en caso de que no la haya, la propia reglamentación permite que el juez llame, si tiene detectado al supuesto agresor, a comparecer para que se sancione”, agregó.

Durante el análisis del tema, el caso fue criticado por la regidora del PRI, María Esther Gámez quien dijo que la reglamentación estaba incompleta, además que era subjetiva. Sin embargo, decidió votarlo a favor señalando que “no hacer nada por este tipo de agresiones era peor para la ciudad”.

A su petición, los regidores decidieron que el tema no fuera exclusivo de mujeres sino también de hombres, quienes en ocasiones, son víctima de acoso. Además de que se reconocerá a las organizaciones sociales que han participado presentando la propuesta desde 2017 en la Comisión de Equidad de Género y Derechos Humanos.

Para que sea vigente, los miembros del Cabildo deberán votarlo. Se prevé que el próximo jueves sea la sesión en la que se debata la nueva reglamentación.

Puebla será la novena ciudad de México en sancionar el acoso sexual callejero como falta administrativa con multas que van desde las 36 horas de arresto hasta multas económicas de más de 2 mil 450 pesos.

Lo anterior después de que regidores de la Comisión de Gobernación del Ayuntamiento de Puebla aprobaron, por unanimidad, incluir la figura jurídica de "acoso sexual en espacios públicos" en el capítulo 9 del Código Reglamentario Municipal (Coremun) como ya sucede en las ciudades de Guadalajara, Aguascalientes y Tlanepantla.

Carlos García Méndez, director jurídico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Puebla hizo la presentación oficial de la reglamentación a los miembros del Cabildo capitalino, en la que se refiere que los detenidos por esta agravante deberán someterse a un curso de género que dará el Instituto Municipal de las Mujeres (IMM).

El programa integral también permitirá capacitar a los policías de la Secretaría de Seguridad Pública y los Juzgados Calificadores en atención de víctimas, como lo señala el Artículo 210 y 215 del Coremun, a propósito de no inhibir las denuncias ciudadanas.

Aunque inicialmente, García Méndez señaló que el castigo para los agresores era de 100 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que representaban hasta 120 mil 900 pesos, después reconoció que tuvo un error y que la sanción irá de acuerdo a lo que señala el Artículo 209 Bis fracción II.

“La Unidad de Medida será por un valor de hasta 2 mil 450 pesos que se obtiene de multiplicar el valor de UMA que son 80.60 pesos, o en su defecto arresto por 36 horas. Quedando al criterio del Juez Calificador determinar el monto de la multa”, señala dicho artículo.

Algunos de los actos que serán motivo de una multa son los manoseos, agresiones verbales, intento de violencia sexual, tomarles fotos sin su consentimiento y hasta eyaculaciones de hombres en frente de las mujeres.

En entrevista posterior, Carlos García informó que un elemento de seguridad podrá detener en flagrancia a un acosador para remitirlo ante el juez calificador para que sea sancionado.

A pesar de que los policías son los únicos facultados para un arresto, el funcionario municipal dijo que la víctima tiene que acudir al Juzgado Calificador para hacer su respectiva denuncia.

“El policía pondrá a los juzgados calificadores, en caso de no haberlos, se tendría que hacer la denuncia de manera directa al juzgado para ver quién fue el responsable de este acoso”, dijo.

Ante la incertidumbre de este tema, se cuestionó al presidente de la Comisión de Gobernación, Miguel Méndez quien dijo que será el juez quien llame a comparecer al supuesto agresor y ratifique alguna sanción.

“Un policía municipal podrá detener en flagrancia y en caso de que no la haya, la propia reglamentación permite que el juez llame, si tiene detectado al supuesto agresor, a comparecer para que se sancione”, agregó.

Durante el análisis del tema, el caso fue criticado por la regidora del PRI, María Esther Gámez quien dijo que la reglamentación estaba incompleta, además que era subjetiva. Sin embargo, decidió votarlo a favor señalando que “no hacer nada por este tipo de agresiones era peor para la ciudad”.

A su petición, los regidores decidieron que el tema no fuera exclusivo de mujeres sino también de hombres, quienes en ocasiones, son víctima de acoso. Además de que se reconocerá a las organizaciones sociales que han participado presentando la propuesta desde 2017 en la Comisión de Equidad de Género y Derechos Humanos.

Para que sea vigente, los miembros del Cabildo deberán votarlo. Se prevé que el próximo jueves sea la sesión en la que se debata la nueva reglamentación.

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