/ miércoles 6 de noviembre de 2019

Leobardo Soto podrá defenderse ante proceso de expulsión que enfrenta en el PRI

Magistrados del Tribunal Electoral ordenan a este partido fijar una fecha para realizar la audiencia de pruebas y alegatos

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revocó acuerdos de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, en los que no fundamentó ni motivó adecuadamente el proceso sancionador en contra de Leobardo Soto Martínez y Francisco Javier Jiménez Huerta y tampoco garantizó el derecho de audiencia, por lo que el acto no fue legal.

Ordenó a la instancia interna del PRI que en cinco días hábiles emita un nuevo acuerdo mediante el cual admita la contestación de la denuncia de los dos priistas y señale una nueva fecha para que se lleve a cabo la audiencia de pruebas y alegatos.

En sesión pública este miércoles, el pleno resolvió cuatro apelaciones que interpusieron Leobardo Soto (dirigente estatal de la CTM) y Francisco Jiménez, y declaró fundado el agravio de ambos militantes que enfrentan un proceso de expulsión por apoyar al actual gobernador y ex candidato de Morena, PT y PVEM, Miguel Barbosa, en la pasada elección.

La y los magistrados determinaron que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI no agotó el principio de definitividad porque no permitió a los dos afiliados presentar el juicio para la protección de los derechos político-electorales en su defensa.

“Los militantes se quejan de que los acuerdos impugnados son ilegales, puesto que la responsable impuso mayores requisitos que los establecidos en el artículo 135 de la legislación partidaria en el que no se establece requisito alguno para la contestación de las denuncias instauradas en contra de los militantes del PRI”, resolvieron.

El Tribunal Electoral del Estado resolvió los asuntos después de que en septiembre la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) remitió los juicios en los que Soto y Jiménez acusaron anomalías en el proceso sancionador que enfrentan, pero omitieron recurrir al TEEP como primera instancia.

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revocó acuerdos de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, en los que no fundamentó ni motivó adecuadamente el proceso sancionador en contra de Leobardo Soto Martínez y Francisco Javier Jiménez Huerta y tampoco garantizó el derecho de audiencia, por lo que el acto no fue legal.

Ordenó a la instancia interna del PRI que en cinco días hábiles emita un nuevo acuerdo mediante el cual admita la contestación de la denuncia de los dos priistas y señale una nueva fecha para que se lleve a cabo la audiencia de pruebas y alegatos.

En sesión pública este miércoles, el pleno resolvió cuatro apelaciones que interpusieron Leobardo Soto (dirigente estatal de la CTM) y Francisco Jiménez, y declaró fundado el agravio de ambos militantes que enfrentan un proceso de expulsión por apoyar al actual gobernador y ex candidato de Morena, PT y PVEM, Miguel Barbosa, en la pasada elección.

La y los magistrados determinaron que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI no agotó el principio de definitividad porque no permitió a los dos afiliados presentar el juicio para la protección de los derechos político-electorales en su defensa.

“Los militantes se quejan de que los acuerdos impugnados son ilegales, puesto que la responsable impuso mayores requisitos que los establecidos en el artículo 135 de la legislación partidaria en el que no se establece requisito alguno para la contestación de las denuncias instauradas en contra de los militantes del PRI”, resolvieron.

El Tribunal Electoral del Estado resolvió los asuntos después de que en septiembre la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) remitió los juicios en los que Soto y Jiménez acusaron anomalías en el proceso sancionador que enfrentan, pero omitieron recurrir al TEEP como primera instancia.

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