/ sábado 16 de enero de 2021

Lamenta Semarnat decisión de SCJN por Ley Minera

La Semarnat manifestó que Ley Minera de México viola el derecho de autodeterminación de los pueblos

Ante la resolución negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la demanda de amparo que comunidades indígenas de Puebla interpusieron en contra de la Ley Minera, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) comunicó su preocupación sobre diversos artículos de la ley.

La Semarnat manifestó su consternación ante el resolutivo jurídico al considerar que la Ley Minera de México viola el derecho de autodeterminación de los pueblos, así como el control de sus recursos naturales.

Fue en marzo de 2015 cuando las comunidades indígenas de la Sierra Norte de Puebla interpusieron una demanda de amparo por otorgar derechos sobre las tierras para su explotación a concesiones mineras en los municipios de Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan del Progreso.

Sin embargo, a casi seis años de haber solicitado autonomía, la SCJN rechazó que la Ley Minera sea inconstitucional con los pueblos indígenas, a pesar de que los permisos de explotación se otorguen en sus tierras y sólo en el estado existan más de 280 concesiones a mineras.

Por su parte, la Semarnat criticó la decisión del máximo órgano de justicia en el país ya que no se tomó en cuenta que la Ley Minera no obliga a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas para otorgar concesiones.

“Dicha ley establece actos de autoridad que podrían afectar a los pueblos y comunidades indígenas, así como los hábitats y ecosistemas en los que se encuentran asentados”, agregó la Secretaría en su comunicado este viernes.

En ese sentido, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) expresó que 35 por ciento del territorio nacional está concesionado a empresas mineras, mismas que han generado afectaciones al territorio y violaciones a los derechos humanos de los pueblos.

La Ley Minera actual debió ser construida por el Congreso de la Unión con los pueblos indígenas y comunidades equiparables, debido a que con ésta se pudieran generar impactos significativos en la vida y entorno de los pueblos indígenas. Además, se debieron regular en su texto mecanismos para respetar y proteger los derechos fundamentales como el territorio, el agua y la autodeterminación de los pueblos indígenas tal y como se ha hecho en otras legislaciones”, comunicaron.

Ante la resolución negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la demanda de amparo que comunidades indígenas de Puebla interpusieron en contra de la Ley Minera, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) comunicó su preocupación sobre diversos artículos de la ley.

La Semarnat manifestó su consternación ante el resolutivo jurídico al considerar que la Ley Minera de México viola el derecho de autodeterminación de los pueblos, así como el control de sus recursos naturales.

Fue en marzo de 2015 cuando las comunidades indígenas de la Sierra Norte de Puebla interpusieron una demanda de amparo por otorgar derechos sobre las tierras para su explotación a concesiones mineras en los municipios de Tlatlauquitepec, Yaonáhuac y Cuetzalan del Progreso.

Sin embargo, a casi seis años de haber solicitado autonomía, la SCJN rechazó que la Ley Minera sea inconstitucional con los pueblos indígenas, a pesar de que los permisos de explotación se otorguen en sus tierras y sólo en el estado existan más de 280 concesiones a mineras.

Por su parte, la Semarnat criticó la decisión del máximo órgano de justicia en el país ya que no se tomó en cuenta que la Ley Minera no obliga a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas para otorgar concesiones.

“Dicha ley establece actos de autoridad que podrían afectar a los pueblos y comunidades indígenas, así como los hábitats y ecosistemas en los que se encuentran asentados”, agregó la Secretaría en su comunicado este viernes.

En ese sentido, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) expresó que 35 por ciento del territorio nacional está concesionado a empresas mineras, mismas que han generado afectaciones al territorio y violaciones a los derechos humanos de los pueblos.

La Ley Minera actual debió ser construida por el Congreso de la Unión con los pueblos indígenas y comunidades equiparables, debido a que con ésta se pudieran generar impactos significativos en la vida y entorno de los pueblos indígenas. Además, se debieron regular en su texto mecanismos para respetar y proteger los derechos fundamentales como el territorio, el agua y la autodeterminación de los pueblos indígenas tal y como se ha hecho en otras legislaciones”, comunicaron.

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