/ viernes 22 de junio de 2018

Imagen de Martha Erika no se menoscaba al vincularla con Moreno Valle: TEPJF

El Tribunal exoneró a Andrés Manuel y Luis Miguel Barbosa por afirmar que votar por la candidata de Por Puebla al Frente es hacerlo por el ex gobernador

En un nuevo revés a las autoridades electorales locales, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) retire las medidas cautelares contra el candidato a gobernador de Puebla por la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, Partido del Trabajo y Pacto Social de Integración), Luis Miguel Barbosa Huerta, que se habían impuesto por una publicación en el canal de YouTube, en la que tanto el aspirante local, como el candidato al gobierno de la República, Andrés Manuel López Obrador, afirmaron que votar por la candidata Martha Erika Alonso, es hacerlo por su esposo, el exgobernador Rafael Moreno Valle.

En su sesión del jueves por la noche, la Sala Superior resolvió el juicio de protección de los derechos políticos con número de expediente SUP-JDC-383/2018, en el que el candidato Barbosa impugnó la resolución del IEE, avalada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Los magistrados revocaron las medidas cautelares, al clarificar que en el material que fue objeto de la denuncia, en todo caso, se señala al exgobernador, pero no se menoscaba a su esposa, quien es candidata al gobierno estatal de la coalición Por Puebla al Frente (integrada por PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Pacto Social de Integración y Compromiso por Puebla).

Hace unos días, derivado de otra denuncia, la Sala Superior ya había determinado que no constituye violencia política el discurso de que votar por Martha Erika, significa hacerlo por Moreno Valle.

MEDIDAS CAUTELARES, DABAN ALCANCE A AMLO

En el expediente SUP-JDC-383/2018, se indica que las medidas cautelares que, inicialmente aprobó la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE, y luego ratificó el TEEP, implicaban “conminar a Andrés Manuel López Obrador y al promovente (Miguel Barbosa) de realizar declaraciones o pronunciamientos similares contra Martha Erika Alonso”.

El asunto, que presentó la ponencia del magistrado Indalfer Infante, tuvo 5 votos de 6 posibles, solo teniendo el voto en contra de la magistrada Mónica Soto. Luego entonces, se negaron las medidas cautelares que se habían impuesto a Barbosa.

En un nuevo revés a las autoridades electorales locales, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) retire las medidas cautelares contra el candidato a gobernador de Puebla por la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, Partido del Trabajo y Pacto Social de Integración), Luis Miguel Barbosa Huerta, que se habían impuesto por una publicación en el canal de YouTube, en la que tanto el aspirante local, como el candidato al gobierno de la República, Andrés Manuel López Obrador, afirmaron que votar por la candidata Martha Erika Alonso, es hacerlo por su esposo, el exgobernador Rafael Moreno Valle.

En su sesión del jueves por la noche, la Sala Superior resolvió el juicio de protección de los derechos políticos con número de expediente SUP-JDC-383/2018, en el que el candidato Barbosa impugnó la resolución del IEE, avalada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Los magistrados revocaron las medidas cautelares, al clarificar que en el material que fue objeto de la denuncia, en todo caso, se señala al exgobernador, pero no se menoscaba a su esposa, quien es candidata al gobierno estatal de la coalición Por Puebla al Frente (integrada por PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Pacto Social de Integración y Compromiso por Puebla).

Hace unos días, derivado de otra denuncia, la Sala Superior ya había determinado que no constituye violencia política el discurso de que votar por Martha Erika, significa hacerlo por Moreno Valle.

MEDIDAS CAUTELARES, DABAN ALCANCE A AMLO

En el expediente SUP-JDC-383/2018, se indica que las medidas cautelares que, inicialmente aprobó la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE, y luego ratificó el TEEP, implicaban “conminar a Andrés Manuel López Obrador y al promovente (Miguel Barbosa) de realizar declaraciones o pronunciamientos similares contra Martha Erika Alonso”.

El asunto, que presentó la ponencia del magistrado Indalfer Infante, tuvo 5 votos de 6 posibles, solo teniendo el voto en contra de la magistrada Mónica Soto. Luego entonces, se negaron las medidas cautelares que se habían impuesto a Barbosa.

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