Con fecha del 12 de julio fue publicada en el Periódico Oficial del Estado la reforma a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial, con la que se prohíbe la entrega de bolsas de plástico y popotes en negocios.
El decreto expone que en un plazo de 18 meses a partir de la publicación, los establecimientos como supermercados, tiendas de autoservicio, farmacias, tiendas de conveniencia, mercados, restaurantes y similares, dejen de dar bolsas con la mercancía que expenden.
La reforma aprobada por el Congreso local el pasado 15 de mayo, expone que se prohíbe a los establecimientos el uso y entrega de bolsas de plástico para el traslado de productos o mercancías, habrá excepción sólo en caso de algunos que por higiene, salud y conservación necesiten ser empaquetados, estos materiales deberán ser 100 por ciento reciclables.
Las reformas se realizaron a los artículos 40 Bis, 40 Ter, 40 Quater, 40 Quinquies, 40 Sexies, 40 Septies, 40 Octies y 40 Nonies, en los que se establece también la prohibición de popotes, así como las atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y las de los ayuntamientos.
Para la Secretaría de Medio Ambiente se contempla la elaboración de políticas para implementar incentivos fiscales a las empresas que cumplan con la disposición; programas para eliminar el uso de plásticos y desarrollar materiales reutilizables, así como generar campañas de concientización para los ciudadanos.
Como parte de la reforma, los ayuntamientos contarán con un plazo de seis meses para establecer los reglamentos y sanciones en sus Códigos Reglamentarios Municipales.
Se debe mencionar que el municipio de Puebla cuenta con una regulación para prohibir los plásticos, en ésta se contempló una sanción de hasta 42 mil pesos por violar la norma, que entrará en vigor en abril de 2020 para bolsas y en junio de ese año para popotes.